Fundamentos y Clasificación de los Contratos Mercantiles y Civiles
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Definición de Contrato
Un contrato es un acuerdo de voluntades al que llegan dos o más partes libremente y que dispone de derechos y obligaciones para dichas partes.
Requisitos esenciales
- Consentimiento
- Objeto
- Causa
Elementos del contrato
- Personales
- Reales
- Formales
Estructura básica
- Título del contrato
- Identificación de las partes
- Cláusulas
- Fecha y firma
Tipos de contrato
- Según formalización: Contratos privados y públicos.
- Según obligación: Unilaterales y bilaterales.
- Según el beneficio: Gratuitos y onerosos.
- Según existencia: Principales y accesorios.
- Según legislación: Típicos y atípicos.
Compraventa: Mercantil vs. Civil
Compraventa mercantil
Es la compraventa de mercaderías, materias primas y productos inmateriales entre personas que tengan, ambas, la condición de comerciantes y/o industrias.
Compraventa civil
Son las que no cumplen el requisito de que las dos partes sean empresas y aquellas en las que, siendo ambas partes empresas, el vendedor sea agricultor, ganadero o artesano.
Obligaciones de las partes
Obligaciones del comprador
- Recibir la cosa comprada.
- Pagar el precio en el tiempo y lugar fijado.
- Pagar los gastos.
Obligaciones del vendedor
- Conservar la cosa vendida hasta su entrega.
- Entregar la cosa en el tiempo y lugar acordados.
- Saneamiento por evicción.
- Saneamiento por vicios ocultos.
- Saneamiento de cargas y gravámenes.
Cláusulas contractuales
Las cláusulas son los acuerdos a los que se llega y que deben ser cumplidos por ambas partes. Entre las más comunes destacan:
- Identificación de la cosa objeto.
- Precio de la cosa.
- Lugar de entrega.
- Forma y lugar del pago.
- Declaración del saneamiento de evicción y vicios ocultos.
- Responsabilidad de los gastos derivados del contrato.
- Reconocimiento del carácter del contrato y de su legislación.
- Aceptación de las autoridades judiciales territoriales.
Contrato de compraventa a plazos
Es el acuerdo por el cual la parte vendedora se compromete a entregar la cosa objeto del contrato a cambio de dinero, o signo que lo represente, que la parte compradora pagará fraccionadamente.
Características principales
- La cosa objeto del contrato debe ser un bien mueble, corporal, no consumible e identificable.
- Se formalizarán por escrito y deben inscribirse en el Registro de Venta a Plazos.
- Deben indicar la Tasa Anual Equivalente (TAE) que se aplicará a los plazos pendientes.