Elementos Esenciales del Contrato de Trabajo y Derechos Laborales
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Elementos esenciales del contrato de trabajo
El contrato de trabajo debe contener, como mínimo, las siguientes estipulaciones:
- Lugar y fecha del contrato.
- Individualización de las partes: con indicación de la nacionalidad, fechas de nacimiento e ingreso del trabajador.
- Naturaleza de los servicios: determinación de las funciones y el lugar o ciudad donde se prestarán. El contrato podrá señalar dos o más funciones específicas, sean estas alternativas o complementarias.
- Remuneración: monto, forma y período de pago de la remuneración acordada.
- Jornada de trabajo: duración y distribución, salvo que en la empresa existiere el sistema de trabajo por turno, caso en el cual se estará a lo dispuesto en el reglamento interno.
- Plazo del contrato.
- Otros pactos: demás acuerdos establecidos entre las partes.
Derechos de descanso
- Descanso diario: Tiempo destinado a la colación, el cual no puede ser menor a 30 minutos. No forma parte de la jornada de trabajo y el empleador no está obligado a remunerarlo.
- Descanso semanal: Los domingos y festivos son días de descanso, salvo en actividades autorizadas por ley. Este descanso debe ser de, al menos, 33 horas cronológicas.
- Descanso anual: Derecho de todo trabajador con más de un año de servicios, correspondiente a 15 días hábiles.
Conceptos de remuneración
- Remuneración: Pago que recibe una persona por su esfuerzo al realizar un trabajo profesional o cumplir una tarea en una empresa.
- Sueldo: Dinero pactado en el contrato por la prestación de servicios.
- Sobresueldo: Corresponde a las horas extraordinarias de trabajo.
- Comisión: Porcentaje sobre el precio de venta o compra que se paga adicionalmente al sueldo.
- Participación: Proporción de las utilidades de un negocio o empresa.
- Gratificación: Parte de la utilidad con que el empleador beneficia al trabajador.
Principios de la seguridad social
- Solidaridad: Todos los beneficios que otorga la ley se financian exclusivamente con aporte patronal.
- Universalidad: Protege a todos los trabajadores por cuenta ajena y a ciertos trabajadores independientes.
- Integralidad: Las prestaciones cubren todas las contingencias laborales, desde la prevención hasta las asistencias médicas y económicas.
- Unidad y automaticidad: Los beneficios que otorga la ley son iguales para todos los trabajadores.