Evolución de la Administración Pública en España: Del Reformismo Borbónico al Estado Autonómico

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¿En qué consistió la reestructuración de las Administraciones central y periférica durante la primera mitad del siglo XVIII?

Modelos administrativos: Características y diferencias

Durante la primera mitad del siglo XVIII, especialmente con la llegada de los Borbones, se produjo una profunda reestructuración de la Administración Española. Esta transformación estuvo estrechamente relacionada con la Guerra de Sucesión, la aplicación de los Decretos de Nueva Planta y el deseo de reforzar el poder absoluto del monarca.

Antes del siglo XVIII, la Monarquía Hispánica funcionaba como una monarquía compuesta, formada por distintos reinos con leyes, instituciones y privilegios propios. El sistema administrativo principal era el modelo polisinodial, basado en los Consejos. Estos órganos colegiados asesoraban al rey y poseían competencias judiciales, políticas y administrativas.

Sin embargo, este modelo presentaba deficiencias:

  • Era lento, rígido y conservador.
  • Los Consejos estaban dominados por la nobleza y el clero, actuando frecuentemente como freno a las reformas.
  • Su funcionamiento era excesivamente protocolario y poco eficaz para un Estado que requería rapidez y centralización.

Con los Borbones apareció un nuevo esquema: el modelo ejecutivo, basado en las Secretarías del Despacho. Estas Secretarías son el antecedente directo de los ministerios modernos. Eran órganos unipersonales, más ágiles y directamente dependientes del rey. Su finalidad principal era restar poder político a los Consejos y concentrarlo en manos del monarca.

Coexistencia de dos modelos administrativos

Por tanto, durante el siglo XVIII coexistieron dos sistemas diferenciados:

  1. El modelo polisinodial o jurisdiccional: Representado por los Consejos. Se caracterizaba por ser colegiado, lento y conservador, basado en la tradición jurídica del Antiguo Régimen.
  2. El modelo ejecutivo: Representado por las Secretarías del Despacho. Era un sistema rápido, centralizado, técnico y de carácter reformista, que permitía una mayor concentración del poder real.

En la Administración Central, las Secretarías del Despacho ganaron protagonismo. El Secretario Universal se dividió en áreas especializadas: Estado, Justicia, Guerra, Marina e Indias, y Hacienda. Aunque los Consejos no desaparecieron, la mayoría perdió peso político, quedando reducidos a funciones consultivas. El Consejo de Castilla fue el único que mantuvo una relevancia significativa.

Transformación de la Administración Periférica

En la Administración Periférica, los cambios fueron fundamentales. Los Decretos de Nueva Planta eliminaron las instituciones propias de la Corona de Aragón (Aragón, Valencia, Cataluña y Mallorca), sustituyéndolas por el modelo castellano. Se crearon o reforzaron las siguientes figuras:

  • Capitán General: Máxima autoridad militar con funciones políticas y administrativas, esencial para mantener el orden en un contexto de posguerra.
  • Audiencias: Tribunales superiores de justicia con competencias gubernativas que actuaban como contrapeso al poder militar, aunque este último solía imponerse.
  • Intendentes: Figuras clave de la nueva administración territorial. Dependían de las Secretarías de Hacienda y Guerra, con funciones fiscales, militares y policiales. Su misión era mejorar la recaudación y aplicar las órdenes del poder central.
  • Corregidores: Dependientes del Consejo de Castilla, actuaban en el ámbito municipal. A menudo entraron en conflicto con los intendentes, pues representaban la vía tradicional frente a la vía ejecutiva y reformista.

¿Cómo evolucionó la Administración central y periférica durante el franquismo?

Cambios y continuidades institucionales

Durante el franquismo, la administración se caracterizó por un férreo centralismo, la concentración del poder en la figura de Francisco Franco y la supresión de la autonomía política de municipios y regiones.

Tras la Guerra Civil, el régimen construyó un Estado autoritario sin división de poderes ni pluralismo. Franco acumulaba la Jefatura del Estado, el mando del Ejército y el liderazgo del partido único (FET y de las JONS).

