La doctrina pactista de la Corona de Aragón

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Las instituciones

En la Corona de Castilla la autoridad de la monarquía se fortalecíó en los siglos XIV y XV gracias a la difusión de teorías políticas basadas en el derecho romano. De este modo, frente al concepto feudal del rey como señor vasallo se fue imponiendo en Castilla la doctrina del rey como soberano de súbditos, según la cual el reino debía estar subordinado a la autoridad ilimitada e independiente del monarca. Donde se aprecia el verdadero fortalecimiento de la monarquía castellana es en el ámbito estatal que se produjo la fusión definitiva de las Cortes de Castilla y de León, en el Consejo Real (1385) que se convirtió en un organismo de carácter técnico que asesoraba al rey, la Audiencia (1371) que en un principio era itinerante pero en el s. XV se fijó su sede en Valladolid con el nombre de Chancillería. Y en el ámbito local crecíó la intervención de la monarquía en los municipios para controlarlos. Con Alfonso XI se liquidaron de modo definitivo los últimos restos que podían pervivir de los antiguos concejos abiertos y democráticos, con el establecimiento de los regimientos o regidores nombrados por el rey. El principal instrumento de control de la monarquía sobre los municipios lo representó la figura del corregidor (enviados por el rey, con carácter temporal y cometidos específicos para resolver problemas graves. A finales del Siglo XV se convirtieron en representantes permanentes de la Corona en los principales municipios).

Pero lo que diferenciaba la Corona de Aragón a la Corona de Castilla era que era una confederación de territorios, cada uno de ellos con leyes e instituciones propias y que la relación entre gobernantes y gobernados se mantuvo dentro del concepto feudal de pacto entre el señor y sus vasallos. El pactismo Aragónés, originado durante el reinado de Pedro III, supuso el enfrentamiento con Francia y el Papa. Esto colocó a Pedro III en una difícil situación, y la necesidad de ayuda militar y económica le obligó a ceder ante las exigencias de la nobleza aragonesa (concesión del Privilegio General, 1283) y las Cortes catalanas.

En cuanto a las instituciones las más importantes fueron los virreinatos, en la que la autoridad real en los territorios en que no residía el monarca estaba representada por virreyes, que actuaban en su nombre, las Cortes, que defendían los intereses específicos de las fuerzas sociales dirigentes de sus respectivos reinos, las Diputaciones, que eran las comisiones encargadas de organizar y controlar la recaudación del subsidio concedido al monarca por las Cortes, en un principio eran temporales pero luego fueron permanentes y se formaron: la Generalitat (1359), integrada por seis miembros renovados cada tres años que velaban por el cumplimiento de las leyes del principado o el mantenimiento del orden público, la Diputación del Reino de Aragón (1412), que se compónía de ocho miembros, y la Diputación del Reino de Valencia (1419), que nunca  adquiríó competencias políticas importantes. Por último, otra institución importante fue el Justicia de Aragón, que era un cargo que desempeñaba un miembro de la nobleza designado por las Cortes. Su función era la interpretación y defensa de los fueros propios de Aragón.

Los municipios de la Corona de Aragón fueron cayendo progresivamente bajo el control de las oligarquías urbanas. Así, el gobierno municipal estaba integrado por una serie de cargos e instituciones: un delegado, nombrado por el rey, unos magistrados, que tenía funciones ejecutivas y eran elegidos por diferentes sistemas  y una asamblea, que era un órgano asesor compuesto por un nº limitado de miembros.

Mientras, en la Corona de Navarra sobresalíó la doctrina pactista.
Las instituciones seguían el modelo castellano y Aragónés: el Consejo Real (órgano asesor del rey), las Cortes (antes las cuales el rey debía jurar los fueros del reino) y la Diputación de los Tres Estados (que gestionaba la recaudación de los subsidios votados en las Cortes).


Expansión de la Corona de Aragón en el Mediterráneo

Desde finales del Siglo XIII hasta mediados del Siglo XV, los monarcas aragoneses emprendieron una importante expansión política por el Mediterráneo. Así fueron incorporados a la Corona de Aragón Sicilia (1282), Cerdeña (1324) y el Reino de Nápoles (1443). Incluso durante un breve período de tiempo revirtieron también en los ducados griegos de Atenas (1379-1388) y Neopatria (1379-1391) conquistados por las tropas mercenarias catalanas, los almogávares.

