Fol unidad 5: Modificación extincion y suspension del contrato

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Modificación:Funcional: Funciones superiores (Mas de 6 meses en 1 año o 6 en 2 y cobra el super.) Inferiores (Cobra igual). Geográfica (aviso 30 dias antes): Acepta y recibe un compensación / Se traslada y recurre ante el juzgado de social / No se va y extingue el contrato cobrando indemnización de 20 dias/año con un max de 12 mensualidades. Traslado temporal: menos de 12 meses en 3 años. Avisar 5 dias laborables antes si dura mas de 3 meses. Si acepta le dan gastos de viaje, dietas y 4 dias de permiso por cada 3 meses. Si no acepta se desplaza y recurre en el juzgado. Modificación sustancial de las condiciones de trabajo: Igual que en los traslados. El trabajador puede extinguir el contrato con indemniza. De 20 dias/año con un max de 9 mensualidades.
Suspensión: Causas: Mutuo acuerdo entre las partes, Las establecidas en el contrato, IT (Enfermedad comun y accidente no labor a partir del 4º dia y enfermedad o accidente laboral (75%) a partir del dia siguiente), Maternidad (6semanas para la madre y 10 a repartir + 2 por hijo de mas), Ejercicio de cargo público (Alcalde), Privacidad de libertad (Prisión provisional sin sentencia), Suspensión de empleo y sueldo (Sanción), Fuerza mayor (Catastrofe, dura mientras se recupe la empresa), Huelga (Trabajador avisa 5 dias antes), Cierre legal de la empresa. Efectos: El trabajador no trabaja ni cobra, Reserva del puesto de trabajo temporalmente, En algunos contratos la suspensión no interrumpe su duración (formación, eventual x circunst de produc.). Excedencia: Forzosa: Es elegido para un cargo publico. Min 4 años salvo excepción. Se reserva el mismo puesto y se computa la antigüedad. Voluntaria: Por razones personales si tienes mas de 1 año de antigüedad. Min 4 meses max 5 años. No se reserva el puesto ni se computa la antigüedad. Por cuidado de familiar: Hijo<3 años (Hasta 3 años año, se guarda el puesto 1 año y se mantiene la antiguedad) o familiar dependiente hasta 2º grado consaguinidad (min 1, se reserva el puesto y se mantiene la antiguedad).



Extinción: Cumplimiento de la duración. Mutuo acuerdo de las partes (No tiene derecho a indemnización ni paro). Por voluntad del trabajador: Dimisión (Avisar 15 dias antes), abandono (puede ser denunciado por daños y perjuicios) o por incumplimiento grave del empresario (impago. El juzgado de lo social dicta que se extingue el contrato. Indem. De 45 dias/año con max de 42 mensualidades). Por voluntad del empresario: Trabajador reclama ante los juzgados y el juez dicta si es nulo, procedente o improcedente. Por causas objetivas: Ineptitud del trabajador, falta de adaptación, por necesidades económicas o por ausencia del trabajo (20% de la jornada en 2 meses consecutivos o 25% en 4 meses no consecutivos en 1 año cuando el absentismo sea del 5%) Comunicar por escrito y indemnización 20 dias con un max de 12 meses. Avisar 30 dias antes. Despido colectivo: Afecta a 10 de 100, 10% de 100 a 300 o 30 en + de 300. Si afecta a la totalidad la empresa debe ocupar al menos a 5 trabajadores. Tiene un periodo de consulta de 30 dias (15 si hay menos de 50 trabajadores), el acuerdo se hace en 15 dias y si no lo hay la autoridad laboral lo autorizara o denegara en otros 15. Indemnización de 20 dias/año con un max de 12 meses. Los representantes tienen preferencia de permanencia. Por fuerza mayor: Igual que el despido colectivo pero las causas son de fuerza mayor. Despido disciplinario: Máxima sanción que se pone al trabajador por ofensas verbales o fisicas al empresario, compañeros o familiares, disminución voluntaria del rendimiento, falta de asistencia y puntualidad reiteradas o transgresion de la buena fe contractual. No tiene indemnización.
Proceso de Despido (empresario): Impugnación del despido (trabajador reclama): Smac y si no hay acuerdo: Juez: Dicta: Nulo (Requisitos formales, movil discriminatorio (readmisión)), Procedente (da la razon al empresario), Improcedente (Da la razon al trabajador y el empresario opta por readmitirlo o despido indemnizado con 45 dias/año con max de 42 mensualidades).

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