Elementos y Requisitos Esenciales de los Contratos Mercantiles

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Elementos básicos de los contratos mercantiles

En los contratos mercantiles deben concurrir tres elementos básicos:

  • Consentimiento común: Acuerdo de voluntades entre las partes.
  • Creación de una obligación: Generación de un vínculo jurídico.
  • Fuerza de ley entre las partes: Obligatoriedad del cumplimiento de lo pactado.

Es indispensable que exista consentimiento de ambas partes; si una de ellas ha contratado bajo coacciones o amenazas, el contrato será nulo. Asimismo, debe crearse una obligación real y existir fuerza de ley, de modo que, ante un incumplimiento, los tribunales puedan exigir el cumplimiento de lo acordado.

Requisitos esenciales para la validez

Para que un contrato mercantil sea válido, debe cumplir con los siguientes requisitos:

1. Consentimiento

Es necesario que sea otorgado de forma voluntaria y por personas con capacidad legal. La firma no debe estar viciada por error, violencia o dolo. En el caso de las personas jurídicas, la sociedad contrata a través de sus representantes legales. Además, se exige que, al menos, uno de los firmantes sea comerciante.

2. Materia objeto del contrato

El objeto es la realidad sobre la que recae el interés de las partes y constituye el fin último del acuerdo. Este bien o prestación debe reunir cuatro requisitos fundamentales:

  • Real
  • Posible
  • Lícito
  • Determinado

3. Causa de la obligación

La causa es la razón que da sentido al contrato y la finalidad que se persigue con el mismo.

Carácter probatorio y formalidades

Los contratos mercantiles deben tener un carácter probatorio para poder exigir su cumplimiento o reclamar indemnizaciones por daños. Aunque generalmente se formalizan por escrito —incluso ante notario para mayor seguridad jurídica—, también existen contratos orales que se graban mediante sistemas que garantizan su autenticidad.

Existe libertad de forma, salvo cuando la ley exige formalidades específicas (como en la constitución de sociedades). Finalmente, los contratos se extinguen al concluir su objeto y finalidad, o bien por rescisión, que es una forma anticipada de terminación.

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