Evolución del Derecho Concursal: Orígenes Romanos y su Legado Histórico
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Evolución del Proceso Concursal
Derecho Romano
La Manus Iniectio
- Las obligaciones eran vínculos personales.
- Ante el incumplimiento, el acreedor podía llevar a su casa al deudor y encadenarlo hasta por 60 días.
- Vencido el plazo sin el pago de la obligación, el deudor era llevado al Foro, donde el acreedor pregonaba las obligaciones impagas con la finalidad de que alguna persona las asumiera; caso contrario, se convertía en esclavo del acreedor o se le daba muerte, distribuyéndose las partes de su cuerpo si había más acreedores, previo fallo del pretor (Legis actio per manus iniectionem).
- Sin embargo, también existieron otras formas: la manus iniectio pro iudicato, es decir, una forma de ejecutar las obligaciones.
La Bonorum Venditio
- Ante la situación creada por la manus iniectio, se creó la cessio bonorum y la bonorum venditio.
- La primera implicaba el cese de toda ejecución sobre el deudor de buena fe si este abandonaba todos sus bienes a favor de sus acreedores.
- Sin embargo, la bonorum venditio estableció tres etapas marcadas:
- La posesión de los bienes del deudor era entregada al acreedor y se nombraba un curator bonorum (administrador provisional), que podía ser un acreedor o un tercero. Asimismo, se publicaba un aviso invitando a participar en la ejecución de los bienes.
- La declaración de fraudator y la convocatoria del pretor a los acreedores para que designaran un magister bonorum que realizara el inventario de los bienes del deudor y convocara a una posterior venta, la cual se hacía en bloque.
- La liquidación, en la cual el comprador del patrimonio era considerado como un sucesor universal del deudor, quien perdía su capacidad jurídica.
La bonorum venditio es así la fuente del proceso concursal tal como se concibe en nuestros días.
La Bonorum Distractio
Muy parecida a la bonorum venditio, con la diferencia de que no se vendía el patrimonio en bloque, sino hasta donde fueran cubiertas las deudas.
Otras Medidas
El interdictum fraudatorium, la in integrum restitutio y la acción pauliana, todas ellas medidas destinadas a restituir al patrimonio bienes transmitidos fraudulentamente.
El Proceso Concursal en el Bajo Imperio
En el Bajo Imperio, los procesos sufrieron numerosos cambios, de tal forma que se llegó a considerar como un proceso extraordinario, puesto que la ejecución de la sentencia era individual o colectiva.
El Proceso Concursal en los Pueblos Bárbaros
- Al expandirse el Imperio Romano, el derecho se aplicó en sus colonias y, en algunos casos, quedaron restos de él pese a las emancipaciones.
- En los pueblos bárbaros, el deudor no respondía con su persona por las obligaciones impagas; respondía su patrimonio y solo se aplicaba a los solventes.
- Los insolventes respondían con la servidumbre.
- Otro aporte: la ejecución contra el deudor estaba en manos de una autoridad pública.