Funciones y organización del Estado español: Presidente, Consejo de Ministros y Administración pública

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Funciones del Presidente del Gobierno

5 funciones del Presidente del Gobierno

  1. Representar al Gobierno.
  2. Establecer el programa político del Gobierno y determinar las directrices de la política interior y exterior.
  3. Proponer al Rey la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales.
  4. Dirigir la política de defensa.
  5. Convocar y fijar el orden del día de las reuniones del Consejo de Ministros.

Funciones del Consejo de Ministros

4 funciones del Consejo de Ministros

  1. Aprobar los proyectos de ley y su remisión al Congreso o al Senado.
  2. Aprobar el real decreto-ley y los reales decretos legislativos.
  3. Aprobar los Presupuestos Generales del Estado.
  4. Declarar los estados de alarma.

Comisiones delegadas

  • Cuestiones relacionadas con varios ministerios.
  • Propuestas para elevar al Consejo de Ministros.
  • Asuntos que no necesitan elevación al Consejo de Ministros.

Administración General del Estado

Administración General del Estado

  1. Organización central: ministerios.
  2. Organización territorial: delegaciones y subdelegaciones.

Delegaciones: existirá una en cada Comunidad Autónoma (CCAA), con sede en la localidad donde radique el Consejo de Gobierno.

Existirá la figura del subdelegado (puede haber delegaciones pluriprovinciales). Administración del Estado en el exterior (A.D.E.).

Estatuto de Autonomía

  1. Denominación de la comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica.
  2. Delimitación de su territorio.
  3. Denominación, organización y sede de las instituciones autónomas.
  4. Competencias asumidas.

Competencias autonómicas

  1. Organización de sus instituciones de autogobierno.
  2. Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.
  3. Agricultura y ganadería; promoción del turismo; asistencia social y sanidad.

Administración General del Estado: principios y obligaciones

Admn. Gen. Estado

Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración, coordinación; participación, objetividad y transparencia; responsabilidad de la gestión pública.

Entidades públicas empresariales

Entidades públicas empresariales

Son entidades de derecho público, con personalidad jurídica propia, patrimonio propio y autonomía en su gestión. Se rigen por el derecho privado.

Instituciones comunitarias de la UE

Instituciones comunitarias (UE)

Parlamento Europeo, Consejo, Comisión, Tribunal, Banco, Tribunal de Cuentas.

normas, derecho y fuentes

Ley Orgánica: regula la organización y funcionamiento de las instituciones creadas por la Constitución.

Real Decreto-ley: disposición legislativa provisional dictada por el Gobierno en caso de extraordinaria y urgente necesidad.

Derecho mercantil

Derecho mercantil

Características: profesional, individualista, consuetudinario, progresivo, global.

Ramas: derecho de la competencia, sociedades, navegación, derecho bancario, propiedad industrial.

Código Civil

Código Civil

Regula: las personas, la familia, las cosas y bienes, la responsabilidad civil, derecho común.

BOE

BOE, Diario Oficial del Estado donde se publican las leyes y disposiciones nuevas y las obligaciones.

Secciones: disposiciones generales, autoridades y personal, otras disposiciones, Administración de Justicia, anuncios.

Fuentes del Derecho

Fuentes del derecho

Las fuentes del ordenamiento jurídico español son: la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.

La costumbre solo se regirá en defecto de ley aplicable.

Los principios generales del derecho se aplicarán en defecto de ley o costumbre.

Las normas contenidas en los tratados internacionales serán de aplicación directa en España.

La jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo.

Potestad reglamentaria

Potestad reglamentaria: facultad del Gobierno y de otros órganos públicos para dictar normas con rango inferior a la ley.

Mecanismos políticos y democráticos

Cuestión de confianza: instrumento político del que dispone el Presidente para, en caso de no tener mayoría absoluta parlamentaria, solicitar al Congreso el apoyo a una política o a un programa.

Referéndum consultivo: procedimiento jurídico a través del cual se someterán a voto popular leyes o actos administrativos.

Conceptos básicos administrativos y jurídicos

  • Competencia: medida de la capacidad de cada órgano público.
  • Descentralización: traspasar la titularidad de la competencia a otra entidad pública.
  • Desconcentración: traspasar la titularidad de la competencia a otro órgano dentro de la misma entidad.
  • Jurisprudencia: conjunto de sentencias y decisiones dictadas por los tribunales de justicia.
  • Ordenamiento: conjunto de normas jurídicas de una sociedad.
  • Reglamento: norma escrita dictada por la administración.
  • Potestades administrativas: poder jurídico para imponer decisiones a otros sujetos y para el cumplimiento de una finalidad determinada.
  • Análogo: similar o que ejerce la misma función.
  • Prescripción: transcurso del tiempo.

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