Estructura y funciones del Gobierno en España

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L’ADMINISTRACIÓ GENERAL DE L’ESTAT EL CONSELL DE MINISTRES

És el màxim òrgan del poder executiu i té una doble missió, la primera és ser el màxim òrgan administratiu i la segona és organitzar la política pública. El consell de ministres té competència per dirigir polítiques interiors i exteriors. El Consell de Ministres està compost pel president, els vicepresidents i els diferents ministres.

EL PRESIDENT DE GOVERN

Dirigeix i coordina les funcions dels membres del govern. Representa el govern, estableix el seu programa polític, proposa al Rei la dissolució del Congrés, del Senat o de les Corts Generals, convoca i fixa l’ordre del dia del Consell de Ministres, interposa recurs d’inconstitucionalitat... (Art. 2 LG).

EL VICEPRESIDENT DEL GOVERN

És una figura molt flexible perquè pot no haver cap vicepresident com també pot haver-ne diversos, dependrà de la voluntat del president. És la figura que substitueix el president quan aquest no està present. El vicepresident és el pont d’enllaç entre el govern i el partit polític que forma el govern. El vicepresident presideix la Comissió General de Secretaris d’Estat i Subsecretaris.

ELS MINISTRES

El Govern s’organitza en diferents departaments denominats ministeris als quals s’assigna un determinat sector d’activitat (presidència, sanitat, economia...) i al capdavant de cada ministeri se situa un ministre. Tots els ministres formen el Consell de Ministres.

COMISSIONS DELEGADES DEL GOVERN

El Consell de Ministres pot delegar la majoria de les seves funcions en les Comissions Delegades del Govern excepte aquelles que li atribueix expressament la Constitució, i tampoc es poden delegar aquelles que la llei ho prohibeixi expressament. Són òrgans col·legiats presidits per un membre del govern i exerceixen les competències que li han estat delegades pel consell de ministres.

L’ADMINISTRACIÓ PERIFÈRICA DE L’ESTAT

L’administració perifèrica de l’estat són aquells òrgans de l’administració estatal que no tenen activitat a tot el territori sinó que centren les seves competències en una comunitat autònoma (delegats de Govern) o una província (subdelegats del govern). L’administració perifèrica de l’estat està inspirada pels principis d’eficàcia i economia de les despeses públiques, evitant la duplicitat de les estructures administratives.

LOS DELEGADOS DEL GOBIERNO

Las delegaciones del Gobierno son una representación del Gobierno central en el territorio de cada Comunidad Autónoma. Es un órgano obligatorio ya que así se prevé en el artículo 154 CE y en los 72 y 73 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. Los delegados del Gobierno son nombrados por real decreto del consejo de ministros, a propuesta del presidente del Gobierno, y tienen sede en la localidad donde se encuentre el consejo de gobierno de la CCAA. Los delegados del gobierno dependen de la presidencia del Gobierno y no de ningún ministerio.

LOS SUBDELEGADOS DEL GOBIERNO

Los subdelegados del gobierno se encargan de presidir las subdelegaciones del gobierno que se encuentran en cada provincia. Son nombrados y dependen de la delegación del gobierno de la respectiva CCAA. La elección del subdelegado del gobierno es libre; el único requisito es que debe ser un funcionario de carrera (del estado, de la CCAA o local) con título de doctor, licenciado, arquitecto, ingeniero o equivalente. Los subdelegados del gobierno son el punto de enlace entre la administración local y la central.

LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO EN EL EXTERIOR

La Administración General del Estado despliega, principalmente, su actividad dentro del territorio del estado pero también lo hace fuera. La Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado crea un Servicio Exterior del Estado integrado por órganos, unidades administrativas, instituciones y medios humanos y materiales, bajo la dependencia jerárquica del Embajador.

LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS

Pueden ser permanentes o especiales. Las permanentes representan de forma permanente al Reino de España ante los estados con los que España mantiene relaciones diplomáticas. Las especiales representan al Reino de España ante un estado para el desempeño de algo determinado. Las misiones diplomáticas se denominan embajadas y su representante es el embajador.

LAS REPRESENTACIONES PERMANENTES

Estos órganos representan de manera permanente al Reino de España ante una organización internacional (no como las misiones permanentes que lo representan ante un estado). Los encargados de las representaciones permanentes están bajo las instrucciones del ministro de Asuntos Exteriores y coordinan e integran la Administración General del Estado en el exterior, dando cumplimiento al principio de unidad de acción.

LAS DELEGACIONES

Las delegaciones se encargan de representar a España ante un determinado órgano de una organización internacional, o en una conferencia de estados convocada por una organización internacional.

LAS OFICINAS CONSULARES

Son oficinas encargadas del ejercicio de las funciones consulares como la legalización de documentos oficiales, poderes, otorgamiento y renovación de pasaportes... en los términos que prevea la ley y los acuerdos internacionales. La persona al frente de una oficina consular es el cónsul.

ADMINISTRACIÓN CONSULTIVA. EL CONSEJO DE ESTADO

Regulada por el artículo 107 CE y por la Ley Orgánica 3/1980 de 22 de abril. El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno y ejerce la función consultiva con autonomía orgánica y funcional para garantizar su objetividad e independencia, debiendo emitir dictámenes sobre todos aquellos asuntos que sometan a su consulta el gobierno o sus miembros.

El reglamento y sus límites

El reglamento deberá respetar el principio de reserva de ley, el respeto a los principios generales del derecho, los principios de la buena regulación, el control del fin, la desviación de poder, y el derecho europeo como límite. Las reglas de derogación y su inderogabilidad singular también son aspectos importantes a considerar.

La evaluación ex post de los reglamentos

Tras la publicación y entrada en vigor de la norma, las Administraciones Públicas deben llevar a cabo una evaluación ex post de su norma vigente, la cual debe ser revisada de forma periódica para adaptarla a los principios de buena regulación y para comprobar la medida en que las normas en vigor han conseguido los objetivos previstos y si estaba justificado y correctamente cuantificado el coste y las cargas impuestas en ellas.

El reglamento ilegal. Vías de control

Existen tres sujetos encargados de declarar la ilegalidad del reglamento: la propia Administración, los tribunales de justicia, y el derecho europeo como límite. Las normas reglamentarias deben respetar el derecho europeo, el acervo comunitario.

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