Diferencias Clave entre Enfermedad Profesional y Accidente de Trabajo
Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en
español con un tamaño de 2,61 KB
Diferencias entre Enfermedad Profesional (E.P.) y Accidente de Trabajo (A.T.)
Enfermedad Profesional (E.P.)
- Se contrae como consecuencia del trabajo ordinario.
- Se puede detectar la posible aparición de E.P. estudiando el medio ambiente laboral.
- En la E.P. no es fácil precisar la fecha exacta de cuándo el trabajador ha contraído la enfermedad.
- La técnica para luchar contra la E.P. es la higiene industrial.
Accidente de Trabajo (A.T.)
- Sucede como un acontecimiento anormal en el medio laboral.
- No se puede prever en qué momento tendrá lugar un accidente de trabajo.
- El A.T. se produce en un momento concreto.
- La técnica para evitar el A.T. es la seguridad y prevención.
Accidente de Trabajo: Punto de Vista Técnico y Legal
Desde el punto de vista técnico, se considera accidente de trabajo todo suceso anormal, no querido ni deseado, que interrumpe la continuidad en el trabajo de forma súbita e inesperada y produce daños contra las personas y las cosas.
Desde el punto de vista legal, la Ley General de Seguridad Social (L.G.S.S.) define accidente de trabajo como una lesión que sufre el trabajador por cuenta ajena y autónomos con ocasión o consecuencia del trabajo.
Clasificación de las Enfermedades Profesionales (Real Decreto 1299/2006)
El Real Decreto 1299/2006 establece seis grupos de enfermedades profesionales:
- Grupo 1: Enfermedades profesionales causadas por agentes químicos (fertilizantes, abonos, lejías, etc.).
- Grupo 2: Enfermedades profesionales causadas por agentes físicos (por ejemplo, el ruido, excesivo calor, etc.).
- Grupo 3: Causadas por agentes biológicos (por ejemplo, en laboratorios, etc.).
- Grupo 4: Causadas por inhalación de sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados.
- Grupo 5: Enfermedades profesionales de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados.
- Grupo 6: Enfermedades profesionales causadas por agentes cancerígenos.
Enfermedades no incluidas en el Real Decreto 1299/2006
Son aquellas enfermedades no incluidas en la lista oficial, pero que el trabajador contrae con motivo de su trabajo, siempre y cuando pruebe que fue por causa de la ejecución del mismo:
- Las interrecurrentes.
- Las enfermedades o defectos padecidos por el trabajador con anterioridad.