La Desamortización en España: Mendizábal y Madoz (1836-1855)

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La Desamortización de Mendizábal (1836)

A partir de 1833, el proceso de desamortización se precipitó por varias causas:

  • La guerra contra los carlistas obligaba al Estado a obtener recursos económicos urgentes para el conflicto.
  • Los liberales progresistas alentaron en todo el país un anticlericalismo radical, basándose en que el clero apoyaba al bando carlista.
  • Los antiguos compradores de bienes desamortizados en el Trienio Liberal presionaban al gobierno para que les devolvieran sus bienes. Eran hombres ricos, esenciales para el bando liberal-cristino.

Por todo esto, no es extraño que los gobiernos liberales decidiesen desamortizar: la confiscación de bienes de los conventos destruidos (1834), el reintegro de sus bienes a los compradores del Trienio (1835) y el decreto de exclaustración general (1836).

La Ley de 1836 y sus Objetivos

En esta situación se publicó la primera de las dos grandes leyes de desamortización de la revolución liberal: la de Mendizábal, centrada en el clero. En febrero de 1836 se declararon en venta todos los bienes pertenecientes al clero regular, destinándose los fondos obtenidos a la amortización de la deuda pública. El decreto formaba parte de un programa que perseguía ganar la Guerra Carlista allegando fondos y tropas, restaurar la confianza en el crédito del Estado y, a largo plazo, permitir una reforma de la Hacienda. Mendizábal, en el preámbulo del decreto, exponía otros objetivos básicos de la desamortización:

  • Sanear la Hacienda y reducir la deuda.
  • Conseguir el acceso a la propiedad de sectores burgueses, que mejorarían la producción y revalorizarían la tierra.
  • Crear un sector social de nuevos propietarios vinculados al régimen y al bando cristino.

Consecuencias y Mecanismos de Venta

Las victorias de los liberales sobre los carlistas hicieron irreversibles las ventas y, además, desde agosto de 1841, bajo la regencia de Espartero, se desamortizaron también los bienes del clero secular. En total, entre 1836 y 1844, se había desamortizado el 62% de las propiedades de la Iglesia.

Las fincas fueron tasadas por peritos de Hacienda y subastadas después, alcanzando una puja media del 220% sobre el precio de salida. Los propietarios y los inversores burgueses acapararon las compras, puesto que eran los únicos que tenían liquidez y podían controlar fácilmente las subastas. Además, comprar era un excelente negocio: solo se abonaba el 20% al contado, el resto se pagaba aplazado y se admitían para el pago los títulos de deuda por su valor nominal. Como estaban muy desvalorizados en el mercado, adquirirlos en bolsa y pagar con ellos era una ganga para el comprador.

La Propuesta Alternativa de Flórez Estrada

La desamortización se podía haber realizado de otro modo. Así lo sugirió el diputado Flórez Estrada en un artículo de prensa editado a los pocos días de publicarse el decreto. En él proponía que el Estado arrendara las tierras a los campesinos y dedicara la renta a pagar la Deuda, lo que garantizaría los pagos, satisfaría las peticiones campesinas y serviría para crear la masa adicta a Isabel II que propugnaba Mendizábal.

El resultado es que, sumando lo vendido en el Trienio y en el período 1836-1851, el Estado recaudó unos 4.500 millones de reales, de los que solo 500 millones lo fueron en dinero, cuando la deuda ascendía ya por entonces a unos 14.000 millones.

La Desamortización de Madoz (1855)

Fue uno de los puntos básicos del Bienio Progresista. Establecía la venta en subasta pública de toda clase de propiedades rústicas y urbanas pertenecientes al Estado, a la Iglesia, los propios y baldíos de los ayuntamientos y, en general, todos los bienes que permanecieran amortizados. Se trataba, por tanto, de completar y terminar el proceso de desamortización iniciado por Mendizábal en 1836.

Características y Resultados de la Ley Madoz

A diferencia de la anterior, la Ley Madoz se desarrolló a gran velocidad. Entre 1855 y 1856 se subastaron más de 43.000 fincas rústicas y unas 9.000 urbanas, por un valor cercano a los 8.000 millones de reales, mediante el pago de un 10% de entrada y el resto aplazado, y admitiéndose solo el abono en efectivo. El volumen de dinero acumulado (casi el doble que en el periodo anterior) se destinó a amortizar la deuda y a cubrir las necesidades de la Hacienda tras la abolición del impuesto de consumos (artículos de primera necesidad) decretada en los días del golpe militar de 1854.

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