Efectos Patrimoniales del Divorcio y Derechos en el Concubinato

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Efectos patrimoniales del divorcio y la separación

Alimentación

Tanto el cónyuge declarado inocente como el cónyuge enfermo conservan el derecho alimentario pleno. Tienen derecho a que el otro cónyuge les provea lo suficiente para mantener el mismo nivel de vida que tenían antes de la separación. Para determinarlo, se debe tener en cuenta:

  • La situación patrimonial de ambos.
  • Sus ingresos y posibilidades de trabajar.
  • Quién ejercerá la tenencia de los hijos.

División de bienes

Los cónyuges no pueden convenir antes de divorciarse cómo dividirán la sociedad conyugal; cualquier convenio en este sentido es nulo. Una vez dictada la sentencia de divorcio, se puede acordar la forma en que se dividirán los bienes.

Atribución de la vivienda familiar

(Sección pendiente de desarrollo)

Apellido

(Sección pendiente de desarrollo)


El concubinato y los derechos de los concubinos

El concubinato es la unión de hecho y estable entre dos personas. Los derechos reconocidos son los siguientes:

Alimentos

No existe el deber de asistencia como ocurre en el matrimonio. Una vez que los integrantes de la pareja han realizado gastos, no pueden reclamar su devolución.

Matrimonio in extremis

Es aquel realizado estando un cónyuge enfermo, produciéndose su muerte en los 30 días posteriores. En principio, no se reconocen efectos al mismo, ya que se presume que fue realizado por interés. Sin embargo, si el matrimonio fue para regularizar una situación de hecho, el mismo es válido.

Continuación del alquiler

En caso de fallecimiento o abandono de la propiedad por parte de quien alquiló, el otro concubino que convivía en el lugar tiene derecho a continuar utilizándolo hasta la finalización del contrato, siempre que asuma las obligaciones correspondientes.

Indemnización por fallecimiento

El concubino supérstite puede realizar un reclamo económico cuando fallece su pareja.

Beneficios previsionales

La Ley 24.241 reconoce el derecho a percibir una pensión.

Prueba del concubinato

Es el instrumento más importante para probar el hecho de la convivencia e imprescindible para que un concubino sea incorporado a la obra social del otro.

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