Empresa mercantil
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Orden Económico
3 poderes políticos
ejecutivo : Gobernar el País , aplicar las leyes ; Gobierno
legislativo : Aprobar las leyes y hacer que se cumplan las leyes ; Parlamento
judicial : Castiga o juzga a los que incumplen las leyes ; Tribunal
OE
Cada país debe definir una
Estructura destinada a ordenar y coordinar el funcionamiento económico del
Mismo, con la finalidad de satisfacer las necesidades de los individuos de cada
Comunidad. Economía de libre mercado;
Doctrina de liberalismo ; raíz capitalista
Sernac:
Protección al consumidor
Corresponde Al conjunto de derechos desde la perspectiva del acto de consumo dentro de Nuestra sociedad y a la institucionalidad para hacerlos efectivos.
Busca la protección de los consumidores ante El daño (físico, financiero, moral u otro) al consumir Busca la eficiencia en el consumo Influencian La información Se recogen en un conjunto de leyes y otras normas.
Derecho del consumidor:
Derecho a la Libre elección de bienes y servicios 2. Derecho a información veraz y oportuna - Deber de informarse 3. Derecho a la no discriminación arbitraria 4. Derecho a La seguridad en el consumo, protección a la salud y al medioambiente - Deber de Evitar riesgos 5. Derecho a la reparación e indemnización adecuada y oportuna - Deber de accionar de acuerdo a la Ley 6. Derecho a educación para el consumo - Deber de celebrar operaciones de consumo con el comercio establecido
Obligación de las empresas:
1.- A Entregar información veraz y oportuna sobre los productos y servicios y a Permitirles elegir libremente. 2.- Seguridad en el consumo. 3.- A permitir el Retracto en ciertos contratos. 4.- A entregar productos y servicios de calidad. 5.- A no colocar barreras para ejercer la garantía legal. 6.- A que las Cobranzas que se realicen, respeten la tranquilidad familiar del deudor y su Estabilidad laboral. 7.- Dar cumplimiento a las promesas publicitarias y lo Establecido en los contratos. 8.- A que los contratos no tengan cláusulas Abusivas. 9.- A las cuentas claras y a los cobros justos.
•Acceso Claro y oportuno al costo final •Información clara y oportuna sobre las Condiciones relevantes para que el consumidor sepa qué está contratando o Comprando •Información sobre restricciones del uso de los servicios y Advertencias de uso seguro de los productos •Libertad de elección: Los Consumidores tienen derecho a aceptar expresamente los productos o servicios Como los seguros
Clausula abusiva
Es toda aquella
Cláusula que contenga ventajas exclusivas para el proveedor (empresa)
Y que
Genere un desequilibrio de los derechos y obligaciones de las partes. Todo lo
Anterior establecido en un contrato de adhesión.
Extrajudiciales:
•Cobrar no Es asustar •Los consumidores tienen que pagar sus deudas/las empresas deben Respetar la Ley •No comunicar la deuda a terceros •No llamados que no sean Entre 8:00 a 20:00 hrs de lunes a viernes •No arriesgar la estabilidad laboral Del deudor
CMF:
La Comisión para el Mercado
Financiero (CMF) es descentralizado, un servicio de carácter público técnico,
Dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relaciona con el
Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda.
Función supervisora
Corresponde al
Control y vigilancia del cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y
Administrativas.
Función normativa:
Corresponde a la capacidad de la CMF, de efectuar una función reguladora, Mediante la dictación de normas o instrucciones propias para el mercado y las Entidades que lo integran. Es decir, establecer el marco regulador para el Mercado.
Función sancionadora
Corresponde a la
Facultad de la CMF para aplicar sanciones frente al incumplimiento o violación
Del marco regulador como consecuencia de una investigación
. Función de desarrollo y promoción de los mercados:
Corresponde a La capacidad de promover diversas iniciativas para el desarrollo del mercado, Mediante la elaboración y colaboración para la creación de nuevos productos e Instrumentos, mediante la difusión de los mismos.
Comisionado será Definido por el presidente de la república lo cual tiene que ser de plena confianza y manejo en el tema financiero.
La Unidad de Investigación es responsable de la instrucción del procedimiento sancionatorio Que regula el título IV, la cual estará a cargo de un funcionario denominado Fiscal, que será nombrado por el Consejo mediante el proceso de selección de Altos directivos públicos.
La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) es una Institución pública creada en 1925, autónoma, con personalidad jurídica de Duración indefinida y se relaciona con el gobierno a través del Ministerio de Hacienda. El mandato que le impone la Ley General de Bancos a la SBIF es Supervisar las empresas bancarias así como de otras entidades, en resguardo de Los depositantes u otros acreedores y del interés público y su misión es velar Por el buen funcionamiento del sistema financiero.
