Extinción del Contrato de Trabajo: Tipos de Despido e Indemnizaciones

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El Despido: Concepto y Clasificación

El despido es un acto jurídico unilateral mediante el cual se extingue el contrato de trabajo. Puede ser decidido por cualquiera de las dos partes, con justa causa o sin ella. Por lo general, no es formal, salvo en los despidos con causa justa. Una vez producido, ninguna de las partes puede invocar hechos posteriores a la causa para justificar la extinción.

Clasificación del despido

  • Según quién decide el despido: Directo (empleador) e indirecto (trabajador).
  • Según la causa: Con causa o sin causa.

Despido con Justa Causa

Para que sea válido, se deben expresar por escrito y de forma clara los motivos en los que se funda la ruptura del contrato. En caso de demanda judicial, no se admiten modificaciones a la causal de despido consignada en la comunicación previa. La carga de la prueba sobre la causa del despido recae sobre el empleador.

La Injuria Laboral

Para que exista un despido con causa, debe haber una injuria, que es un hecho grave que torna imposible la relación laboral. El juez es quien la determina basándose en la jurisprudencia. Algunos ejemplos comunes son:

  1. Robo.
  2. Actuar de mala fe.
  3. Falta de impuntualidad e inasistencias reiteradas.
  4. Riñas o agresión a compañeros.
  5. Estado de ebriedad.
  6. Pérdida de confianza.

Requisitos para la validez del despido

  1. Contemporaneidad: Se debe sancionar en el momento oportuno tras el incumplimiento.
  2. Proporcionalidad: El despido es la máxima sanción, por lo que la causa debe estar debidamente justificada por su gravedad.
  3. No duplicación de sanción: Por una misma falta no se puede aplicar más de una sanción (non bis in idem).

Despido Indirecto

Es decidido por el trabajador ante un incumplimiento grave del empleador que constituye una injuria. En este caso, el trabajador debe probar la causa. Este tipo de despido da lugar al pago de la indemnización por antigüedad y otras que correspondan según el caso.

Causas comunes de despido indirecto

  • Falta de pago: Transcurridos 10 días del vencimiento del plazo, se intima al empleador para que en 48 horas realice el pago; de lo contrario, el trabajador se considera despedido.
  • Ejercicio irrazonable del ius variandi: Por ejemplo, un cambio de cargo para el cual el trabajador no fue contratado.
  • Suspensión excesiva: Cuando no se cumplen los requisitos legales para los plazos de suspensión o estos se exceden.
  • Negativa de vínculo laboral: Respuesta negativa del empleador ante un telegrama del trabajador solicitando que aclare su situación laboral.

Indemnización por Antigüedad

Se aplica en los despidos sin causa. Equivale a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios.

Límites y Topes

  • Tope mínimo: El trabajador tiene derecho a cobrar, como mínimo, el equivalente a un mes de sueldo.
  • Tope máximo: La base no debe superar el equivalente a tres veces el sueldo promedio de todas las remuneraciones del convenio colectivo de trabajo que corresponda por jornada legal.

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