Estructura y Alcance de los Convenios Colectivos de Trabajo
Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en
español con un tamaño de 2,99 KB
Contenido mínimo de los convenios
- Partes que lo conciertan: Representantes de los trabajadores y de los empresarios.
- Ámbito personal, funcional, territorial y temporal.
- Procedimientos para resolver las discrepancias que puedan surgir para la no aplicación de las condiciones de trabajo en el convenio, relativas, por ejemplo, al horario o a la cuantía salarial.
- Forma y condiciones de denuncia del convenio, así como el plazo de preaviso para dicha denuncia.
- Designación de una comisión paritaria de la representación de las partes negociadoras para entender cuantas cuestiones le sean atribuidas.
- Determinación de los procedimientos para solventar las discrepancias en el seno de la comisión paritaria.
Cláusula de descuelgue
La empresa podrá, previo desarrollo de un periodo de consultas, decidir no aplicar las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable, sea este de sector o de empresa, siempre que concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Las materias sobre las que se puede producir el descuelgue son las siguientes:
- Jornada y horario.
- Trabajo a turnos.
- Sistema de remuneración y cuantía salarial.
- Sistema de trabajo y rendimiento.
- Funciones (cuando exceden de los límites de la movilidad funcional).
- Mejoras voluntarias de Seguridad Social.
4.2. Ámbito de los convenios colectivos
El ámbito del convenio puede ser personal, funcional, territorial y temporal. No obstante, las partes pueden acordar otros ámbitos del convenio.
- Ámbito personal: Normalmente, los convenios obligan a todos los empresarios y a todos los trabajadores de la rama profesional o sector económico en el que están encuadradas las empresas que negocian el convenio. Sin embargo, pueden celebrarse convenios para determinados trabajadores, como, por ejemplo, para especialistas en una determinada materia, directivos, etc. Estos convenios se denominan convenios franja.
- Ámbito territorial: Hace referencia a la extensión geográfica del convenio. Hay convenios de diferentes ámbitos: nacional, autonómico, interprovincial, provincial y local.
- Ámbito funcional: Se refiere a la actividad económica a la que se dedican las empresas de un determinado ámbito territorial; por ejemplo, Convenio Nacional de la Banca, Convenio Provincial de Hostelería de Málaga, etc.