Evaluación Ext FOL 3ª

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EXTINCIÓN DE CONTRATO
-Mutuo acuerdo.
-Expiración de la duración o finalización de obra.
-Por voluntad del trabajador.
>Dimisión.
>Por voluntad del trabajador fundada en incumplimiento previo del empresario. (Modificaciones irregulares de las condiciones del contrato, falta de pago o retraso,etc.)
-Muerte, incapacidad o jubilación tanto del empresario como del trabajador.
-Extinción por fuerza mayor.
-Despido Colectivo.

Causas ec,or,te,pr demostradas.
1) Inicio: Solicitud del empresario a la Autoridad Laboral y apertura de un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores.
2) Desarrollo: La AL comprueba si se dan las causas necesarias para extinguir los contratos, solicita al empresario toda la documentación pertinente. Al mismo tiempo se negocia con los representantes de los trabajadores.
3) Final: Acuerdo, la AU lo autoriza. En caso contrario ella dictará una resolución a favor de quien considere oportuno.
-Por voluntad del empresario
>Causas objetivas:
-Ineptitud del trabajador.
-Falta de adaptación del trabajador. (2 meses, FP 3 meses)
-Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
-Faltas de asistencias (aún justificadas, 20% de las jornadas hábiles en 2 meses ó 25% en 4 meses).
-En contratos por tiempo indefinido cuyo puesto de trabajo no pueda ser mantenido.


CALIFICACIÓN Y EFECTOS
-Procedente: Requisitos cumplidos por el empresario, empleado en paro con derecho a idem.
-Improcedente: No se dan causas para el despido. El empresario decide entre pagarle al trabajador una Idem. de 45 d/s por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades o readmitirlo. En ambos casos deberá abonar el salario de tramitación.
-Nulo: El empresario no cumplió los requisitos aún habiendo causa. El despido es nulo.

DESPIDO DISCIPLINARIO
Causas
a) Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad.
b) Indisciplina o desobediencia en el trabajo.
c) Ofensas verbales o físicas al empresario o a los compañeros.
d) Transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza.
e) Disminución continuada y voluntaria del rendimiento.
f) Embriaguez habitual o toxicomanía si repercute negativamente en el trabajo.
g) Acoso laboral.
Requisitos
Debe avisarle por escrito, donde se le comunicarán las causas y la fecha en la que se hace efectivo.
Calificaciones y efectos
El trabajador puede reclamar ante los tribunales dentro de los 20 días siguientes a la fecha del despido. El juez puede declarar el despido:
-Procedente: trabajador en paro y sin Idem.
-Improcedente: no se dan las causas necesarias para el despido. Idem. de 45 d/s por año trabajdo máx 42 mensualidads o readmisión.
-Nulo: no hay forma, aun existiendo causa. Readmisión y salario de tramitación.

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