Fundamentos y Clasificación de los Contratos Agrarios
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El Contrato: Definición y Capacidad
El contrato es un acuerdo de voluntades que crea o transmite derechos y obligaciones a las partes que lo suscriben, en el que intervienen dos o más personas.
¿Quién puede firmar el contrato?
Pueden suscribir contratos los mayores de 18 años, los menores legalmente emancipados y los menores con la debida autorización de sus padres.
Contratos Agrarios
Es la relación jurídica convencional que consiste en el acuerdo de voluntad común, destinado a regular los derechos y obligaciones de los sujetos intervinientes en la actividad agraria.
Clases de contratos agrarios
- Arrendamiento rústico: Contrato bilateral donde se concede el uso y goce de un predio rústico, destinado a cualquier clase de explotación agrícola por un tiempo determinado.
- Aparcería rural: Contrato bilateral donde se concede un predio rústico en forma total o parcial a un agricultor con el fin de repartirse los frutos.
- Esquilmo: Contrato bilateral donde se concede un predio rústico con el fin de poner la tierra en condiciones de producción.
- El Gratuito: Contrato bilateral donde se concede un predio rústico, sin cobrar nada al prestatario, ni en dinero, ni en frutos, ni en trabajo.
Comparación de Propiedades
- Propiedad civil: Para ser considerado propietario, debe acreditarse mediante un título de propiedad.
- Propiedad agraria: El derecho de propiedad lo tiene quien trabaja la tierra, aun cuando no tenga título de propiedad de la misma.
Modos de perder la propiedad
- Modos voluntarios: Abandono y enajenación.
- Modos involuntarios: Pérdida, expropiación, revocación y adquisición.
Extinción del Contrato de Trabajo Agrario
Son causales de extinción del contrato de trabajo agrario: la renuncia del trabajador, el mutuo disenso, el despido directo con o sin causa, la fuerza mayor, la jubilación del trabajador y la muerte del trabajador.
Causales de extinción eximidas del pago de indemnización: La renuncia, el mutuo acuerdo, la jubilación y el despido con causa.
Extinción y Modificación de los Contratos Agrarios
- Extinción del arrendamiento rural: El contrato se extingue por mutuo disenso, por confusión o por vencimiento del plazo.
- Resolución del contrato: El contrato se resuelve por incumplimiento de las obligaciones que la ley pone a cargo del arrendatario (no dedicar el suelo al destino convenido, no combatir las plagas, etc.).
- Caso de muerte del arrendatario: La muerte del arrendatario extingue el contrato; sin embargo, en el caso de que sus herederos hubieran participado directamente en la explotación, pueden optar por la continuación del mismo.