Derechos del Trabajador: Turnos, Horarios y Periodos de Descanso
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Regulación de la Jornada de Trabajo y Trabajo Nocturno
La jornada de trabajo no puede ser de más de ocho horas diarias de promedio en un periodo de 15 días. No se pueden realizar horas extra, salvo las de fuerza mayor. Las horas del trabajo nocturno se deben retribuir de forma especial.
El empresario tiene la obligación de proteger la salud de estos trabajadores nocturnos; si por el hecho de este turno el empleado presenta problemas de salud, puede solicitar un cambio de puesto de trabajo con horario diurno.
Trabajo a Turnos
Es una forma de organización del trabajo en equipo mediante la cual los trabajadores ocupan sucesivamente los mismos puestos de trabajo según un ritmo que implica para un trabajador prestar sus servicios laborales en horas diferentes en un periodo determinado de días o semanas.
Características del trabajo a turnos
- Ningún trabajador puede realizar el turno de noche más de dos semanas consecutivas, salvo que el trabajador lo pida.
- Se podrán variar algunos aspectos en materia de descanso cuando algún trabajador lo requiera o por necesidades de la propia organización.
- El empresario tiene la obligación de proteger a estos trabajadores.
Descansos, Permisos y Vacaciones
Descansos
Todos los trabajadores tienen derecho a determinados periodos de descanso para su recuperación física, mental y social. Los descansos que tienen los trabajadores son:
- El descanso intrajornada: si la jornada es continuada (por ejemplo, de 8:00 a 15:00) y es superior a 6 horas, el trabajador tiene derecho a un mínimo de 15 minutos de descanso.
- Si el trabajador es menor de 18 años y la jornada continua es mayor de 4 horas y media, tiene derecho a 30 minutos de descanso.
- El descanso diario: se realiza entre dos jornadas laborales consecutivas y debe tener una duración mínima de 12 horas.
- El descanso semanal: mínimo de un día y medio ininterrumpido. Para los menores de 18 años, el descanso es de 2 días ininterrumpidos.
Fiestas Laborables
Son días de descanso retribuidos fijados por la administración para conmemorar eventos, por ejemplo, el 12 de octubre (Fiesta Nacional).
Características de las fiestas laborales
- Se fijan anualmente.
- Número máximo de 14 días al año.
- Son retribuidas y no recuperables.
- Las fiestas de ámbito nacional que caigan entre semana pueden ser trasladadas a lunes por el Gobierno.
- Las comunidades autónomas pueden sustituir alguna fiesta nacional respetando el máximo de 14 festivos.
Permisos Retribuidos
El trabajador tiene derecho a ausentarse de su puesto de trabajo y a ser remunerado por la empresa en aquellas circunstancias establecidas por la ley.