Funcionamiento y Uso de la Letra de Cambio y el Cheque

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La Letra de Cambio

La letra de cambio es un documento a través del cual una persona se compromete a pagar a otra una determinada cantidad de dinero en un lugar y una fecha determinados. Las letras de cambio son documentos oficiales y se obtienen en los estancos.

Intervinientes en una letra de cambio

  • El librador: Es la persona que libra la letra; será el vendedor, quien tiene que cobrar.
  • El librado: Es la persona obligada al pago; el comprador.
  • El tomador: Es la persona que tiene la letra en su poder; normalmente será un banco.

Conceptos y Procedimientos

Llamaremos lugar de libramiento de la letra a la localidad donde se crea, normalmente el domicilio del vendedor. El vencimiento de la letra será el día designado para su pago. Aceptar una letra consiste en firmarla por la persona designada que ha de pagarla (librado), aceptando todas las condiciones que en ella aparecen. Las letras de cambio se pagan y gestionan a través de bancos; por tanto, el domicilio donde se va a pagar la letra no va a ser la oficina del librado, sino el domicilio de la sucursal de su banco.

Las siglas C.C.C. (Código Cuenta Corriente)

Es un número que sirve para identificar las cuentas corrientes. Se compone de la siguiente manera:

  • Los 4 primeros dígitos corresponden a cada banco.
  • Los 4 siguientes designan la oficina.
  • Los 2 siguientes son aleatorios, llamados dígitos de control.
  • Los 10 últimos son el número de cuenta corriente.

Cómo rellenar una letra de cambio

  1. Lugar de libramiento: Población donde reside la persona a la que se debe dinero, quien ha de cobrar la letra (el librador).
  2. Moneda: En euros.
  3. Importe: El importe de la deuda escrito en números; se limita con unos corchetes, por ejemplo: //5800//.
  4. El nombre de la persona que va a cobrar la letra de cambio (el librador).
  5. El día en el que se crea la letra de cambio.
  6. El día en el que se ha de pagar la letra de cambio.
  7. El importe a pagar en la letra de cambio escrito en letras, limitado por adelante y por atrás con una línea continua.
  8. Datos del banco del librado.
  9. El número de la cuenta corriente de la que se obtendrá el dinero del librado para pagar la deuda.
  10. Fecha y firma del librado (la persona que ha de pagar la letra de cambio); firma aceptando todas sus condiciones.
  11. Datos del librado o persona que tiene que pagar.
  12. Firma, nombre y domicilio del que cobra.

El Aval de la Letra de Cambio

El aval de la letra de cambio figura en el reverso de la letra; es una declaración que tiene como finalidad garantizar el pago de la letra de cambio. Una persona llamada avalista asumirá el pago de la letra siempre y cuando la persona que hubiera tenido que pagarla (librado) no lo hiciese. Por tanto, una letra con aval tiene más seguridad de ser pagada que una letra sin avalar.

  1. Nombre de la persona o empresa avalada (la que en primer lugar tiene que pagar la letra de cambio, normalmente el librado).
  2. Fecha en la que se presta el aval.
  3. Datos de la persona que avala la letra (quien pagará si el avalado no lo hace).
  4. Firma del avalista.

El Cheque

El cheque es un documento emitido por los bancos. Consiste en una orden de pago por la que la persona que lo emite (librador, persona que debe dinero) ordena a una entidad de crédito (bancos, cajas), en la que tiene abierta una cuenta corriente, pagar una cantidad de dinero a un tercero.

Formas de emisión del cheque

  1. Al portador: Estos cheques se pagarán a cualquier persona que lo presente al cobro.
  2. Nominativos: Aparece el nombre y apellidos de la persona que debe cobrarlos.

En el cheque deben aparecer estos datos: nombre del banco, número de cuenta corriente del librador, importe en euros tanto en número como en letra, lugar y fecha de libramiento, firma del librador del cheque y persona a favor de la que se emite el cheque.

Tipos de cheque

1. Cheque cruzado

Consiste en trazar dos líneas paralelas de esquina a esquina. Este tipo de cheque no se paga en efectivo, sino que su importe se ingresará en una cuenta corriente de la persona que ha de cobrarlo.

2. Cheque conformado

Estos cheques dan total seguridad para su cobro. La entidad financiera del librador comprueba que tiene dinero suficiente en la cuenta corriente para pagarle y bloquea el importe del cheque de tal manera que solo puede destinarse para su pago. El banco estampa un sello de "conforme" y plastifica el cheque para evitar falsificaciones.

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