Estructura y Competencias de los Órganos de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

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1. Órganos de la Jurisdicción

Los órganos que integran esta jurisdicción son: los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional y la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

Juzgados de lo Contencioso-Administrativo (Art. 8 LJCA)

  • Características: Son órganos unipersonales. Extienden su competencia a cada provincia, en cuya capital tienen su sede.
  • Competencias: Conocen de todos los recursos que se dirijan contra actos de las entidades locales y entidades y corporaciones dependientes o vinculantes a ellas.

Excepciones y Competencias Específicas

Se exceptúan los instrumentos de planeamiento urbanístico de cualquier clase y las disposiciones generales o reglamentos (cuya competencia corresponde al TSJ).

Asimismo, conocen de:

  • Recursos contra ciertos actos administrativos de la Administración de las Comunidades Autónomas dictados en cuestión de personal, así como de sanciones administrativas y reclamaciones de responsabilidad patrimonial de escasa cuantía.
  • Recursos contra disposiciones y actos de la Administración Periférica del Estado y de las Comunidades Autónomas.
  • Actos de los organismos, entes, entidades o corporaciones de Derecho Público cuya competencia no se extienda a todo el territorio nacional.
  • Resoluciones de los órganos superiores cuando confirmen íntegramente los dictados por aquéllos en vía de recurso, fiscalización o tutela.
  • Recursos contra las resoluciones en materia de extranjería que dicte la Administración Periférica del Estado.
  • Recurso contencioso-electoral contra actos de las Juntas Electorales de Zona en materia de proclamación de candidaturas y candidatos.
  • Autorizaciones de entrada en domicilio y restantes lugares cuyo acceso requiera el consentimiento del titular, en ejecución de actos de la Administración.

Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (Art. 10 LJCA)

  • Características: Su circunscripción es la Comunidad Autónoma.
  • Competencias en única instancia: (Sin posibilidad de apelación).

Competencia Residual y Específica

  • Competencia residual: Asuntos cuyo conocimiento no está atribuido expresamente a otros órganos, relativos a actos y disposiciones de las Comunidades Autónomas.
  • Recursos contra las disposiciones y planes urbanísticos de las entidades locales.
  • Actos y resoluciones de los Tribunales Económico-Administrativos Regionales y Locales que pongan fin a la vía administrativa, y del Tribunal Económico-Administrativo Central en materia de tributos cedidos.
  • Actos de las Juntas Electorales Provinciales y de Comunidades Autónomas.
  • Actos de prohibición o propuesta de modificaciones de reuniones en lugares de tránsito público.

Resolución de Recursos y Cuestiones de Competencia

  • Conocen en segunda instancia de los recursos de apelación contra sentencias y autos de los Juzgados.
  • Recursos de revisión contra sentencias firmes de esos mismos Juzgados.
  • Cuestiones de competencia entre los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la Comunidad Autónoma.
  • Recursos de casación para la unificación de doctrina previstos en el artículo 99 de la LJCA.
  • Recurso de casación en interés de la ley previsto en el artículo 101 de la LJCA.

Sala de lo Contencioso-Administrativo (Tercera) del Tribunal Supremo (Art. 12 LJCA)

  • Características: Es el órgano superior de la jurisdicción (gestiona más de 10.000 asuntos al año).

Competencia en Única Instancia

  • Recursos contra actos y disposiciones de los más altos órganos gubernativos (Consejo de Ministros y Comisiones Delegadas de Gobierno) y de los órganos constitucionales (CGPJ, Congreso, Senado, Tribunal Constitucional, Tribunal de Cuentas y Defensor del Pueblo).
  • Recursos contra disposiciones y actos de la Junta Electoral Central.
  • Recurso contencioso-electoral contra la proclamación de electos.
  • Recursos en materia de elección de los miembros de las Salas de Gobierno de los tribunales según la LOPJ.

Competencia en Vía de Recurso

  • Resolución de recursos de casación y revisión contra sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia y de la Audiencia Nacional.
  • Conocimiento de recursos procedentes del Tribunal de Cuentas.

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