Excedencia y Extinción del Contrato de Trabajo: Tipos y Causas

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Excedencia

Tipos de Excedencia

Excedencia Voluntaria

A salvo lo que digan los convenios colectivos, el art. 46.1 establece que un trabajador puede pasar a la situación de excedencia voluntaria cuando tenga como mínimo un año de antigüedad. La duración es de mínimo 2 años y máximo 5 años. No se reserva el puesto de trabajo. Tiene derecho preferente a reingresar en la empresa cuando quiera reincorporarse. Para ello, tiene que preavisar al empresario en el plazo que diga el convenio.

  • Si hay vacante, volverá a trabajar.
  • Si no hay vacante, se queda esperando a que haya una vacante.
  • Si el empresario no le contesta, se entiende como despido tácito.

Excedencia Forzosa

Se produce por el desempeño o ejercicio de un cargo público representativo o puestos dentro de la administración de libre designación, siempre que el ejercicio de ese cargo público sea incompatible con el trabajo. Se le reserva el puesto y computa a efectos de antigüedad. Se reincorpora cuando cesa en el cargo y tiene un plazo de un mes.

Excedencia para el Cuidado de Hijos y Otros Familiares

En el caso de los hijos, desde el nacimiento, el trabajador o la trabajadora, o ambos, pueden pasar a situación de excedencia para cuidar de ese hijo. La duración es de máximo 3 años. Se reserva el puesto de trabajo: en el primer año el mismo puesto y en los dos años restantes el mismo puesto u otro similar. Computa a efectos de antigüedad. Si durante la excedencia nace otro hijo, la primera excedencia desaparece y a partir del segundo parto empieza a contar el periodo de nuevo.

Extinción del Contrato de Trabajo

Se produce un cese definitivo de las prestaciones del trabajador y del empresario. En toda causa de extinción se tiene que realizar la liquidación. El empresario tiene que dar una propuesta definitiva al trabajador.

Causas de Extinción en Función de la Voluntad de las Partes

Causas Ajenas a la Voluntad de las Partes

  • Incapacidad permanente en los grados total, absoluta o gran invalidez: Se extingue el contrato, no hay indemnización salvo que en convenio se fije.
  • Muerte del trabajador: Extingue el contrato. Se produce por declaración de fallecimiento. Si la muerte afecta al empresario, da lugar a la extinción de los contratos siempre que no se continúe la actividad laboral por los familiares.
  • Jubilación del trabajador: Da lugar a la extinción siempre que no sea parcial o flexible.

Causas de Extinción por Voluntad Conjunta de Trabajador y Empresario

  • Causas fijadas en el contrato (condición resolutoria).
  • Mutuo acuerdo durante la relación laboral: Los efectos son los que digan las partes.
  • Contratos temporales: La duración se tiene que haber pactado. Solo el de obra y servicio y eventual da lugar a indemnización de 8 días de salario.

Causas de Extinción por Voluntad Unilateral del Trabajador

Dimisión

El procedimiento es el siguiente:

  1. El empresario debe comprobar que no haya prescrito.
  2. Si no ha prescrito, el empresario comunicará por escrito:
    • Los hechos imputados.
    • La infracción cometida.
    • Fecha a efectos del despido.
  3. El empresario, mediante la carta de despido, extingue el contrato.
  4. El trabajador puede reclamar en 20 días hábiles.
  5. Hay un plazo de 15 días para solicitar el desempleo desde la extinción del contrato.

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