Fianza y seguro: diferencias, requisitos y riesgos de la fianza

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Resumen

El documento compara la fianza con el contrato de seguros, señalando sus partes, su carácter accesorio o principal y su regulación. Explica qué fianzas no pueden emitirse, los requisitos para actuar como fiador y los riesgos que deben evaluarse (moral, técnico y financiero). Incluye la definición de fianza, sus requisitos, características, tipos y el régimen de insolvencia del fiador.

Puntos clave

  • La fianza es un contrato accesorio con tres partes (fiador, afianzado y acreedor), mientras que el seguro es un contrato principal con dos partes (asegurado y asegurador).
  • En la fianza, el afianzador refuerza la responsabilidad del afianzado y no la sustituye.
  • La fianza mercantil debe celebrarse por escrito, el fiador debe recibir una retribución onerosa y renuncia a los beneficios de excusión y división.
  • Para actuar como fiador se requiere capacidad para obligarse, sometimiento a la jurisdicción del origen del contrato y bienes suficientes para responder de la obligación.
  • Los riesgos a evaluar son el riesgo moral, el riesgo técnico y el riesgo financiero del afianzado.
  • Si el fiador aceptado por el acreedor se vuelve insolvente, el acreedor puede exigir otro en su lugar.

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Diferencias entre Fianza y Contrato de Seguros

Diferencias:

  • Fianza: Fundamentado en el código de comercio y otras leyes. Participan 3 partes legales (fiador, afianzado, acreedor). Contrato accesorio. En la fianza se cubre a un tercero. El afianzador refuerza la responsabilidad del afianzado, no la sustituye.
  • Contrato de Seguros: Codificado en la LAA y las normas que regulan la relación contractual. Participan 2 partes legales (asegurado, asegurador). Contrato principal. El asegurado se protege a sí mismo. El asegurado asume daños y perjuicios de riesgos accidentales.

Fianzas que no pueden emitirse

Garantías financieras:

Aquellas operaciones que presentan al menos una de las siguientes características:

  • Que la obligación principal afianzada consista solamente en el pago de una suma de dinero a plazo fijo.
  • Que el contrato que dé lugar a la fianza tenga una finalidad creditaria.

Garantías avales:

Aquella que se otorgue al acreedor de un instrumento financiero por medio del cual el garante se obligue a pagar cuando él o los deudores del referido instrumento no cumplan.

Fianza a primer requerimiento:

Aquella mediante el cual a los efectos de cumplir con la obligación afianzada, solo sea necesaria la presentación de una exigencia de pago escrita o de cualquier otro documento en el texto de fianza.

Del Código de Comercio:

  • La fianza es mercantil.
  • Debe celebrarse por escrito.
  • El fiador debe estipular una retribución de carácter oneroso.
  • El fiador renuncia a los beneficios de excusión y división.

Requisitos para actuar como fiador:

  • Que sea capaz de obligarse y que no goce de fuero privilegiado.
  • Que se someta a la jurisdicción del origen del contrato.
  • Que posea bienes suficientes para responder de la obligación.

Riesgos que deben ser evaluados

Riesgo Moral:

Análisis de la conducta de una persona mediante el conjunto de cualidades que se pretende afianzar como su honorabilidad y responsabilidad de cumplimiento de obligaciones anteriores a objeto de determinar si sus hechos son o no, la causa de incumplimientos de obligaciones anteriores que genere la perdida protegida por la fianza.

Riesgo Técnico:

Se analiza la parte del afianzado si está en condiciones técnicas de cumplir una obligación contraída en relación con la pericia, idoneidad, capacidad técnica y experiencia en contratos similares. Y se analiza la parte del afianzamiento en términos y condiciones que nos dirán si el plazo pactado es prudente, si los precios son adecuados, etc.

Riesgos Financieros:

Análisis de la solvencia financiera de una empresa para ejecutar una obra, como su manejo financiero para garantizar su terminación y en definitiva su continuidad como empresa (balances anuales, referencias bancarias y comerciales, declaraciones de venta, etc.)

Definición de Fianza

Fianza: Contrato por el cual una persona llamada fiador, se obliga ante una persona llamada acreedor a cumplir o responder por el incumplimiento de otra persona llamada deudor.

Objeto: Cubrir toda clase de obligaciones contraídas voluntariamente por el afianzado, a cambio de una contraprestación, por asumir las consecuencias de su incumplimiento.

Requisitos del contrato:

  • Subrogación de derechos.
  • Acciones y garantías que tenga el acreedor.
  • Caducidad de las acciones contra la empresa al vencimiento de un lapso no mayor a 1 año.
  • Obligaciones del acreedor a notificar cualquier circunstancia que pueda dar lugar al reclamo.
  • Monto exacto garantizado y su duración.

Características del contrato de fianza:

  • Fianza civil: accesorio - unilateral - consensual - conmutativo - no recae sobre bienes específicos - gratuito.
  • Fianza legal: accesorio - unilateral - conmutativo - no recae sobre bienes específicos - gratuito.
  • Fianza judicial: accesorio - unilateral - conmutativo - no recae sobre bienes específicos - gratuito.
  • Fianza Mercantil: accesorio - bilateral - consensual - conmutativo - no recae sobre bienes específicos - oneroso.

Insolvencia del fiador:

En caso de estar obligado el deudor a dar una fianza, si el fiador aceptado por el acreedor se hiciere insolvente, podrá el acreedor exigir otro en su lugar. Cuando se haya exigido y pactado fianza de una persona determinada, la insolvencia de esta no obligará al deudor a dar una nueva fianza.

Tipos de fianza:

Anticipo, laboral, aduanal, judicial, fiel cumplimiento, de licitación, de debida ejecución, de buena calidad.

Finiquitos parciales:

Valuación, acta de inicio, acta de paralización, acta de recepción provisional, acta de recepción definitiva, liberación de la fianza.

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Preguntas frecuentes

¿En qué se diferencia la fianza de un contrato de seguros?

La fianza es un contrato accesorio con tres partes y cubre a un tercero, mientras que el seguro es un contrato principal con dos partes en el que el asegurado se protege a sí mismo. En la fianza, el afianzador refuerza la responsabilidad del afianzado sin sustituirla.

¿Qué requisitos debe cumplir una persona para ser fiador?

Debe ser capaz de obligarse y no gozar de fuero privilegiado, someterse a la jurisdicción del origen del contrato y poseer bienes suficientes para responder de la obligación.

¿Qué riesgos se evalúan antes de emitir una fianza?

Se evalúan el riesgo moral, que analiza la honorabilidad y el cumplimiento previo de obligaciones; el riesgo técnico, que examina la capacidad y experiencia del afianzado; y el riesgo financiero, que analiza la solvencia de la empresa.

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Test

1. ¿Cuántas partes intervienen en un contrato de fianza?
2. ¿Qué tipo de contrato es la fianza según el documento?
3. ¿Qué renuncia el fiador en la fianza mercantil?
4. ¿Qué riesgo analiza la honorabilidad y el cumplimiento de obligaciones anteriores?
5. ¿Qué ocurre si el fiador aceptado por el acreedor se vuelve insolvente?
6. ¿Cuál es el plazo máximo de caducidad de las acciones contra la empresa mencionado en los requisitos del contrato?

Preguntas generadas con IA a partir del documento: comprueba las respuestas con el texto.