Estructura Detallada de la Nómina: Conceptos de Devengo y Cálculo de Deducciones Legales

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I. El Devengo: Percepciones del Trabajador

El devengo comprende todas las cantidades que percibe el trabajador.

1. Percepciones Salariales

Son cantidades que recibe el trabajador como retribución por su trabajo efectivo. Se incluye:

  • Salario Base: Se establece por convenio según el grupo profesional.
  • Complementos Salariales: Se pagan por las características personales del trabajador o del puesto de trabajo, si están incluidos en la ley, el convenio o en el contrato. Ejemplos: conocimiento de idiomas, antigüedad, peligrosidad, nocturnidad, calidad en el trabajo, cantidad de trabajo.
  • Horas Extras.
  • Pagas Extraordinarias.
  • Salario en Especie: Entrega al trabajador de determinados bienes o beneficios. Ejemplos: utilización de una vivienda o un vehículo facilitados por la empresa.

2. Percepciones No Salariales

Son cantidades que recibe el trabajador que no retribuyen el trabajo efectivo, sino que compensan otras cuestiones como indemnizaciones o gastos realizados por el trabajador.

  • Indemnizaciones o Suplidos: Cantidades que se pagan al trabajador por los gastos que realiza como consecuencia de su actividad laboral. Ejemplos: gastos de viaje, gastos de locomoción, plus de distancia, etc.
  • Prestaciones de la Seguridad Social: Cantidades que percibe el trabajador por estar de baja (incapacidad temporal).
  • Indemnizaciones por Traslado, Suspensión o Despido.
  • Otras Percepciones No Salariales: Destacan, entre otros, tickets de restaurante, seguros de vida, etc.

Cálculo del Total Devengado

El Total Devengado es la suma de las Percepciones Salariales más las Percepciones No Salariales.

II. Deducciones: Aportaciones y Retenciones

1. Aportaciones a la Seguridad Social (SS)

Contingencias Comunes

Aportaciones del trabajador para cubrir situaciones de enfermedad común, maternidad, jubilación o accidente no laboral. Se calcula:

(Base de Cotización por Contingencias Comunes) x 4,7%

Contingencias Profesionales (Desempleo y Formación Profesional)

Aportaciones del trabajador destinadas a la prestación por desempleo, formación profesional y FOGASA. Se calcula:

  • Desempleo: (Base de Contingencias Comunes + Horas Extras) x 1,55%.
  • Formación Profesional: (Base de Contingencias Comunes + Horas Extras) x 0,10%.
Cotización de Horas Extraordinarias

Las horas extraordinarias cotizan de forma específica:

  • Horas Extraordinarias por Fuerza Mayor: Importe x 2,00%.
  • Horas Extraordinarias Normales: Importe x 4,7%.

2. Retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Son las aportaciones del trabajador en concepto de ingreso a cuenta del IRPF.

Se calcula: (Base de Retención) x % de Retención

Nota: La base de retención se obtiene restando del Total Devengado los gastos exentos (gastos de locomoción justificados, gastos de viaje y estancia, e indemnizaciones por traslado, despido o cese).

Cálculo Final

Total a Deducir: Aportaciones a la SS + Impuesto IRPF.

Líquido a Percibir: Total Devengado - Total a Deducir.

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