Se desarrolló un activo comercio internacional, en el que Cataluña desempeñó un papel de primer orden. La etapa de máx. Esplendor del comercio catalán fue el Siglo XIV. Pero la profunda crisis de Cataluña en la centuria siguiente afectó también a su actividad comercial, y Valencia sustituyó a Barcelona como principal puerto mercantil de la Corona de Aragón.

Las rutas atlánticas: castellanos y portugueses. Las Islas Canarias

Durante la Baja Edad Media el objetivo más importante fue arrebatar a Granada la estratégica zona del Estrecho.
Esto se prolongó desde 1292, en que Sancho IV conquistó Tarifa, hasta 1462, año en que Enrique IV completó el control de Gibraltar.

Respecto a la conquista de Canarias (1402-1474) los factores que hicieron técnicamente posible tal expansión hay que destacar los avances técnicos y científicos de la navegación: la elaboración de portulanos, cartas marinas con detalle de los puertos, la utilización de la brújula o el astrolabio, que permitían conocer la posición en alta mal y la incorporación de la calavera, cuya ventaja sobre la galera mediterránea radicaba en su ligereza y rapidez.

Durante el Siglo XIV, la exploración de las Islas Canarias era de interés escaso hasta que en 1344 el papa Clemente VI constituyó en ellas un reino que concedíó a Luis de la Cerda, miembro del linaje real de Castilla, con el título de Príncipe de la Fortuna.

Fue en el Siglo XV cuando se emprendíó la conquista efectiva del archipiélago canario, en la que se distinguen dos fases:
desde 1402 hasta 1474, donde la primera expedición (1402) la dirigíó un noble normando, Jean de Béthencourt, que ocupó Lanzarote y Fuerteventura. Y desde 1475 hasta 1496, donde la monarquía intervino de forma directa en la conquista de las islas restantes que se mantuvieron como tierras de realengo.

El archipiélago canario se convirtió en motivo de rivalidad entre Portugal y Castilla. El conflicto no se resolvíó de modo definitivo hasta los tratados de Alcaçovas-Toledo (1479).

UníÓN DINÁSTICA: INTEGRACIÓN DE LAS CORONAS DE Castilla Y ARAGÓN

A comienzos de 1479, el mismo año que concluyó la Guerra Civil en Castilla para suceder a Enrique IV, murió Juan II de Aragón, al que sucedíó en el trono su hijo y heredero Fernando II, casado con Isabel I de Castilla desde 1469.

Sin embargo, aunque los RRCC decidieron gobernar conjuntamente en todos sus territorios (según lo establecido entre ellos en la Concordia de Segovia, tras proclamarse reina Isabel), la uníón de Castilla y Aragón fue meramente dinástica, ya que cada reino conservó sus propias leyes e instituciones.

Isabel y Fernando plantearon una monarquía patrimonialista. A la muerte de Isabel en 1504, su testamento dejaba Castilla a su hija Juana. Esto implicaba que Fernando sería exclusivamente rey de Aragón y debía renunciar al trono de Castilla, aunque, en caso de necesidad, podría ser regente, hasta la mayoría de edad del hijo mayor de Juana, el futuro Carlos I. Y así lo hizo, tras la muerte de Felipe “el Hermoso” y la pérdida de la razón de Juana, apodada “la Loca”. Finalmente, ambas Coronas fueron gobernadas por Carlos V de Alemania y I de España.

 Aunque los RRCC gobernaron en régimen de igualdad en todos sus territorios, las diferencias entre la Corona de Castilla y la de Aragón eran muy notables: Castilla superaba a Aragón en extensión territorial, riqueza económica y población, además disfrutaba de un comercio potente y en expansión (basado en la lana), mientras que el comercio catalán arrastraba una profunda crisis. Castilla era un Estado unido al contrario que Aragón. La monarquía castellana no estaba sometida al control de las Cortes y Aragón sí. En definitiva, la monarquía de los RRCC se basó en la primacía de Castilla sobre Aragón, debido a su mayor potencia y dinamismo. 

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