En la Administración Central, los ministerios estaban subordinados a la voluntad del dictador. El Gobierno no era responsable ante unas Cortes democráticas, sino que servía como instrumento personal de Franco. Los ministros procedían de las distintas "familias" del régimen: militares, falangistas, católicos, monárquicos y, posteriormente, tecnócratas.

Una continuidad relevante fue el mantenimiento de la estructura burocrática previa, aunque sometida a una severa depuración política. El acceso a la función pública quedó condicionado por la lealtad ideológica al régimen.

La Administración Periférica y el control social

En la Administración Periférica, la figura central fue el Gobernador Civil. Representaba al Gobierno en la provincia y ostentaba competencias políticas y de orden público. Generalmente, también ejercía como Jefe Provincial del Movimiento, unificando el poder estatal y el del partido único.

Los ayuntamientos y diputaciones perdieron su carácter democrático:

  • Los alcaldes eran designados de forma digital (desde arriba) y no por elección vecinal.
  • La administración local quedó totalmente sometida al Estado central.
  • Las diputaciones mantuvieron un papel meramente administrativo y de gestión de servicios.

El régimen priorizó el orden público, apoyándose en una administración periférica vinculada a la vigilancia y la represión, donde la Guardia Civil y la Policía Armada fueron pilares fundamentales.

A partir de los años cincuenta y sesenta, la entrada de los tecnócratas (vinculados al Opus Dei) impulsó una modernización administrativa a través de los Planes de Desarrollo. El Estado se volvió más técnico y planificador, aunque este proceso no conllevó una apertura democrática.

1. Políticas regalistas del siglo XVIII

Las políticas regalistas buscaban fortalecer la autoridad real sobre la Iglesia. El monarca ejercía control en asuntos eclesiásticos mediante instrumentos como:

  • Exequatur: Permiso real para autorizar o prohibir la publicación de documentos pontificios.
  • Patronato Regio: Derecho del rey a intervenir en el nombramiento de obispos y altos cargos.

El punto álgido de esta tensión fue la expulsión de los jesuitas en 1767, bajo el reinado de Carlos III, acusados de instigar revueltas y oponerse a las reformas ilustradas.

2. El Estado moderado desde 1840

Los moderados configuraron un Estado centralizado, fuerte y jerárquico. El poder se irradiaba desde Madrid hacia el resto del territorio mediante un control estricto ejercido por ministerios, gobernadores civiles y ayuntamientos subordinados.

Esta estructura buscaba garantizar la unidad nacional y la estabilidad política, priorizando el orden público sobre la autonomía local y la participación ciudadana extensa.

3. La Función Pública: Del siglo XIX al primer cuarto del XX

Durante este periodo, la función pública inició un proceso de profesionalización. Los empleados estatales comenzaron a organizarse en cuerpos y escalas con criterios de acceso basados en el mérito.

El hito normativo más relevante fue el Decreto de Bravo Murillo de 1852, que reguló:

  • Exámenes de ingreso y sistemas de oposición.
  • Jerarquías, escalafones y hojas de servicio.
  • Derechos de jubilación y pensiones.

Posteriormente, el Estatuto de Funcionarios consolidó la estabilidad en el empleo y la antigüedad como criterios de promoción.

4. El servicio militar en la época liberal

El reclutamiento se organizó a través del sistema de quintas, un sorteo entre los jóvenes aptos para el servicio. A pesar de definirse como un deber ciudadano, el sistema era profundamente inequitativo.

Las clases pudientes podían eludir el servicio mediante la redención en metálico o el pago a sustitutos. Por ello, las clases populares denominaron a este sistema como la "contribución de sangre", al ser los únicos que arriesgaban su vida en los conflictos bélicos.

5. El Estado de las Autonomías durante la Transición

Con la Transición Española, se desmanteló el centralismo franquista para dar paso a un modelo descentralizado. La Constitución de 1978 reconoció el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que integran España.

Comunidades con fuerte tradición identitaria como Cataluña, País Vasco y Galicia accedieron de forma prioritaria a sus competencias. Este proceso culminó con la creación de Parlamentos, Gobiernos autonómicos y Estatutos de Autonomía, logrando un equilibrio entre la unidad del Estado y la diversidad territorial.

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