Empresa mercantil
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Seguridad social:
Es un pilar del estado del bienestar que permite a los ciudadanos acceder a ayudas por una situación de necesidad ( accidente , jubilación)
, el derecho a la seguridad social viene recogido en el artículo 41 de la constitución , la seguridad social se aplica a los trabajadores que han cotizado ( conocido como nivel contributivo ) , los que no han cotizado nivel no contributivo , pero estos también se pueden aprovechar de incapacidad , jubilación y asistencia sanitaria
Estructura de la seguridad social :
régimen general : los trabajadores por cuenta ajena no están en un régimen especial
régimen especial ; autónomos , trabajadores agrarios por cuenta propia , trabajadores del mar , minería , funcionarios , empleados del hogar
la seguridad social está gestionada por una serie de instituciones como la INSS(instituto nacional de la seguridad social) TGSS(tesorería general de la seguridad social), el servicio público de empleo , INSHT…
mutuas y empresas: mutua es una asociación de empresarios que se agrupan para dar una serie de servicios relacionados con los accidentes de trabajo
Prestaciones de la seguridad social
maternidad , paternidad , riesgo de embarazo
Incapacidad temporal
jubilación
Por muerte o supervivencia
prestaciones de la seguridad social : son ayudas para superar estados de necesidad , pueden ser en especie o económico
pensiones prestaciones económicas vitalicias , pueden ser por muerte , jubilación , incapacidad permanente
indemnizaciones : prestaciones que se cobran una sola vez por lesión
otras prestaciones : desempleo
maternidad , paternidad y riesgo de embarazo :
maternidad : se cobra por nacimiento de hijo , acogida de menor de 6 o de más de 18 con discapacidad
requisitos: menor de 21 no se exige cotización , de 21-26 9n días en 6 meses anteriores , más 26 180 días y se cobra la BCC/días del mes = BR
incapacidad temporal : el trabajador queda incapacitado temporalmente para currar ,(por enfermedad común , laboral accidente no laboral
requisitos y duración : tienes que estar afiliado y de alta para cobrar el paro , para las enfermedades comunes es necesario cotizar 180 en los anteriores 5 años . Máximo de 12 meses con posibilidad de prórroga de 6 meses si pasa este tiempo se va al tribunal medico y este o te da otra prórroga de 6 meses o te da la incapacidad permanente
partes de baja y alta : ( cuantía : va a depender del tipo de contingencia o común o profesional
comunes profesionales
1,2,3 días no se cobra dia del accidente se cobra como un dia normal
4-15 60% de BR empresa a mi cargo dia posterior-alta : 75% BR lo paga la mutua o INSS
16-20 60% BR lo paga mutua o INSS mejoras de convenio hasta el 100% a partir del 5 dia
21 75% BR lo paga mutua o INSS
BCCC: del mes anterior entre el num de días
BCCP: del mes anterior y se restan h extras y divide entre el nun de días sumando la media de h extras en el año