Derechos y Deberes del personal al servicio de los entes locales

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1o.

Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.

2o. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, Promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, Derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación De todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, Administrativa y cultural de la Nacíón; defender la independencia nacional, Mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia De un orden justo. | Las autoridades de la República están Instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su Vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar El cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. 

3o. La soberanía reside exclusivamente en el Pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o Por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece.



4o. La Constitución es norma de normas. En Todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, Se aplicarán las disposiciones constitucionales. Es deber de los nacionales y De los extranjeros en Colombia acatar la Constitución y las leyes, y respetar y Obedecer a las autoridades.



5o. El Estado reconoce, sin discriminación Alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona y ampara a la Familia como institución básica de la sociedad.



6o. Los particulares sólo son responsables Ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores Públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el Ejercicio de sus funciones.



7o. El Estado reconoce y protege la Diversidad étnica y cultural de la Nacíón colombiana.



8o. Es obligación del Estado y de las Personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nacíón.



9o. Las relaciones exteriores del Estado se Fundamentan en la soberanía nacional, en el respeto a la autodeterminación de Los pueblos y en el reconocimiento de los principios del derecho internacional Aceptados por Colombia.De igual manera, La política exterior de Colombia se orientará hacia la integración latinoamericana Y del Caribe.



10. El castellano es el idioma oficial de Colombia. Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales En sus territorios. La enseñanza que se imparta en las comunidades con Tradiciones lingüísticas propias será bilingüe.



TITULO II.DE LOS DERECHOS, LAS Garantías Y LOS DEBERES CAPITULO I. DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES



11. El derecho a la vida es inviolable. No Habrá pena de muerte



12. Nadie será sometido a desaparición Forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes



13. Todas las personas nacen libres e iguales Ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán De los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación Por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, Opinión política o filosófica. | El Estado promoverá las condiciones para que La igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos Discriminados o marginados. | El Estado protegerá especialmente a aquellas Personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en Circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que Contra ellas se cometan.



14. Toda persona tiene derecho al Reconocimiento de su personalidad jurídica



15. Todas las personas tienen derecho a su Intimidad personal y familiar y a subuen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual Modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que Se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades Públicas y privadas. | En la recolección, tratamiento y circulación de datos se Respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución. | La Correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo Pueden ser interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos y Con las formalidades que establezca la ley.



Para efectos tributarios o judiciales y para Los casos de inspección, vigilancia e intervención del Estado podrá exigirse la Presentación de libros de contabilidad y demás documentos privados, en los Términos que señale la ley.



16. Todas las personas tienen derecho al Libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen Los derechos de los demás y el orden jurídico.



17. Se prohíben la esclavitud, la servidumbre Y la trata de seres humanos en todas sus formas



18. Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a Revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia.



19. Se garantiza la libertad de cultos. Toda Persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma Individual o colectiva.



20. Se garantiza a toda persona la libertad De expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir Información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. | Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la Rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura.



21. Se garantiza el derecho a la honra. La ley Señalará la forma de su protección



22. La paz es un derecho y un deber de Obligatorio cumplimiento



23. Toda persona tiene derecho a presentar Peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o Particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su Ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos Fundamentales.



24. Todo colombiano, con las limitaciones que Establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por el territorio Nacional, a entrar y salir de él, y a permanecer y residenciarse en Colombia.



25. El trabajo es un derecho y una obligación Social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.



26. Toda persona es libre de escoger Profesión u oficio. La ley podrá exigir títulos de idoneidad. Las autoridades Competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones. Las Ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, Salvo aquellas que impliquen un riesgo social. | Las profesiones legalmente Reconocidas pueden organizarse en colegios. La estructura interna y el Funcionamiento de éstos deberán ser democráticos. La ley podrá asignarles Funciones públicas y establecer los debidos controles.



27. El Estado garantiza las libertades de Enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra

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