Fuentes del derecho laboral internas y externas

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El derecho laboral es la rama del derecho que regula las relaciones individuales y colectivas que se desarollan en el ámbito profesional y que tienen su origen en el contrato de trabajo.

Fuentes del Derecho del Trabajo



Externas

Reglamentos comunitarios y Directivas comunitarias de la UE y Convenios de la OIT.

Internas

Constitución española, Leyes orgánicas, Leyes ordinarias, Normas con rango de ley y Reglamentos laborales.

Profesionales

Convenios Colectivos, Contratos de trabajo y Usos y costumbres laborales.

Los principios de aplicación del Derecho Laboral:


Principio de la norma más favorable

En el caso de que a una relación laboral se le puedan aplicar varias normas, se aplicará la más favorable para el trabajador.

-Pincipio pro operario

Cuando una norma admita diversas interpretaciones se aplicará la más positiva.

Principio de irrenunciabilidad de derechos

Podrán renunciar libremente a ninguno de los derechos que les concede la ley vigente en su ámbito.

Principio de norma mínima

Las normas de rango inferior deben respetar los derechos mínimos establecidos en las de rango superior.

Procedimiento en la consulta y aplicación de la normativa laboral:



-Identificación del elemento de consulta

Una vez analizado el supuesto debe identificar-se aquel aspecto sobre el cual necesitamos encontrar la normativa reguladora.

-Localización de la fuente y de la norma correspondiente:

Podemos hacer uso de los manuales jurídicos que existan.

-Lectura y análisis de la norma:

Se debe realizar la lectura y el análisis del auriculado que recoge la norma que hay que aplicar al supuesto.

-Interpretación y aplicación de la norma con relación al supuesto:

Resolución del supuesto mediante la interpretación y la aplicación de la norma adequada.


Organismos competentes en materia laboral:



-Administración Laboral (Consejerias de trabajo comunidades autónomas):

Tresoreria General de la Seguridad Social

Inscripción y afiliación, Gestión de cotitzación y Gestión de prestaciones.

Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social

: Control del cumplimiento de la normativa en materia de relaciones laborales, prevención de riesgos y empleo.

Instituto Nacional de Empleo

Organizar los servicios de empleo, Ayudar a los trabajadores a buscar empleo y Formación professional continua.

Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo

Formación, información e investigación en materia de prevención de riesgos laborales y Asesoramiento técnico en la elaboración de normativa sobres prevención de riesgos laborales.

Jurisdicción Laboral

(Tribunales judiciales de lo Social):

Juzgados de lo Social

Conflictos laborales, individuales o colectivos de ámbito provincial.

Sala de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas

Conflictos laborales colectivos de ámbito autonómico y Recursos a las sentencias en primera instáncia. Sala de lo Social de la Audencia Nacional: Conflictos laborales colectivos de ámbito superior a la comunidad autónoma.

Sala de lo Social del Tribunal Supremo

Conflictos laborales en última instancia y Recursos de revisión y casación.

Tribunal Constitucional

Recurso de amparo en los casos que se vulneren derechos o libertades constitucionales.

Derechos de los trabajadores:


(Básicos):libre elección de profesión, libre sindicación, negociación colectiva, adopción de medidas de conflicto colectivo, huelga, reunión, participación, ocupación efectiva, (En la relación laboral): no discriminación, promoción, integridad física, respeto de su intimidad, descanso, percepción puntual de la remuneración y ejercisio de las acciones derivadas en su contrato.

Deberes:


Cumplir las obligaciones de su puesto de trabajo, observar las medidas de seguridad e higiene, cumplir las órdenes que dé el empresario, no realizar competencia desleal con la empresa, contribuir a la mejora de la productividad y los pactados en el contrato de trabajo que no supongan renuncia a los derechos.

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