Ética y Sistema Policial en España: Normativa y Principios de Actuación
Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Derecho
Escrito el en español con un tamaño de 3,72 KB
Ética Policial - Normativa Internacional y Nacional
Definición de Policía
(Aquí se debe incluir una definición formal y completa de lo que se entiende por policía en el contexto de este documento)
Marco Legal
- Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (LOFCS)
- Artículo 1
- Artículo 2
- Constitución Española
- Artículo 140
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL)
- Artículo 25 (reformada en 2003)
- Ley de Coordinación de Policías Locales de la Región de Murcia 4/1998, de 22 de julio
Ética Policial
- Presupuestos de la Ética
(Desarrollar los fundamentos y principios éticos que rigen la actuación policial) - Normas Supranacionales de Ética Policial
- a) Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)
Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (1979, consta de 8 artículos) - b) Convención Europea de los Derechos del Hombre (1950)
Declaración sobre la Policía del Consejo de Europa (1979). Se divide en tres partes:- Ética (13 artículos)
- Estatus
- Directrices en caso de guerra
- a) Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)
- Legislación Española sobre Ética Policial
- Preámbulo de la LOFCS
- Artículo 5 de la LOFCS: Adecuación al ordenamiento jurídico (12 apartados)
- Artículo 11 de la LOFCS: Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tienen como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana mediante el desempeño de las siguientes funciones (9 apartados)
El Sistema Policial Español - LOFCS y Principios Básicos de Actuación
- Artículo 1 de la Constitución Española (transición de la prevención a la represión policial, y del orden público a la seguridad ciudadana)
- Regulación de la Policía Local
- Constitución Española
- LOFCS: Artículo 53
- LRBRL: Artículo 25
- Ley de Coordinación de Policías Locales de la Región de Murcia 4/1998, de 22 de julio
- LOFCS
- Artículo 1
- Artículo 2
- Artículo 5: Principios básicos de actuación (12 apartados)
- Artículo 11: Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tienen como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana mediante el desempeño de las siguientes funciones (9 apartados)
- Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE)
- Artículo 10: Corresponde al Ministro del Interior la administración general de la seguridad ciudadana, siendo el Director de la Seguridad del Estado y el Delegado del Gobierno figuras clave en este ámbito.
- Cuerpo Nacional de Policía (CNP)
- Definición
- Artículo 12 a): 7 apartados
- Escalas, jubilación, sanciones por faltas
- Guardia Civil (GC)
- Definición
- Artículo 12 b): 7 apartados
- Organización de Unidades de Policía Judicial
- Policías de las Comunidades Autónomas
- Definición
- Ámbito de actuación
- Funciones
- Policías Locales
- Definición
- Artículo 53 de la LOFCS: Funciones (9 apartados)
- Artículo 54 de la LOFCS: Junta Local de Seguridad