Fundamentos y Clasificación de las Obligaciones en el Derecho Romano
Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 3,12 KB
1. Definición de Obligación
La obligación es el vínculo jurídico en el que una persona (deudor) se compromete a realizar un comportamiento en favor de otra persona (acreedor).
- Prestación: Es el objeto de la obligación, lo que el deudor debe hacer. Puede ser:
- Positiva (hacer): Realizar una acción. Ej: construir algo, prestar un servicio.
- Negativa (no hacer): Abstenerse de algo. Ej: no competir con alguien, no vender un producto.
- Derechos y deberes:
- El acreedor tiene derecho a exigir la prestación.
- El deudor está obligado a cumplirla.
- Característica principal: Solo el deudor puede incumplir la obligación (in persona).
2. Fuentes de las Obligaciones
Son los hechos que generan obligaciones según la ley.
Derecho Clásico
- Contratos: Acuerdo de voluntades que genera obligaciones.
- Delitos: Actos ilícitos dolosos que obligan a reparar el daño.
Derecho Postclásico
Se suman situaciones protegidas por el derecho pretorio.
Derecho Bizantino
- Delitos: Actos ilícitos dolosos.
- Cuasicontratos: Actos lícitos, pero sin acuerdo de voluntades.
- Cuasidelitos: Actos ilícitos culposos (no intencionales).
- Ley: Considerada fuente de obligaciones.
3. Tipos de Prestación
- Dare (dar): Entregar una cosa o bien al acreedor. Ej: dinero, objeto, inmueble.
- Facere (hacer): Realizar una acción. Ej: construir, prestar servicio.
- Non facere (no hacer): Abstenerse de actuar. Ej: no competir, no vender un producto, no invadir un terreno.
- Pati (permitir/tolerar): Permitir que el acreedor haga algo. Ej: permitir paso por un terreno, uso de un bien.
4. Requisitos de la Prestación
Para que exista una obligación, la prestación debe cumplir con los siguientes criterios:
- Ser posible:
- Originaria: Si nunca fue posible cumplirla, no obliga.
- Sobrevenida: Si se vuelve imposible después de surgir la obligación y no es culpa del deudor, no hay incumplimiento.
- Ser lícita: No puede ser ilegal, inmoral o contra la costumbre. Ej: no es válido obligarse a cometer un delito.
- Ser determinada o determinable: Debe poderse identificar, aunque no esté totalmente definida al inicio.
- Ser evaluable económicamente: Es indispensable para poder exigir una compensación si no se cumple.
Elementos clave para la existencia de una obligación
La obligación requiere necesariamente una prestación que sea posible, lícita, determinada y evaluable económicamente.