Duración de los convenios colectivos

Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 8,27 KB

TEMA SEIS

1.Las cinco fases del ámbito temporal de un Convenio colectivo

A diferencia de lo que le ocurren a la inmensa mayoría de las Fuentes normativas laborales, posee una vigencia limitada de tiempo. Se llama Ámbito TEMPORAL o duración del convenio, y su determinación forma parte del contenido mínimo o necesario de todo convenio colectivo. (85.3) Según el ET, la Regla que preside este tema corresponde a LAS PARTES NEGOCIADORAS.

Ahora bien, precisamente porque el CC regula las condiciones Reales de trabajo, resultaría injusto que su vigencia caducase  automáticamente por el mero transcurso de Plazo pactado en el mismo, que en España suele ser DOS TRES O CUATRO AÑOS.  Si esto ocurriese, se aplican al trabajador Automáticamente las condiciones de trabajo mínimas, con el consiguiente caos en La vida de millones de trabajadores hasta que entrase en vigor. De ahí que deba Existir en el ordenamiento de la negociación colectiva una institución que Permita conjugar a la vez estas dos necesidades: LA DE RENEGOCIAR LOS CC Y LA DE EVITAR QUE SE PRODUCCAN TANTOS Vacíos DE Regulación CONVENCIONAL. LA institución que lo permite es precisamente la DENUNCIA del CC.

La conjugación a través de ella de LAS DOS NECESIDADES Citadas, resulta posible porque la DENUNCIA del CC se caracteriza por su peculiar Eficacia no extintiva del CC sobre el que proyecta. POR ELLO, de un lado LA DENUNCIA PERMITE ABRIR LA RENEGOCIACIÓN y por otro PERMITE  SALVAGUARDAR LA PARTE MÁS SUSTANCIAL DEL CONVENIO COLECTIVO DENUNCIADO.

Tan capital resulta la DENUNCIA que cabe incluso Periodificar las distintas fases por las que atraviesa el Ámbito TEMPORAL , Tomando como prota LA DENUNCIA. ESTAS FASES SON CINCO:

-La del convenio colectivo Todavía NO DENUNCIABLE

-la del convenio colectivo DENUNCIABLE PERO NO DENUNCIADO

-la del convenio colectivo DENUNCIADO PERO NO VENDIDO

-la del convenio colectivo DENUNCIADO Y VENDIDO

-y la Sucesión DEL CC DENUNCIADO Y VENCIDO

*LA EFICACIA RETROACTIVA  complementa el análisis de las cinco fases.

2.La fase de convenio colectivo todavía no Denunciable

Una vez que el convenio colectivo ENTRA EN VIGOR, la primera Fase por la que atraviesa su vigencia es LA FASE DEL CONVENIO COLECTIVO TODAVÍA NO DENUNCIABLE. La duración depende de lo que hayan partado ambas partes con Relación a la denuncia
TENIENDO EN CUENTA que el Et obliga a especificar como Contenido mínimo  LA FORMA Y CONDICIONES DE DENUNCIA DEL CONVENIO ASÍ COMO EL PLAZO DE PREAVISO PARA LA DICHA DENUNCIA (ART 85.3). PUES BIEN, sobre la base del PLAZO DE PREAVISO constituye el limite Mínimo para poder DENUNCIAR, debe entenderse que el limite máximo es el plazo De un mes inmediatamente anterior a dicho limite mínimo.

ESTE PERIODO QUE ABARCA POR TANTO DESDE EL INICIO DE SU ENTRADA EN VIGOR HASTA QUE SE PUEDA DENUNCIAR, es un período de PLENA VIGENCIA TANTO DEL CONTENIDO NORMATIVO COMO DEL CONTENIDO OBLIGACIONAL DEL CC. Por ello Es un período de PAZ LABORAL porque durante su transcurso no ueden plantearse Ni conflictos ni huelgas para modificar el contenido del convenio colectivo.

Esta ultima tarea se confía por los convenios colectivos a Las COMISIONES PARITARIAS , se trata de COMISIOINES MIXTAS PARITARIAS , porque En ellas están representadas ambas parte del convenio LA PATRONAL Y LA TRABAJADORA. 85.3

3.La fase de convenio coletivo denunciable pero no Denunciado

La segunda fase es CONVENIO COLECTIVO DENUNCIABLE PERO NO DENUNCIADO . Ocurre cuando no se cursa la denuncia en tiempo y forma. En este Caso, se produce una PRORROGA AUTOMÁTICA ANUAL del CC.