Dirección de Supervisión, se encarga de
Velar por el debido cumplimiento de las disposiciones legales y normativas y
Por la adecuada gestión de riesgos por parte de las instituciones bajo la
Fiscalización de la SBIF.
Dirección de
Riesgos, Se encarga de dar apoyo a la supervisión in situ de las entidades
Bajo la supervisión de la SBIF, y del desarrollo de metodologías de
Cuantificación y monitoreo de riesgos. Para ello cuenta con áreas
Especializadas en Riesgos Operacionales, Riesgos de Crédito y Riesgos
Financieros
. Dirección de Análisis
Financiero, encargada de organizar, diagnosticar y proponer soluciones
Conceptuales respecto de la información financiera que le reportan sus
Fiscalizados. Responsable del seguimiento de los grupos financieros y atender
En general las situaciones que enfrenta esta Superintendencia en el cumplimento
De su labor, es decir en la supervisión y regulación del sistema financiero,
Como también el contacto interinstitucional Dirección de Estudios, es la encargada del desarrollo de
Actividades de investigación y regulación de las industrias bajo supervisión, y
De las relaciones internacionales de la Superintendencia. Incluye los
Departamentos de Investigación y Riesgos y Productos Financieros e Industria
Bancaria.
Dirección de Conducta de
Mercado, encargada de cautelar las relaciones que establezcan las
Instituciones fiscalizadas con quienes demandan sus servicios. Realiza labores
De seguimiento de cumplimiento normativo, de atención de público, de generación
De estudios y propuestas, y de diseño y seguimiento de indicadores, tareas con
Las que colabora con la estabilidad y el adecuado funcionamiento del sistema
Financiero.
Dirección Jurídica, que
Entre otras materias, analiza las distintas leyes reglamentos en materia
Bancaria y señala la forma en que ellas deben ser aplicadas; asesora al
Superintendente, Intendentes y a las distintas Direcciones en materias de orden
Legal y participa en la elaboración y discusión de los proyectos de ley, sobre
Materias de orden financiero.
Dirección
De Administración y Operaciones, tiene bajo su responsabilidad las tareas
Relativas al desarrollo de personas, la administración de los recursos físicos,
Informáticos y redes de comunicaciones de la institución. La dirección
Contempla Operaciones y Tecnología, Administración y Finanzas, Desarrollo de
Personas, Seguridad de la Información y Gestión Documental
. Dirección de Asuntos Institucionales y Comunicaciones, tiene como
Tarea la difusión interna y externa de las actividades que desarrolla la
Superintendencia.
Sii
ROL DE Fiscalización PERMANENTE “ DEL CUMPLIMIENTO TRIBIUTARIO”
Procurar que Cada contribuyente cumpla cabalmente sus obligaciones tributarias, aplicando y Fiscalizando los impuestos internos de manera efectiva y eficiente, con Estricto apego a la legalidad vigente y buscando la facilitación del Cumplimiento, en el marco que establecen los principios de probidad, equidad y Transparencia, en un ambiente de trabajo que propicie el desarrollo integral de Los funcionarios, para lograr un desempeño de excelencia que aporte al progreso Del país.
Defender al Fisco ante Tribunales y Crear Conciencia tributaria
Controlar el Cumplimiento de las obligaciones tributarias – Fiscalización (Citación - Liquidación) q Facultad jurisdiccional – Tribunal Tributario q Interpretar las normas tributarias (oficios) q Instruir a los funcionarios (Circulares/ Resoluciones).
Facultad del
Director sii:
1º.- Interpretar administrativamente las disposiciones
Tributarias, fijar normas, impartir instrucciones y dictar órdenes para la
Aplicación y fiscalización de los impuestos. Podrá, asimismo, disponer la
Consulta pública de proyectos de circulares, o instrucciones que estime
Pertinente, con el fin de que los contribuyentes o cualquier persona natural o
Jurídica opine sobre su contenido y efectos, o formule propuestas sobre los
Mismos. Con todo, las circulares e instrucciones que tengan por objeto
Interpretar con carácter general normas tributarias, o aquellas que modifiquen
Criterios interpretativos previos, deberán siempre ser consultadas.
IMPUESTOS
Sistema Tributario existe una regulada administración tributaria donde se dividen en 2 Entidades con distintas funciones como es el de fiscalización (SII) y cobro (Tesorería)
Impuestos
Directos: son Aquellos que gravan o afectan la obtención de la renta o riqueza en manos del Sujeto que la obtiene. (impuesto a la renta)
Indirectos : Afectan la manifestación de la riqueza, gravando, actos y/o contratos. (impuestos a las ventas y servicios (IVA) impuestos específicos) (Otros Impuestos)
Suficiencia “Los impuestos deben Recaudar los recursos necesarios para financiar el gasto público”
Eficiencia • En Chile los impuestos Financian casi el 80% del gasto público • La recaudación tributaria ha Contribuido a la estabilidad fiscal “Los impuestos deben recaudar Distorsionando al mínimo posible las decisiones económicas”
• En general No discrimina por el origen de los ingresos ni por las formas de consumo.
Simplicidad “Los impuestos deben ser Simples para los contribuyentes y para la administración tributaria
Equidad “La aplicación de impuestos Debe preservar criterios de igualdad para todos los contribuyentes”
¿ Cómo está constituida la Estructura Tributaria en Chile?
Está Constituida por pocos impuestos de alto rendimiento, los principales son IVA y Renta. Los ingresos tributarios en Chile, exhiben una fuerte concentración en Los impuestos internos al consumo, dentro de ellos el más importante es el IVA Al aportar una cifra que sobrepasa la mitad de toda la recaudación
Principales carácterísticas del IVA •
Es el impuesto de mayor rendimiento tributario • De base relativamente amplia,
Con tasa única 19% • Posee muy pocas exenciones • Su afectación es al consumo,
Grava la mayor parte de las ventas de bienes corporales muebles e inmuebles, y
Prestaciones de servicios • Afecta también al Fisco, instituciones
Semi-fiscales, organismos de administración autónoma, municipalidades y empresas
• Incluye un mecanismo para aprovechar el remanente del crédito fiscal • Los
Exportadores están exentos de IVA por las ventas que efectúen al exterior,
Otorgándoseles el derecho a recuperar el IVA recargado al adquirir bienes o
Utilizar servicios destinados a su actividad de exportación • Es un impuesto de
Traslación, ya que obliga a los contribuyentes a cargar a los compradores de
Bienes o beneficiarios de servicios, una suma igual al monto del respectivo
Gravamen
REQUISITOS
DEL HECHO GRAVADO Básico VENTA 1. Convención 2. TRANFERENCIA DE DOMINIO 3.
TITULO ONEROSO 4. BIENES CORPORALES 5. VENDEDOR-HABITUALIDAD 6. TERRITORIALIDAD
1.- Convención.
1.- Convención “TODO ACUERDO DE VOLUNTADES DESTINADOS A CREAR, MODIFICAR O EXTINGUIR OBLIGACIONES” Convencíón traslaticia de dominio … cualquier acto o contrato que cumpla el Mismo fin o se equipare a venta.
Transferencia de dominio
• Dominio; Uso, Goce, disposición = Propiedad
3. TITULO ONEROSO CONVENCIONES A TITULO GRATUITO: DONACIONES CONVENCIONES A TITULO ONEROSO: VENTA, PERMUTA
4. LA Convención DEBE REACER SOBRE BIENES CORPORALES
MUEBLES O INMUEBLES DE PROPIEDAD DE UNA EMPRESA CONSTRUCTORA,
CONSTRUIDOS TOTAL O PARCIALMENTE POR ELLA. BIENES CORPORALES MUEBLES: POR
NATURALEZA POR Anticipación
5. LA TRANSFERENCIA DEBE SER EFECTUADA POR UN VENDEDOR. HABITUALIDAD
CALIFICADA A JUICIO EXCLUSIVO POR EL SERVICIO” “ELEMENTOS PARA DETERMINAR SI LOS BIENES SE ADQUIRIERON PARA LA REVENTA: CANTIDAD, FRECUENCIA Y NATURALEZA DE LAS OPERACIONES”
6. TERRITORIALIDAD
Bienes corporales
Muebles e inmuebles ubicados en el territorio nacional, independientemente del
Lugar en que se celebre la convencíón respectiva inciso 2º: presunción legal en
Virtud de la cual bienes se entenderán ubicados en territorio nacional, aún
Cuando al tiempo de celebrarse la convencíón se encuentren transitoriamente
Fuera del país, en aquellos casos en que la inscripción, matrícula, patente o
Padrón hayan sido otorgados en Chile. Inciso 3°: deben considerarse ubicados
Dentro del territorio nacional:
Qué es un “MONOPOLIO” Es una palabra que deriva del griego, y que desde la perspectiva Económica significa que una persona o empresa mantiene control sobre un Producto o servicio determinado y ello le permite el poder suficiente para Determinar las condiciones en las que otros podrán acceder a ellos. Una Carácterística de los monopolios es que en el mercado se produce una amplia Falta de competencia económica respecto del bien que venden o servicio que Prestan. Sumado lo anterior, generalmente a la inexistencia o faltas de bienes Sustitutos viables. Por lo señalado, se le denomina una forma de competencia Imperfecta
Un monopolio Existe cuando en la economía de mercado hay un sólo vendedor o productor de un Elemento que sirve para satisfacer las necesidades de todo el sector, y puede Surgir por distintas vías: la asociación de varias empresas que quedan bajo el Control de una misma dirección ; el pacto entre compañías de un mismo sector Económico para lograr la eliminación de los competidores (un cártel); el Tratado que otorga a ciertos vendedores el monopolio sobre un producto o un Sector (un asiento); o la compra o fusión de empresas. Algunos monopolios son:
Monopolio Natural, es aquel que se crea a partir de las exigencias de los consumidores. Surge de forma fluida y se convierte en el líder en la producción de ese Elemento o servicio. Este tipo de monopolio no puede manejar los precios a su Antojo, sino que debe aceptar ciertos límites, tales como: una competencia Potencial, el factor competitivo constante, la elasticidad de la demanda, los Factores sustitutos y la ley de rendimientos.
