Derechos, Obligaciones y Extinción del Mandato en el Derecho Romano

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Derechos y Obligaciones de las Partes en el Mandato

  • Mandatario: Debe cumplir la misión que ha aceptado y llevarla a buen fin siguiendo las instrucciones del mandato. A falta de instrucciones, debe cumplir el mandato con arreglo a la naturaleza del asunto que gestiona.
  • Mandante: Si el mandatario no recibe ningún beneficio de la gestión, siendo el mandato un contrato gratuito, debe quedar indemne de todos los gastos que le haya ocasionado la ejecución del mandato. Por eso, el mandante debe reembolsarle todos los gastos y perjuicios que le haya ocasionado al mandatario.

Extinción del Mandato

  • Por el cumplimiento del encargo: el mandato se extingue normalmente cuando el mandatario ha terminado su misión.
  • Por el cumplimiento del término acordado por las partes.
  • Por la voluntad acorde de las partes.
  • Por muerte de alguna de las partes, salvo que se ignore el hecho de la muerte.
  • Por revocación del mandante, por renuncia del mandatario y por imposibilidad material o jurídica sobrevenida de cumplir el cargo.

Contratos Innominados

Nueva categoría de contratos surgida de un texto de Ulpiano que agrupó una serie de relaciones obligatorias que no cabían en el cuadro contractual clásico, con el fin de colmar las lagunas del sistema civilístico antiguo. Se agrupan bajo 4 esquemas:

  • Do ut des: Datio de una cosa dirigida a obtener la datio de otra cosa.
  • Do ut facias: Datio para obtener una prestación de hacer de la otra parte.
  • Facio ut des: Hipótesis contraria a la anterior.
  • Facio ut facias: Prestación de hacer para obtener un beneficio.

"En los contratos innominados la obligación no nacía del consensus, sino que surgía en cuanto una de las partes había realizado una prestación de dare o facere esperando una contraprestación de dare o facere de la otra parte".

Figuras Principales

  • Permuta
  • Precario
  • Contrato estimatorio
  • Transacción
  • Donaciones con carga

Si el donatario incumplía la carga, el donante podía exigir su ejecución o revocar la donación por incumplimiento de cargas, volviendo la cosa al donante.

Derecho Romano: Tema 10 - Cuasicontratos

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