Ejecución Forzosa, Recursos Administrativos y Fiscalidad: Conceptos Clave

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Ejecución forzosa de actos administrativos

Las Administraciones públicas podrán proceder, previo apercibimiento, a la ejecución forzosa de los actos administrativos mediante los siguientes medios:

  • Apremio sobre el patrimonio: En caso de que haya que pagar una cantidad líquida de dinero, por ejemplo, mediante el embargo de los bienes del obligado.
  • Ejecución subsidiaria: Cuando se trate de actos que pueden ser realizados por un sujeto distinto del obligado, la Administración realizará el acto o lo encargará a terceros a costa del obligado. Por ejemplo, derruir un edificio ruinoso.
  • Multa coercitiva: Se impone como medida para asegurar el cumplimiento del acto, no como una sanción.
  • Compulsión sobre las personas: Se obliga a las personas a cumplir el acto por la fuerza.

Recurso contencioso-administrativo

Cuando se agotan las posibilidades de recurrir ante la Administración, existe la opción de acudir a la vía judicial a través del recurso contencioso-administrativo:

  • Contra disposiciones de carácter general: Cuando el demandante pretende la anulación de los actos y disposiciones generales dictados por la Administración.
  • Contra actos expresos y presuntos: Cuando se desee el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas para su restablecimiento, incluyendo la indemnización de daños y perjuicios.
  • Contra la inactividad de la Administración: Si la Administración está obligada a realizar una prestación concreta, los interesados pueden reclamar el cumplimiento de dicha obligación.

Fiscalidad y el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Hecho imponible

Comprende la entrega de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el ámbito espacial del impuesto por empresarios o profesionales a título oneroso, en el desarrollo de su actividad, incluso en favor de socios o miembros de las entidades.

  • Adquisiciones intracomunitarias: Bienes efectuados a título oneroso por empresarios, profesionales o personas jurídicas.
  • Importaciones de bienes: Cualquiera que sea el fin al que se destinen y la condición del importador.

Conceptos tributarios básicos

  • Contribuyente y sujeto pasivo.
  • Base imponible.
  • Cuota tributaria.
  • Ámbito de aplicación.

Tipos impositivos vigentes

  • 21%: Tabaco, zumos y alcohol.
  • 10%: Libros, revistas y periódicos.
  • 5%: Suministro eléctrico, gas y aceite de oliva.
  • 4%: Medicamentos, compresas y preservativos.
  • 0%: Cereales, pan y leche.

Obligaciones contables y societarias

El Código de Comercio obliga a llevar los siguientes libros contables:

  • Libro diario.
  • Libro de inventario y cuentas anuales.

Asimismo, es obligatorio llevar los siguientes libros societarios:

  • Libro de actas.
  • Libro de acciones nominativas (en sociedades anónimas y comanditarias por acciones).
  • Libro registro de socios (en sociedades de responsabilidad limitada).

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