Monopolio Puro es el que resulta cuando hay una sola persona o empresa que produce y Distribuye un producto en un mercado donde existen muchos compradores. En la Economía real no suele darse este tipo de monopolio salvo cuando se trata de Una actividad que ha sido cedida por una operación pública. Un monopolio puro Sólo es posible cuando existe un único vendedor, esto significa que además no Hay rivales , sin embargo, el monopolista verá restringidas sus políticas por La competencia indirecta y la competencia de los bienes que puedan sustituir al Que ofrece y contengan un precio más razonable. Por último, ante la entrada en El mercado de una competencia, el monopolista deberá tomar medidas para evitar Que su poder disminuya.
Monopsonio, Es un mercado formado por un sólo comprador y muchos vendedores. En estos Mercados el monopsonista tiene que pagar un precio más elevado por la última Unidad del insumo y sobre las unidades previamente adquiridas. El competidor de Este vendedor es el mercado de insumos, el cual puede significar un tanto perjudicial Para la economía del monopsonista. Cabe señalar que los casos similares pero Donde se presentan muchos compradores, se denominan oligopsonios.
Los Fenómenos que se producen en los mercados obedecen a carácterísticas claramente Definidas que son las que permite identificarlos. En el caso de los monopolios Se pueden mencionar entre otras a las siguientes: q Una solo empresa productora y Vendedora de determinado producto o servicio. Q No existen en el mercado bienes o servicios similares o sustitutos. Q Existe una gran demanda. Q Existen barreras rígidas De entrada al mercado. Q El monopolista tiene potestad para fijar el precio a su antojo y conveniencia. Q No ocurre una movilidad Limpia de los factores de producción.
El Oligopolio: Existen mucha demanda y poco ofertantes, se da cuando hay poca Competencia en el mercado, y ellos pueden influir sobre la fijación del precio. Generalmente en un mercado de oligopolio existe la imagen de empresa líder del Mercado, con gran influencia en los precios y otras empresas pequeñas que no Influyen como competencia. Una de las inquietudes de las entidades que Controlan las empresas, es evitar la colusión que consiste en los acuerdos Entre empresas con el fin de controlar los precios y evitar la competencia. Existe dentro de este, la imagen de oligopolio con bienes diferenciados, que se Da cuando las empresas líderes de determinado sector productivo desarrollan Bienes diferenciados por calidad, diseño, tecnología y mantienen el control no Solo de la oferta sino también sobre los precios. El ejemplo más común es la Industria automóvilística donde hay pocas marcas, la gama de productos es muy Amplia y diferenciada.
Monopsonio: Puede darse en un mercado cuando hay varios oferentes y un sólo comprador o Demandante, el monopsonio puede instituir una forma de control de precios, Marcada por la discrecionalidad del comprador al determinar el precio de compra De dichos bienes. Esta situación resulta en detrimento de los productores, que Algunas veces se ven en la necesidad de vender a cualquier precio por la falta De compradores alternativos. Por ejemplo, la obra pública. Oligopsonio: Se da Cuando existen varias empresas eferentes y pocos compradores de los bienes en El mercado y estos últimos pueden influir sobre los precios. Por ejemplo, las Grandes distribuidoras. Para concluir vale la pena mencionar otra forma de Monopolio, como lo es la competencia monopolística, en este caso van a haber Muchos oferentes con productos diferenciados y tienen solo un poco de control Sobre la fijación del precio. Por ejemplo, las franquicias de comida rápida.