Familias de Fueros en la España medieval

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Familias de Fueros

A lo largo de la Historia nos encontramos en muchas ocasiones que ciertos fueros, especialmente modélicos por las ventajas que concedían a sus habitantes, tuvieron una gran difusión y se concedieron parcial o totalmente a varias poblaciones. Los historiadores hablan en estos casos de grupos o familias de fueros. Las familias de fueros se inspiraban en un fuero, que les servía de modelo y que se denominaba “cabeza de la familia de fueros”, “centro de la familia” o “fuero tipo”. Pérez Prendes define las familias de fueros como un “conjunto de todos los textos que presentan una influencia común basada generalmente en la utilización de uno de ellos como modelo y punto de partida”.


Familias de fueros en la España medieval

Las familias de fueros más importantes en la España medieval fueron:

  • Familia de los fueros leoneses

    El Fuero de León fue aprobado por Alfonso V en el año 1017 ó 1020. Consta de un total de 48 disposiciones, por lo que se puede considerar un fuero breve. El texto contiene algunos preceptos generales aplicables a todo el reino, pero en su mayor parte trata de su organización municipal y de la forma de repoblar León. Así, por ejemplo, en la disposición XXI se daba la condición de libres a tejedores y toneleros, ya que esos dos oficios escaseaban en la zona. Este texto municipal se va a extender a otros municipios cercanos como Pajares (Asturias), Castrocalbón (León) o Benavente (Zamora).

  • Familia de los fueros navarro-aragoneses

    El Fuero de Jaca fue concedido por Sancho Ramírez en 1063 con el fin de atraer población a la zona: Estaba compuesto por 24 disposiciones y se extendió rápidamente por zonas próximas gracias al Camino de Santiago por Aragón, Navarra e, incluso, Vascongadas. Por ejemplo, Fuero de Estella (concedido también por Sancho Ramírez en 1090) o Fuero de San Sebastián (concedido por Sancho VI el Sabio en 1180).

  • Familia de los Fueros de Cuenca

    Doctrinalmente se ha discutido el origen de esta familia de Fueros. Así, Rafael Gibert consideraba que la cabeza de esta familia es el Fuero de Sepúlveda o el de Segovia. Jaime Caruana, por su parte, entendía que era el Fuero de Teruel. Sin embargo, la tesis mayoritaria es la de Rafael Ureña, que considera que el Fuero de Cuenca es la cabeza de esta familia de fueros. En 1177 Alfonso VIII reconquista Cuenca, ciudad a la que se concedió un fuero de carácter extenso probablemente en 1190. Dicho fuero se extendería a muchas localidades del centro peninsular desde Aragón a Portugal.

Estas familias de fueros van a constituir un importante factor para la unificación o territorialización del Derecho en los distintos reinos cristianos españoles.


Algunos ejemplos

En la España medieval de los cuales vamos a destacar algunos por diversos motivos.

  • Fueros municipales

    Los Fueros municipales se formaron entre los siglos XI y XIII aunque a finales del siglo X encontramos algunos fueros municipales de carácter breve, como por ejemplo el Fuero de Castrojeriz (Burgos), que es el fuero municipal más antiguo del que se tiene constancia puesto que fue concedido en el año 974 por el Conde de Castilla García Fernández.

  • Fuero de la Novenera

    Los fueros municipales suelen tener un carácter eminentemente urbano, aunque algunos conservaron su carácter rural, como es el caso del Fuero de la Novenera, concedido a cinco localidades navarras (Artajona, Larraga, Berbinzana, Mendigorría y Miranda de Arga) en la segunda mitad del S. XII. Estaba compuesto por trescientos diecisiete capítulos en los que se recogían privilegios fiscales, políticos y militares. Su contenido está principalmente dirigido a los labradores y el derecho que recoge es bastante primitivo. Su nombre proviene de una disposición que recoge la exención del pago de la novena parte de los frutos debido al rey una vez descontado el diezmo eclesiástico (Esta novena parte da nombre al fuero).

  • Costums en Cataluña

    Ya indicamos en su momento que los Fueros reciben el nombre de Costums en Cataluña. El Localismo jurídico va a ser un fenómeno tardío en Cataluña (no aparece hasta la segunda mitad del S. XII) pero, tal y como apuntaba Tomás y Valiente, espléndido. De todos los textos destacan las Costumbres de Lérida (1228), las de Perpiñán (1251), las de Tolosa (1279) o las de Gerona (S. XV). Sin embargo, el Derecho local catalán más conocido es el de Barcelona, que se materializó en el Recognoverunt Proceres, privilegio concedido por Pedro II en 1284, que supuso la consolidación definitiva del régimen municipal barcelonés.

  • Fuero de Tudela

    Muchos Fueros breves acabaron convirtiéndose en extensos. Así, por ejemplo, el Fuero de Tudela, concedido en 1117 por Alfonso I del Batallador, acabó transformándose en un fuero extenso.

  • Influencia del Liber Iudiciorum

    En algunos fueros municipales se deja ver la influencia del Liber Iudiciorum. Así, se tuvo muy presente para la elaboración del fuero de Soria (1256) y del Fuero Real (1254). Es más, el Fuero Juzgo, versión romance del Liber Iudiciorum, fue concedido como fuero municipal a varias ciudades meridionales de la Península: Córdoba (1241), Cartagena (1246), Sevilla (1250), Alicante (1252), Orihuela (1265) y Murcia (1266).

  • Fuero de Madrid

    Madrid se reconquista en torno al año 1083, pero durante casi un siglo será un territorio de frontera, en un primer momento dependiente de Toledo, aplicándose el Fuero de Toledo de 1118, concedido por Alfonso VII. Una de las curiosidades de este fuero es que fue dado por el concejo madrileño, siendo confirmado en 1202 por Alfonso VIII.

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