Estructura y Organización del Poder Político: Un Estudio del Estado y la Administración
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Organización Política y el Estado
La organización política es la forma de estructurar el poder y distribuirlo en una sociedad. El Estado es una unidad política independiente y soberana que ejerce su poder sobre un territorio delimitado por fronteras y habitado por una población determinada.
División de Poderes
La división de poderes es la distribución de las funciones del Estado:
- Poder Legislativo: Elabora o dicta leyes de obligado cumplimiento para todas las personas de un Estado. Lo ejercen las Cortes o Parlamentos.
- Poder Ejecutivo: Aplica las leyes y gobierna. Es ejercido por el Gobierno.
- Poder Judicial: Asegura el cumplimiento de la ley y resuelve las posibles controversias. Reside en los tribunales de justicia y en los jueces.
Administración Estatal
La administración estatal es el conjunto de instituciones y organismos que dependen directamente del Estado.
Tipos de Estado
Jefatura de Estado
- Monarquías: El jefe del Estado es el rey, quien accede al cargo de forma hereditaria, por derecho de sucesión.
- Repúblicas: El jefe del Estado es un presidente, quien accede al cargo por elección ciudadana, es decir, a través de elecciones presidenciales.
Forma de Gobierno
- Parlamentario: Pueden ser monarquías o repúblicas. El poder se reparte entre dos instituciones:
- Jefe del Estado: Puede ser un rey o un presidente.
- Presidente del Gobierno: Ejerce el poder ejecutivo. Para gobernar debe contar con la confianza del Parlamento. En caso contrario, puede ser revocado a través de una moción de censura. El presidente no tiene el poder de disolver el Parlamento y convocar nuevas elecciones.
- Presidencialistas: Son siempre repúblicas. Tienen un único ejecutivo, el presidente, quien ejerce de jefe del Estado y de presidente del Gobierno. El presidente es elegido por el electorado y solo es responsable ante él. No puede disolver el Parlamento.
Régimen Político
Democráticos
- El poder del Estado y la actuación del Gobierno están limitados por la ley. Las democracias son Estados de derecho, es decir, basan su poder en leyes aprobadas por procedimientos legítimos.
- La soberanía reside en el pueblo, que participa en el gobierno tomando directamente decisiones (democracia directa) o delegando su soberanía en representantes (democracia indirecta).
- Pluralismo ideológico y político: Se admite la existencia de partidos políticos, que son asociaciones de personas con una ideología propia y un programa político. Los partidos políticos son los principales instrumentos de participación política de la ciudadanía.
- Elecciones libres y plurales: Elecciones realizadas por sufragio universal y secreto, que permiten renovar el poder.
- División de los tres poderes del Estado: El legislativo reside en el Parlamento, el ejecutivo en el Gobierno y el judicial en los tribunales de justicia.
Estados de Derecho
Basan su poder en leyes aprobadas por procedimientos legítimos.
Pluralismo Político
Admiten la existencia de partidos políticos, que son asociaciones de personas con una ideología propia y un programa político.
Partidos Políticos
Asociaciones voluntarias de personas dotadas de un programa de gobierno de la sociedad en su conjunto y que canalizan los intereses de sus representados.
Sindicatos
Organizaciones de trabajadores que se asocian para mejorar sus condiciones laborales y su salario.
Autoritarios
Se caracterizan por:
- El poder del Estado y la actuación del Gobierno no tienen límites ni control y no se reconocen derechos a la ciudadanía.
- La soberanía reside en una sola persona y se impide la participación de la ciudadanía en el gobierno.
- No hay pluralismo político e ideológico.
- No existen elecciones libres ni hay posibilidad de renovar periódicamente el poder.
- La división de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial no se respeta; los tres poderes están concentrados en una persona.
El Estado y las Divisiones Administrativas
Estado centralizado: Toma las decisiones para todo el territorio. Las divisiones territoriales están gobernadas por personas designadas por el poder central. Las competencias que tienen los territorios son pocas.
Estado descentralizado: Reparte la toma de decisiones entre las diferentes divisiones territoriales. Estas son gobernadas por su propia administración, cuyos miembros son elegidos por el pueblo. Las competencias que tienen los territorios son amplias.
La Unión Europea
La Unión Europea está formada, desde el 1 de enero de 2007, por 27 Estados soberanos.
- Consejo Europeo: Máximo órgano político de la UE, formado por los jefes de Estado o de Gobierno de los países miembros y por el presidente de la Comisión.
- Consejo de la UE: Representa a los Estados miembros. Formado por un ministro de cada país, que varía según el tema tratado.
- Comisión Europea: Representa los intereses de la UE. Formada por un presidente y un comisario por cada Estado miembro, que se encarga de un área de la política comunitaria durante 5 años. Funciones: proponer las leyes, asegurar el cumplimiento de la legislación y de los tratados europeos, y gestionar el presupuesto y los programas europeos.
- Parlamento Europeo: Representa a la ciudadanía de la UE. Sus funciones, compartidas con el Consejo, son aprobar las leyes y el presupuesto, controlar al Consejo y a la Comisión, y ratificar los acuerdos internacionales.
- Tribunal de Justicia: Formado por un juez de cada país, más uno rotatorio, designados durante 6 años.
- Tribunal de Cuentas: Integrado por un representante de cada Estado miembro, nombrado por 6 años.
Organización Política del Estado Español
Regida por la Constitución de 1978.
- Libertades y derechos: Derecho a la vida, igualdad ante la ley, la propiedad, etc.
- Soberanía: Reside en el pueblo español.
El Estado español es un Estado social, democrático y de derecho. Se configura como una monarquía parlamentaria. Se divide en poderes:
- Cortes Generales: Poder legislativo. Formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado. Encargadas de elaborar leyes.
- Gobierno: Poder ejecutivo. Aplica las leyes y dirige la política interior y exterior.
- Tribunales de Justicia: Poder judicial. Formados por magistrados y jueces. Velan por el cumplimiento de las leyes.
Organización Territorial
Es descentralizado. Se reparte en unidades territoriales:
- Municipios: Unidades territoriales básicas dirigidas por el ayuntamiento, formado por el alcalde y varias concejalías.
- Provincias: Territorios formados por la agrupación de varios municipios y cuyo órgano de gobierno es la diputación. 17 Comunidades Autónomas y 2 ciudades autónomas: Ceuta y Melilla.
Cada comunidad se encuentra regida por un Estatuto de Autonomía, que recoge sus competencias y sus instituciones de autogobierno:
- Parlamento Autonómico: Tiene poder legislativo.
- Consejo de Gobierno: Con poder ejecutivo.
- Tribunal Superior de Justicia: Es la instancia más alta del poder judicial en la comunidad autónoma.
Ampliación de la Unión Europea
1957: Italia, Alemania, Francia, Países Bajos.
1973: Irlanda, Reino Unido, Dinamarca.
1981: Grecia.
1986: Portugal, España.
1990: Berlín (reunificación alemana).
1995: Austria, Suecia, Finlandia.
2004: Estonia, Letonia, Lituania, Polonia, República Checa, Hungría, Eslovenia, Malta, Chipre.
2007: Rumanía, Bulgaria.