Fundamentos y Clasificación de los Contratos Agrarios

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El Contrato: Definición y Capacidad

El contrato es un acuerdo de voluntades que crea o transmite derechos y obligaciones a las partes que lo suscriben, en el que intervienen dos o más personas.

¿Quién puede firmar el contrato?

Pueden suscribir contratos los mayores de 18 años, los menores legalmente emancipados y los menores con la debida autorización de sus padres.

Contratos Agrarios

Es la relación jurídica convencional que consiste en el acuerdo de voluntad común, destinado a regular los derechos y obligaciones de los sujetos intervinientes en la actividad agraria.

Clases de contratos agrarios

  • Arrendamiento rústico: Contrato bilateral donde se concede el uso y goce de un predio rústico, destinado a cualquier clase de explotación agrícola por un tiempo determinado.
  • Aparcería rural: Contrato bilateral donde se concede un predio rústico en forma total o parcial a un agricultor con el fin de repartirse los frutos.
  • Esquilmo: Contrato bilateral donde se concede un predio rústico con el fin de poner la tierra en condiciones de producción.
  • El Gratuito: Contrato bilateral donde se concede un predio rústico, sin cobrar nada al prestatario, ni en dinero, ni en frutos, ni en trabajo.

Comparación de Propiedades

  • Propiedad civil: Para ser considerado propietario, debe acreditarse mediante un título de propiedad.
  • Propiedad agraria: El derecho de propiedad lo tiene quien trabaja la tierra, aun cuando no tenga título de propiedad de la misma.

Modos de perder la propiedad

  • Modos voluntarios: Abandono y enajenación.
  • Modos involuntarios: Pérdida, expropiación, revocación y adquisición.

Extinción del Contrato de Trabajo Agrario

Son causales de extinción del contrato de trabajo agrario: la renuncia del trabajador, el mutuo disenso, el despido directo con o sin causa, la fuerza mayor, la jubilación del trabajador y la muerte del trabajador.

Causales de extinción eximidas del pago de indemnización: La renuncia, el mutuo acuerdo, la jubilación y el despido con causa.

Extinción y Modificación de los Contratos Agrarios

  • Extinción del arrendamiento rural: El contrato se extingue por mutuo disenso, por confusión o por vencimiento del plazo.
  • Resolución del contrato: El contrato se resuelve por incumplimiento de las obligaciones que la ley pone a cargo del arrendatario (no dedicar el suelo al destino convenido, no combatir las plagas, etc.).
  • Caso de muerte del arrendatario: La muerte del arrendatario extingue el contrato; sin embargo, en el caso de que sus herederos hubieran participado directamente en la explotación, pueden optar por la continuación del mismo.

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