Evolución Política de Roma: De la Monarquía a la República Patricia-Plebeya

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1. La civitas romana y la monarquía

Enclavada en un lugar privilegiado junto a un río, en la zona central de la península itálica y en la ruta comercial más transitada, se formó Roma mediante procesos de integración de aldeas. La ciudad tenía una estructura de ciudad-estado cuyos órganos en el siglo VI a. C. son los siguientes:

  • Rex: Jefe supremo militar y el representante supremo ante los dioses.
  • Senado: Constituido por un consejo de ancianos que asesoraba al rey. Tenían el poder cuando moría el rey (interregnum) y participaban en la nueva elección del monarca. El poder del rey se complementaba con la autoridad moral del Senado.
  • Pueblo: Formado por patricios, quienes gozaban de plenitud de derechos civiles y políticos, y los plebeyos, a quienes se les negaban estos derechos hasta la constitución patricio-plebeya.

Los símbolos de los reyes son: lictores con las fasces, trono de marfil y toga púrpura.

2. La civitas patricio-plebeya y la República

Según la tradición, el último rey etrusco fue expulsado en el 509 a. C. y sustituido por dos magistrados anuales. Sin embargo, el tránsito hacia la República estuvo marcado por crisis socioeconómicas y fue un proceso lento y progresivo. Este período se caracteriza por las luchas entre patricios y plebeyos. El monopolio del derecho y los abusos cometidos por los patricios provocaron que los plebeyos se retiraran al Monte Sacro o Aventino.

Roma inició sus primeras conquistas y ejerció el derecho de conquista, conformando el patrimonio estatal (ager publicus), el cual debía distribuirse entre los ciudadanos; no obstante, los patricios lo acapararon para su propio disfrute. En el 494 a. C. se logra el reconocimiento de la plebe y de sus jefes, pero las reivindicaciones plebeyas se consolidan definitivamente en el 367 a. C. con las Leges Liciniae-Sextiae. Con el término de estas luchas, la constitución patricio-plebeya alcanzó su apogeo en los siglos III y II a. C.

Órganos de gobierno

Los órganos del gobierno republicano son: los magistrados, el Senado y las asambleas populares. Las magistraturas se clasifican en permanentes, no permanentes y extraordinarias.

Magistraturas permanentes

  • Cónsules: Ejercían el imperium en la guerra y en la paz, y se revestían con los atributos del rey.
  • Pretores: Su función primordial era administrar justicia.
  • Cuestores: Con funciones como la persecución de crímenes y la administración de la hacienda pública.
  • Ediles: Encargados de organizar los juegos y velar por el aprovisionamiento de trigo y alimentos.
  • Tribunos de la plebe: Se les reconocía la capacidad de intervenir y vetar decisiones, así como convocar al Senado.

Magistratura no permanente

  • Censores: Realizaban el censo de la ciudad y se encargaban de la vigilancia de las costumbres.

Magistratura extraordinaria

  • Dictador: Nombrado en circunstancias de grave peligro; se le confería el imperium supremo y se suspendían temporalmente todas las garantías de los ciudadanos.

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