Derecho Laboral y Seguridad Social: Negociación Colectiva y Previsión

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1. Negociación Colectiva y Prácticas Desleales

Prácticas Desleales del Empleador (Art. 403)

Se consideran prácticas desleales las acciones que entorpezcan la negociación colectiva:

  • Vulnerar la buena fe: Conductas deshonestas o engañosas (ej. ocultar información).
  • Negarse a negociar: No recibir a la comisión negociadora o incumplir plazos legales.
  • No entregar información: Incumplir la obligación de informar (Arts. 315 y siguientes).
  • Reemplazo de trabajadores en huelga: Prohibido, salvo reorganización interna de funciones contratadas.
  • Cambio de establecimiento: Traslado de trabajadores no huelguistas para reemplazar a los huelguistas.
  • Ofrecer beneficios individuales: Para debilitar al sindicato durante la negociación.
  • Uso de fuerza o amenazas: Coacción física o moral.

Prácticas Desleales de Trabajadores y Sindicatos (Art. 404)

  • Vulnerar la buena fe.
  • Acordar actos para presionar al empleador.
  • Divulgar información confidencial.
  • No proporcionar equipos de emergencia acordados.
  • Uso de fuerza o amenazas.
  • Impedir el ingreso a la empresa durante la huelga.

Práctica Desleal de la Empresa Principal (Art. 405)

La empresa principal no puede contratar, directa o indirectamente, a trabajadores de una contratista en huelga. Las sanciones incluyen multas al Fondo de Formación Sindical y posibles impedimentos para licitaciones públicas.

2. Instrumentos Colectivos (Art. 320 CT)

Es la convención entre empleador y trabajadores que establece condiciones comunes de trabajo. Es un acto solemne (debe constar por escrito).

Características principales:

  • Cláusulas mínimas legales: Contenido fijado por la ley (Art. 321).
  • Fuente formal de derecho: Crea, modifica o extingue derechos.
  • Plazo fijo: Duración determinada con efectos de ultraactividad.

Tipos de Instrumentos:

  1. Contrato colectivo: Resultado de negociación reglada.
  2. Convenio colectivo: Resultado de negociación no reglada.
  3. Fallo arbitral: Dictado por un árbitro en casos de prohibición de huelga.

3. Seguridad Social: Principios y Objetivos

Sistema de protección frente a contingencias (enfermedad, vejez, invalidez, cesantía, muerte).

Principios Fundamentales:

  • Universalidad: Protección para todos frente a la mayor cantidad de riesgos.
  • Igualdad e Integridad: Protección suficiente ante la misma contingencia.
  • Solidaridad: Aporte según posibilidades para el bien común.
  • Unidad: Organización simple y coordinada.
  • Subsidiaridad: El Estado interviene cuando los particulares no pueden satisfacer la necesidad.

4. Salud y Licencias Médicas

Prestadores de Salud:

  • FONASA: Fondo público que financia la salud.
  • ISAPRE: Instituciones privadas que operan mediante contratos de salud.
  • GES: Garantías Explícitas en Salud (acceso, oportunidad, protección financiera y calidad).

Licencia Médica

Documento que certifica la incapacidad temporal para trabajar. Da derecho al Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL). Si la licencia es menor a 11 días, no se pagan los primeros 3 días, salvo que exista continuidad de licencias.

5. Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (Ley 16.744)

Seguro obligatorio, automático e integral. Cubre:

  • Accidente de trabajo: Lesión por causa u ocasión del trabajo.
  • Accidente de trayecto: Ida o regreso directo casa-trabajo.
  • Enfermedad profesional: Causada directamente por el ejercicio de la profesión.

6. Sistema de Pensiones

Basado en un modelo mixto: PGU (Pilar Estatal) y Pilar Contributivo (AFP).

Modalidades de Pensión:

  1. Retiro programado: Pago con cargo a la cuenta individual (flexible).
  2. Renta vitalicia inmediata: Contrato con aseguradora (fija, en UF, irreversible).
  3. Renta temporal con renta vitalicia diferida: Combinación de ambas.
  4. Renta vitalicia inmediata con retiro programado: División de fondos.

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