Evolución Histórica y Fundamentos de las Constituciones: De la Antigüedad a la Democracia Moderna
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Panorama Histórico de la Constitución
La constitución se define como la acción de formar, establecer, asignar o fundar algo. Para la convivencia humana, es fundamental organizar la sociedad. En tiempos remotos, esta organización se lograba mediante procedimientos primarios, como negociaciones o la imposición de la voluntad de unos sobre otros. De este modo, en el pasado, fueron surgiendo determinados usos y costumbres que sentaron las bases de las leyes fundamentales, las cuales señalaban las obligaciones y prohibiciones esenciales para todos los miembros de la comunidad.
A. Grecia y Roma: Cimientos del Constitucionalismo
En sus inicios, las formas de organización social a menudo poseían un carácter teocrático, es decir, de origen divino.
Grecia
En la Atenas de los siglos V y IV a.C., funcionó un sistema democrático y constitucional con similitudes a los actuales. Destaca la labor de Aristóteles, quien en el siglo IV a.C. recopiló las constituciones de 158 ciudades.
Roma
Roma, en sus inicios, tuvo un régimen monárquico. A finales del siglo VI a.C., la monarquía cayó, y el acuerdo entre las clases sociales dio lugar a la Ley de las XII Tablas. Este código de derecho, redactado alrededor del año 450 a.C., fue considerado la constitución de la República Romana. Sin embargo, esta situación cambió en el año 27 a.C. con el surgimiento del Imperio.
B. De la Edad Media a la Edad Moderna: Transición y Desarrollo
El feudalismo se caracterizó por una organización político-social jerarquizada, encabezada por el monarca, quien era señor de todos y vasallo de nadie. En estas circunstancias, el poder adquirió un carácter patrimonial.
Este sistema experimentó modificaciones sustanciales. Los grandes señores feudales concedieron cartas pueblas a ciertos territorios, ciudades y personas, reconociéndoles determinados derechos. Estas cartas hacían hincapié en el régimen de gobierno, las atribuciones y limitaciones de los gobernantes, y los derechos de participación política de los ciudadanos.
El auténtico pensamiento constitucional moderno no se consolidó hasta finales del siglo XVII y principios del XVIII. A finales del siglo XVIII, Estados Unidos, Francia y Reino Unido dotaron al mundo de constituciones democráticas.
Valores y Objetivos de una Constitución
Los valores son los principios, creencias e ideales fundamentales que inspiran, orientan y dan sentido al texto constitucional, y que tuvieron presentes quienes lo redactaron. Ejemplos de estos valores son la libertad, la igualdad, la justicia y la pluralidad.
Los objetivos son las metas que se aspiraba conseguir y que quedaron plasmadas en el articulado. Estos objetivos incluyen:
- Limitar el poder.
- Garantizar libertades y derechos.
- Fomentar la participación política.
- Legitimar el poder.
Existen cuatro puntos esenciales en toda constitución:
- Establecimiento de ciertas limitaciones al poder.
- Reconocimiento de los derechos y libertades de los ciudadanos.
- Garantía de la participación ciudadana en las tareas políticas.
- Legitimación del poder.
La Constitución Española de 1978
Tras la muerte de Francisco Franco, España inició su transición hacia la democracia. Un grupo de juristas y políticos, entre los que se encontraban Gabriel Cisneros, José Pedro Pérez Llorca, Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, Miguel Roca, Manuel Fraga, Gregorio Peces-Barba y Jordi Solé, fueron los encargados de elaborar la Constitución. Esta fue aprobada por el pueblo el 6 de diciembre de 1978. Entre abril y mayo de ese año, se legalizaron los partidos políticos y los sindicatos, y el 15 de junio se celebraron las primeras elecciones democráticas.
Contenidos Constitucionales de España
La Constitución Española de 1978 consta de 169 artículos, distribuidos en 10 títulos, 4 disposiciones adicionales, 9 disposiciones transitorias y 1 disposición derogatoria.
Nuestra Constitución se divide, por un lado, en la figura de la Monarquía y, por otro, las Cortes Generales y el Parlamento. El Rey de España es el Jefe del Estado, y sus actos deben ser refrendados por el Gobierno.
En cuanto a las Cortes Generales o Parlamento, constan de dos cámaras: el Congreso de los Diputados y el Senado.
Nuestra Constitución consagra la división de poderes.
Tipos de Derechos y Deberes
La Constitución reconoce cuatro tipos de derechos:
- Derechos civiles individuales: Rechazan la injerencia de los poderes públicos en la vida privada.
- Libertades públicas.
- Derechos políticos.
- Derecho de justicia e igualdad social.
En cuanto a los deberes y obligaciones, la Constitución señala la necesidad de defender a España en caso de conflicto armado, pagar los impuestos en los plazos establecidos y tener un trabajo.