Determinación del Estatuto de Empresario Individual y Efectos del Registro Mercantil
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Caso Práctico: Inicio de Actividad Comercial y Calificación Mercantil
1/ Don Ángel Almirall, con 25 años cumplidos, abrió al público un establecimiento dedicado a la venta de vehículos de segunda mano. Concretamente, la fecha de su apertura fue el uno de febrero del año en curso. Es de destacar que su apertura estuvo acompañada, desde el primer día, de una importante campaña de publicidad realizada por prensa y radio. Es importante indicar que el día 2 del presente mes de octubre don Ángel se inscribió en el Registro Mercantil.
Cuestiones a Resolver
- ¿A don Ángel le podemos considerar empresario individual?
- En el supuesto de que podamos considerar a don Ángel empresario individual, ¿desde qué fecha lo será a los efectos legales?
- ¿Tiene trascendencia la inscripción de don Ángel en el Registro Mercantil?
Supuesto de Hecho
Nos encontramos ante una persona física mayor de edad que el 1 de febrero abrió un establecimiento. Desde el primer día hizo publicidad y el 3 de octubre se inscribió en el Registro Mercantil. Habría que cuestionarse si podemos considerar a Don Ángel Almirall un empresario individual teniendo en cuenta las características presentadas, así como si tiene trascendencia su inscripción en el Registro Mercantil.
Fundamentos del Derecho Mercantil Aplicables
Artículos mediante los cuales se puede resolver dicha práctica:
- Artículo 1 del Código de Comercio (CCom): Son comerciantes los que, teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, lo hacen habitualmente.
- Artículo 3 CCom: Existirá la presunción legal del ejercicio habitual del comercio, desde que la persona se proponga ejercerlo anunciándolo.
- Artículo 4 CCom: Tendrá capacidad legal para el ejercicio habitual del comercio las personas mayores de edad y con libre disposición de sus bienes.
- Artículo 19 CCom: La inscripción en el Registro Mercantil será potestativa para los empresarios, con excepción del naviero. El empresario individual no inscrito no podrá pedir la inscripción de ningún documento en el Registro Mercantil ni aprovecharse de sus efectos legales.
Resolución del Caso
A continuación, se exponen las respuestas basadas en la normativa citada:
1. Calificación como Empresario Individual
Podemos considerar a Don Ángel empresario individual ya que cumple los requisitos establecidos en el Código de Comercio:
- Cumple el Artículo 1 CCom: Realiza una actividad comercial (venta de vehículos) de forma habitual.
- Cumple el Artículo 4 CCom: Es mayor de edad (25 años) y se presume que tiene libre disposición de sus bienes para ejercer el comercio.
2. Fecha de Inicio de la Condición de Empresario
Será empresario individual a partir del primer día en que realice actos que generen la presunción legal de ejercicio habitual del comercio. Según el Artículo 3 CCom, esto ocurre desde que se anuncia la intención de ejercerlo. En este caso, la apertura del establecimiento y la campaña publicitaria simultánea indican el inicio de la actividad anunciada. Por lo tanto, será empresario individual desde el día 1 de febrero, coincidiendo con la apertura al público.
3. Trascendencia de la Inscripción en el Registro Mercantil (RM)
Su inscripción en el RM, realizada el 3 de octubre, tiene trascendencia, aunque no sea obligatoria. El Artículo 19 CCom establece que la inscripción es potestativa para el empresario individual. Sin embargo, la no realización de dicha inscripción comporta una consecuencia negativa: el empresario no inscrito no podrá pedir la inscripción de ningún documento en el RM ni aprovecharse de sus efectos legales.