Empresa mercantil

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Ejercicio 5: La Facturación

  • Definición:


     Documento mercantil que justifica legalmente una operación de compraventa o prestación de servicios.
  • Diferencia Normal vs Simplificada:


     La factura normal debe identificar obligatoriamente al destinatario (Nombre/Razón Social, NIF y Domicilio). La simplificada no requiere los datos del destinatario para ser válida como justificante de gasto (aunque sí para deducir el IVA).
  • Cuándo emitir simplificada:


     Si el importe no supera los 400€ (IVA incluido) o hasta 3.000€ en actividades autorizadas (comercio al por menor, hostelería, etc.).
  • Factura Rectificativa:


     Se emite para corregir errores materiales, de cálculo o para devoluciones de mercancía, anulando o modificando una factura anterior.
  • Plazos de envío:


    • A particulares:


       En el mismo momento de la operación.
    • A empresas/profesionales:


       Antes del día 16 del mes siguiente a aquel en que se realizó la operación.

Ejercicio 6: Títulos Valores

  • Letra de cambio:


     Título valor que contiene una orden incondicional del librador al librado de pagar una cantidad de dinero a un tercero (tenedor) en un vencimiento determinado. Requiere timbre (impuesto).
  • Cheque:


     Documento que permite al librador retirar en su provecho, o en el de un tercero, los fondos que tiene disponibles en el banco. Es un pago "a la vista".
  • Pagaré:


    Documento por el cual una persona se compromete directamente a pagar a otra una suma de dinero en una fecha y lugar determinados

1. Libros Contables

Según el Código de Comercio, las empresas deben llevar una contabilidad ordenada. Se dividen en obligatorios y voluntarios:

A. Libros Obligatorios

  • Libro de Inventarios y Cuentas Anuales:


     Se abre con el balance detallado inicial. Recoge trimestralmente los balances de comprobación (sumas y saldos) y el inventario de cierre, además de las Cuentas Anuales.
  • Libro Diario:


     Registra día a día todas las operaciones relativas a la actividad de la empresa. Se admite la anotación conjunta de totales por periodos no superiores al mes.

B. Libros Voluntarios

  • Libro Mayor:


     Aunque no es legalmente obligatorio en España, es indispensable para la gestión. Refleja los movimientos de cada cuenta individualmente (el famoso formato en "T").
  • Libros Auxiliares:


     Como el libro de caja o el de bancos, que detallan operaciones específicas.

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