Estructura y Política del Sistema Educativo
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Estructura del Sistema Educativo
Niveles de la Administración Educativa
El Ayuntamiento es el nivel más cercano de la Administración educativa. Otros niveles de la administración son el Gobierno Central (Estado), quien establece unas condiciones generales; y la administración autonómica.
Inscripción de Centros Educativos
La existencia de un centro nace desde su inscripción en el registro estatal de centros. Dicha inscripción supone/conlleva el cumplimiento de una serie de normas y requisitos sobre los diferentes aspectos: aspectos arquitectónicos, equipamientos, instalaciones, personal docente, niveles educativos que se quieren impartir.
En dicha inscripción, tienen que aparecer los siguientes datos:
- Quién es el titular del centro
- El nivel/niveles autorizados en el centro
- Número de unidades
- Plazas
- Capacidad disponible del centro (cantidad de clases que hay)
Si una persona quiere inscribir su centro y lo quiere abrir, éste debe cumplir unos requisitos mínimos aunque sea privado. Además, si quiere optar por la financiación administrativa, deberá de firmar un acuerdo.
Titularidad del Centro
La titularidad del centro se refiere a la persona responsable jurídicamente ante la administración. Hay dos tipos de titularidad:
- Centros públicos: tienen como titular un ente, la cual puede ser tanto autonómica (depende del Gobierno Vasco) o estatal (depende del Ministerio del Estado).
- Centros privados: tienen como titular bien una persona física (director) o jurídica (congregación/cooperativa), la cual es una organización de personas que tiene ideario del centro.
Dentro de los privados, podemos encontrar dos tipos de centros:
- Privado exclusivo: se sustentan únicamente con fondos privados.
- Privado-concertado: tienen un acuerdo económico con la administración educativa (tienen una financiación administrativa educativa), pero no total. Reciben subvenciones de la administración educativa competente (Gobierno Vasco). Tienen un concierto económico, es decir, unas ayudas por parte de los fondos públicos. En este tipo de centros, el concierto económico establece una serie de condiciones que el centro deberá de cumplir (lo establece la administración). Si no quiere cumplir las exigencias, no podrá recibir el concierto.
Hay diferencias también en relación a la composición de los órganos colegiados (contratación del profesorado, selección del director).
Política Educativa
La Política educativa emana de la política general del Estado. Constituye una serie de fines, principios, regulaciones, orientaciones, directrices, normativas que orientan la actividad educativa, pero no son las que siempre hay que seguir. Se toman decisiones en diferentes niveles que no siempre son iguales, ya que pueden ser a nivel de comunidad autónoma, de Estado y de municipio. Es una política que tiene que estar de acuerdo con el gobierno vigente, además de respetar:
- Constitución del 78
- Declaración general de los derechos humanos
- Lo que dicte la Unión Europea.
Son las líneas generales a las que tienen que atenerse todas las actividades educativas de todos los centros que forman la red de centros.
Factores que determinan la Política Educativa
- Las políticas del gobierno vigente y las políticas de turno
- La situación social y económica
- Los mínimos que establece el Marco Europeo
- Las teorías de investigación en relación a la educación.
Define las propuestas e intenciones de un sistema del gobierno en orden a unos objetivos generales.
Tipos de Políticas Educativas
- Política de tendencia monopolista: el gobierno hace toda la oferta de educación. No está permitida la enseñanza privada, sino pública. Este tipo de política se puede ver en países donde hay un sistema educativo muy centralizado, y donde no se contempla la autonomía del centro. Este tipo de política la hace el estado.
- Política de tendencia liberal: estimula la enseñanza privada, y crea condiciones para que ésta refuerce la calidad de la oferta. No existen políticas liberales al 100%, ya que tiene parte de financiación del Estado.
- Política con tendencia concertada: combinación de ambas políticas. Por una parte, tiene financiación pública (subvenciones) y por otra titularidad privada (congregación, cooperativa), y por otra de autonomía.
El estado, para ejercer su derecho a intervenir en la educación tiene dos instrumentos:
- La administración
- La legislación.
Realización de la Política Educativa
Para aplicar esta política educativa, está la administración educativa a tres niveles:
- Central
- Autonómica
- Local.
A la cual hay que aplicarle la legislación educativa, llegando a un cuarto nivel que sería: el centro.
Las relaciones entre la administración y el sistema educativo se basan en el berritzegune, en el representante del ayuntamiento, en el apoyo y en la inspección.
El Triángulo de la Política Educativa
El triángulo relacionado es:
- Legislación: debe ser
- Administración: planifica y orienta lo que se debe llevar a cabo y da recursos a los centros
- Centros: los que llevan a cabo cumpliendo los requisitos de la administración y así cumpliendo la legislación.