Fundamentos y Características de la Contratación Administrativa
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Características de la Contratación Administrativa
La contratación administrativa se define como un acto bilateral donde el contratante particular puede ser tanto una persona natural como jurídica. Estos contratos tienen por objeto la ejecución de una obra, un servicio público o cualquier prestación orientada a la satisfacción de necesidades generales o colectivas.
Principios y Naturaleza Jurídica
- Desigualdad contractual: Existe una disparidad inherente en el contrato administrativo.
- Normativa especial: Se rigen por leyes y reglamentos específicos.
- Formalidades: La ley exige el cumplimiento de procedimientos estrictos para garantizar la validez y eficacia del contrato.
- Licitación pública: Es el procedimiento especial obligatorio para la selección del contratante.
Prerrogativas de la Administración
La administración posee una posición de superioridad frente al contratante, lo que se traduce en potestades exorbitantes:
- Potestad de dirección: Facultad de influir en el modo de ejecutar el contrato.
- Potestad de inspección: Poder de fiscalizar y recabar información sobre el cumplimiento del contrato.
- Potestad sancionatoria: Capacidad de establecer multas ante incumplimientos.
- Facultad de modificación: Capacidad de variar el contrato por razones de interés público.
Elementos del Contrato
Las Partes
- Ministerio de Obras Públicas: Organismo competente para realizar todas las acciones necesarias para el contrato de obra pública.
- El concesionario: Puede ser una persona natural o jurídica, ya sea chilena o extranjera.
La Forma y Etapas
Se distinguen tres etapas principales, destacando la etapa de preparación, que consiste en el conjunto de actos necesarios para convocar a los particulares:
1. Proposición
Es la oferta o iniciativa de un proyecto presentada por un privado. El Ministerio cuenta con un plazo de 1 año para calificar las ofertas. Si se aprueba, inicia la etapa de desarrollo de la licitación (debe licitarse en un plazo máximo de 1 año) y el proponente pasa a ser postulante.
2. Elaboración de las bases
Documento técnico y administrativo que debe ser aprobado y autorizado por el Ministerio de Obras Públicas.