4.La fase de Cc denunciado pero no vencido

Es la tercera fase por la que Puede pasar el ámbito temporal del CC LA FASE DE CONVENIO COLECTIVO DENUNCIADO PERO NO VENCIDO. Presupone que el convenio colectivo haya sido Irreprochablemente denunciado en tiempo y forma. SE CARACTERIZA porque durante La misma las partes tienen DEBER ESTRICTO DE NEGOCIAR DE BUENA FÉ CON TODAS LAS CONSECUENCIAS, PARA ALCANZAR un CCde sustitución del denunciado ARTICULO 89.1

5.La fase de CC DENUNCIADO Y VENCIDO

Se supone que ocurríó la fase anterior sin que se haya Alcanzado un acuerdo de sustitución del cc se entra en UNA CUARTA Y POSIBLE FASE, que es LA DEL CC DENUNCIADO Y VENCIDO. En ella hay que continuar de buena Fe siempre con consecuencias, PARA ALCANZAR EL NUEVO CC de SUSTITUCIÓN DEL DENUNCIADO., cuyas negociaciones empezaron en la fase tres. Aquí tampoco se Produce ningún vacío para el trabajador porque el ET afirma que la vigencia del Contenido del cc una vez concluido el tiempo pactado se produce en términos que Se hubieran establecido en el propio cc.


6.La fase de la sucesión del convenio colectivo Denunciado y vencido

La quinta y ultima fase se produce CUAND LA Negociación EN MARCHA DA SUS FRUTOS Operándose ENTONCES LA Sucesión DEL CC DENUNCIADO Y VENCIDO por un nuevo convenio de sustitución del mismo, que el ET denomina ACUERDO EXPRESO. Art 86.3

7.La eficacia retroactiva del convenio sucesor del Denunciado y vencido


 También por Aplicación de la regla común que” las leyes no tendrán efecto retroactivo si no Dispusieren lo contrario “ CABE LA POSIBILIDAD DE DOTAR DE EFICACIA RETROACTIVA AL Cc . Se trata de un pacto frecuente en la practica convencional respecto del Que resulta preciso distinguir su alcance material personal y temporal. RESPECTO SU ALCANCE MATERIAL cabe que la retroacción pueda referirse solo a Alguna materia concreta . RESPECTO A SU ALCANCE PE RSONAL la retroacción en Cuestión beneficia a los trabajadores cuyo contrato se esxtinguió en un periodo Cubierto por la retroacción . Y RESPECTO A SU ALCANCE TEMPORAL, es claro que la Retroacción se extiende durante todo el periodo de ultra actividad.O prorroga Voluntaria.


tema4

6.Adopción , formalización y publicidad del acuerdo

El siguiente paso lógico en esta secuencia de procedimientos es el relativo a LA Adopción DE LOS ACUERDOS, siempre en el seno de la comisión negociadora. Al efecto, se dispone expresamente que, los acuerdos de la comisión requerirán EL VOTO FAVORABLE  de la mayoría de cada una de las dos representaciones. Por ello, lo que no es posible es que el acuerdo de la comisión negociadora, a que se refiere el artÍculo 89.3 del ET pueda concluirse sin la presencia de las dos representaciones. LEGITIMACIÓN DECISORIA.

Como dice el artículo 82.1 del ET el convenio colectivo es el resultado de la negociación desarrollada. Lógicamente este proceso de negociación va pillando forma en sucesos acuerdos parciales y provisionales, llamados PREACUERDOS. Estos no son en absoluto asimilables al convenio colectivo, pues este es el resultado final finalísimo de todsa las negociaciones. Los preacuerdos que se obtengan durante la negociación de un Convenio Colectivo por su propia esencia carecen de entidad definitiva, pues por la propia dinámica del procedimiento negociador son susceptibles de modificarse en reuniones posteriores.

Una vez obtenido el acuerdo final, la comisión negociadora debe proceder a cumplir las exigencias estatutarias de formalización del convenio colectivo que son tres. Ante todo, la formalización de ese acuerdo final debe efectuarse POR ESCRITO BAJO Sanción DE NULIDAD (90.1 ET) Y PRESENTARSE PARA SU REGISTRO ANTE LA AUTORIDAD LABORAL COMPETENTE y remitirse al “órgano público competente para su depósito”. Y POR ULTIMO  debe procederse por la autoridad laboral a su Publicación OBLIGATORIA Y GRATUITA EN EL BOE.

7. El procedimiento de negociación colectiva laboral en el sector público

Se aplica a la negociación de convenios colectivos no solo en el sector privado de la economía sino también en el sector publico, Para la negociación de convenios colectivos en las Administraciones Generales del Estado, Autonómica, Local e Institucional. Ahora bien , el procedimiento está integrado por dos trámites más ( a añadir a los ya existentes) fijados por LA CORRESPONDIENTE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LESTADO .

Los dos trámites son:-autorización de masa salarial-informe favorable sobre el proyecto de convenio.

Entradas relacionadas: