Ejercicios de extinción e indemnización FOL

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1. Extinción del contrato: Finaliza por múltiples causas:

-Voluntad Del trabajador:
Dimisión, abandono, incumplimiento de la empresa, Victima de violencia de género.

-Voluntad De la empresa:
despido disciplinario, despido por causas objetivas, Despido colectivo, despido por fuerza mayor.

-Por Otras causas:

  • Finalización Del contrato temporal: por obra, eventual, interinidad.. Al terminar Su duración termina el contrato y se le abona el finiquito.

  • Muerte, Jubilación o incapacidad del empresario individual: cuando el Empresario es autónomo , los trabajadores recibirán 30 días de Salario de indemnización.

  • Extinción De la persona jurídica de la empresa, si fuese una sociedad lo que Se extinguiera los trabajadores recibirían una indemnización de 20 Días por año trabajado.

  • Mutuo Acuerdo o pacto válido en el contrato, siempre que este sea legal y No suponga una renuncia de una de las partes a sus derechos.

A)Voluntad Del trabajador:

-Dimisión Y abandono:
La dimisión es cuando el trabajador decide irse Por su propia voluntad de la empresa. Debe preavisar con 15 días de Antelación. El convenio puede fijar la posibilidad de descontar unos Días de salario al trabajador por NO avisar con suficiente tiempo.

El Abandono es parecido a la Dimisión, pero el trabajador deja de ir al trabajo sin avisar, el Empresario puede pedir daños y perjuicios, por ejemplo si una Vendedora de ropa no abre la tienda ese día hará que se pierdan los Beneficios de ese día.

En ambos casos el trabajador NO cobra indemnización, solo los días que a trabajado(+pagas y Vacaciones pendientes).

-Incumplimiento Grave de la empresa:
Falta de pago o retrasos continuos, para considerarlo impago Tiene que haber un retraso de 3 meses.
Una modificación Sustancial del contrato, que Produzca un menoscabo de su dignidad. No readmitir al trabajador, Acoso laboral, mobbing..

Cuando La empresa incumple el contrato, el trabajador debe solicitar al Juzgado de lo social para que extinga el contrato, y si el juzgado Aprueba la extinción se indemnizará al trabajador con 33 por año Trabajado con un máximo de 720 días. Mientras no hayá sentencia el Trabajador tiene que seguir asistiendo al trabajar. Victimas de Violencia de género, la Trabajadora tiene derecho a finalizar el contrato sin cobrar Indemnización, pues no hay incumplimiento de la empresa. Pasará a Situación de desempleo.

B) Voluntad de la empresa:

-Despido disciplinario: Cuando Hay un incumplimiento grave y es culpa del trabajador. El trabajador No tendrá derecho a indemnización , solo lo que haya trabajado(+ Pagas pendientes).

El empresario tiene que darle Una carta de despido, contando los hechos concretos y la fecha del Despido.

Si el trabajador es el Representante de los trabajadores, habrá que abrir un expediente Contradictorio, tendrán que mantener una conversación con el Despedido y el resto de trabajadores antes de realizar el despido.

*Causas del despido Disciplinario: Faltas repetidas de asistencia o puntualidad. Desobediencia en el trabajo. Ofensas verbales o físicas al Empresario,jefe o familiares de estos. Abuso de confianza. Disminución voluntaria del trabajo. La embriaguez o toxicomanía. El Acoso racista, machista..

-Reclamar Un despido:

Tramites que tiene que realizar el trabajador

; Tiene que acudir al SMAC para intentar llegar a un acuerdo con la Empresa. Debe presentar una demanda al juzgado de lo social en el Plazo de 20 días hábiles, sin contar domingos o festivos. No podrá Poner la demanda si no a ido antes a la SMAC para intentar llegar a Un acuerdo.

Que Sucede con los plazos mientras se acude al SMAC;


(SERVICIO DE MEDIACIÓN,ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN) ? El plazo de 20 días Hábiles se detiene cuando se presenta la papeleta de conciliación En el SMAC, hasta que se produzca el acto de conciliación. Una vez Finalize el SMAC sin acuerdo o bien la empresa no se presente, el Plazo vuelve a reanudarse desde el día que se quedo detenido. Por Otro lado, el máximo de días que puede quedar detenido el plazo es De 15 días.

-Posibles Sentencias del juzgado:

Despido procedente

;Hay causa justa para despedir al trabajador y se entrega la carta de Despido, el trabajador no cobra indemnización.

Despido Improcendente CAUSAS


; Puede Ser por dos causas; o por que no queda acreditado el incumplimiento

Del trabajador, o porque la Empresa no le hizo carta de despido. La empresa tiene dos opciones; o Pagar una indemnización de 33 días por año trabajado, con un Máximo de 720 días o bien readmitir al trabajador y pagarle los Salarios de todos los días, des de el despido hasta el día que Vuelve.

Si la empresa despide sin Carta, el juzgado da la opción de que la empresa readmita al Trabajador o lo despida en el plazo de 7 días por los anteriores Motivos pero con carta.

Despido Nulo


; Cuando se produce una Discriminación o violación de los derechos fundamentales del Trabajador, como quitarle el derecho a huelga. Cuando se despide por Estar de maternidad, paternidad, por reducción de jornada por Cuidado de hijos.. El empresario se verá obligado a readmitir al Trabajador y deberá de pagarle los salarios de tramitación.

-Despido Por causas objetivas:

Ineptitud del trabajador

; Que sea conocida después del periodo de prueba.

Falta de Adaptación

; del trabajador a Las modificaciones técnicas de su puesto de trabajo, cuando dichos Cambios sean razonables, siempre que hubiesen trascurrido dos meses Des de la adaptación, el empresario debe de ofrecer un curso para Facilitar las modificaciones del puesto de trabajo del trabajador.

Faltas de asistencia

; aunque estén Justificadas, pero intermitentes, más de una. + del 20% de la Jornada de 2 meses seguidos o 25% de 4 meses no seguidos en un año.

Amortizar Puestos de trabajo


; por Razones técnicas, organizativas, económicas o de producción (ETOP
). Existen causas ECONÓMICAS si De los resultados hay pérdidas o disminución de los ingresos.
Causas TÉCNICAS
cambios En los medios o instrumentos de producción, por ej instalar robots.
Causas ORGANIZATIVAS
cambios En los sistemas y métodos de trabajo del personal o el modo de Organizar la producción.
Causas De PRODUCCIÓN
Cambios en la demanda de productos o servicios que la empresa Pretende colocar en el mercado, por ej se deja de fabricar un coche y Se cierra esa sección de la fábrica.

*Requisitos de forma; Entregar La carta de despido, darla con 15 días de antelación, si no se le Avisa deberá de pagarle esos días, si se le avisa, el trabajador Tendrá 6 horas al día para ir buscando otro trabajo. Junto a la Carta deberá de entregarle una indemnización de 20 días por año Trabajado con un máximo de 360 días.

-Despido Colectivo:Cuando Sean despedidos en un periodo de 90 días;

10 Trabajadores o más, en empresa de menos de 100 trabajadores.

El 10% de la plantilla, si la empresa es entre 100 y 300 trabajadores

30 Trabajadores o más, en empresa de más de 300 trabajadores.

La Indemnización es de 20 días por año trabajado con un máximo de 360 días.

Abrir Un periodo de consultas


; El comité de empresa nombrará en 7 días a una comisión Negociadora de un máximo de 13 miembros. La empresa abrirá un Periodo de consultas con esta comisión durante un periodo máximo de 30 días o de 15 si tiene menos de 50 trabajadores.

Comunicación A la autoridad laboral


; Los trabajadores serán avisados individualmente por carta de despido Con 30 días de antelación.

-Despido Por fuerza mayor: Es debido a un hecho involuntario y imprevisto que Impide continuar de forma definitiva con el trabajo. Como un Incendio. Si con el tiempo se puede retomar el trabajo,se le Suspendería el contrato a los trabajadores, después pasarían al Paro y después volverían a retomar sus puestos. La indemnización Es también de 20 días por año trabajado, con máximo de 360 días.

2. El Finiquito: Los trabajadores tienen derecho a cobrar finiquito al Finalizar su contrato. Puede que el contrato finalice o que el Trabajador y el empresario decidan acabar con el contrato.

-Salarios; Los salarios por los días trabajados en el último mes y pendientes De cobrar. Ej; si trabajo hasta el día 16 cobraré por el servicio De esos 16 días.

-Pagas Extras: La parte proporcional de pagas extras pendientes de cobrar. Si la paga no estuviera prorrateada mes a mes, y se paga en verano y Diciembre entera, si el contrato termina antes tendrá que cobrar la Parte proporcional de pagas extras por el tiempo inferior a 6 meses.

-Vacaciones: Los salarios por las vacaciones no disfrutadas. Si se extingue el Contrato el trabajador NO ha disfrutado de las vacaciones, cobrará Los días de vacaciones que le hubieses tocado.

Indemnización: Por despido disciplinario, No se cobrará ninguna indemnización. Por Causas objetivas, Colectivo o fuerza mayor
; 20 días por año trabajado con máximo de 360 días. Sentencia que Declare Improcendente Un despido; 33 días por año trabajado con un máximo de 720 días.

Por Finalizar el contrato de obra; 12 días por los siguientes años.

Por Extinción de la persona jurídica de la empresa:20 días por año Con máximo de 360 días.

Por Muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual; 30 días De salario en total.





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