Derecho Laboral Esencial: Conceptos, Características y Fuentes Normativas
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Fundamentos del Derecho Laboral: Conceptos Clave y Marco Normativo
1. Clasificación del Derecho
El Derecho se clasifica principalmente en dos grandes ramas:
- Derecho Público: Sus normas van dirigidas a regular la actividad del Estado y de los organismos públicos entre sí. Incluye ramas como:
- Derecho Internacional Público
- Derecho Político
- Derecho Administrativo
- Derecho Penal
- Derecho Procesal
- Derecho Financiero
- Derecho Comunitario
- Derecho del Trabajo
- Derecho Privado: Regula las relaciones entre particulares, o con el Estado y los organismos públicos cuando estos actúan de forma privada. Incluye ramas como:
- Derecho del Trabajo
- Derecho Internacional Privado
- Derecho Civil
- Derecho Mercantil
Características Esenciales de la Relación Laboral
Para que una relación sea regulada por el Derecho Laboral, debe cumplir con las siguientes características:
- Voluntariedad: La persona trabajadora debe ser libre durante el desarrollo de toda relación laboral.
- Por cuenta ajena: Se trabaja para otra persona a la que se cede el fruto del trabajo y se cobra un salario a cambio.
- Dependencia: El empresario es quien ordena cuándo, dónde y cómo ha de realizarse el trabajo.
- Retribución: Toda actividad laboral ha de ser remunerada.
Actividades Excluidas del Derecho Laboral y Relaciones Laborales de Carácter Especial
El artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores excluye una serie de actividades, que son las siguientes:
- El trabajo desempeñado por los funcionarios públicos.
- Las prestaciones personales obligatorias.
- La actividad de consejero o miembro de un órgano de administración de una sociedad.
- Los trabajos realizados a título de amistad.
- Los trabajos familiares.
- La actividad de los comisionistas.
Relaciones Laborales de Carácter Especial
Además de las exclusiones, existen relaciones laborales que, por sus particularidades, se regulan por normativas específicas dentro del Derecho Laboral. Algunas de ellas son:
- Personal de alta dirección.
- Empleados al servicio del hogar familiar.
- Deportistas profesionales.
- Artistas en espectáculos públicos.
- Personas con discapacidad en centros especiales de empleo.
- Abogados por cuenta ajena.
Fuentes del Derecho del Trabajo
Las fuentes del Derecho son el origen de las normas jurídicas. Estas fuentes son múltiples y pueden ser de origen interno (nacional) o externo (internacional).
Fuentes Internas del Derecho del Trabajo
Las principales fuentes internas que regulan el Derecho del Trabajo son:
- Las disposiciones legales y reglamentarias del Estado (como la Constitución).
- Los convenios colectivos.
- La voluntad de las partes manifestada en el contrato de trabajo.
- Los usos y costumbres locales y profesionales.
Fuentes Especiales del Derecho del Trabajo
Dentro de las fuentes internas, algunas tienen una relevancia particular en el ámbito laboral:
- Los convenios colectivos.
- Los contratos de trabajo.
- Los usos y costumbres locales y profesionales.
Jerarquía y Tipos de Fuentes Internas
A. La Constitución Española de 1978
La Constitución de 1978 es la norma que ocupa una posición suprema en nuestro ordenamiento jurídico y que prevalece sobre el resto de leyes. Se clasifica en tres grandes bloques:
- Derechos fundamentales.
- Derechos y libertades de los ciudadanos y ciudadanas.
- Principios económicos y sociales.
B. Las Leyes Emanadas de las Cortes Generales
Dentro de las leyes aprobadas por las Cortes Generales, distinguimos:
- Leyes Orgánicas: Son las que regulan materias relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas. Se aprueban por mayoría absoluta en votación final sobre el conjunto del proyecto.
- Leyes Ordinarias: Son todas las leyes aprobadas por las Cortes Generales que no tienen el carácter de orgánicas.
C. Las Normas con Rango de Ley Emanadas por el Gobierno
En situaciones específicas, el Gobierno puede dictar normas con rango de ley:
- Decretos-leyes: La Constitución establece que, en caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de decretos-leyes.
- Decretos Legislativos: Las Cortes Generales pueden delegar en el Gobierno la facultad de dictar decretos legislativos, mediante una ley de bases o una ley ordinaria.
D. Los Reglamentos
Los reglamentos son normas jurídicas de rango inferior a la ley, desarrolladas por el Gobierno o la Administración para ejecutar o complementar leyes.
E. Los Convenios Colectivos
Es una fuente especial del Derecho laboral que no existe en otros sectores del ordenamiento jurídico, fruto de la negociación entre representantes de trabajadores y empresarios.
F. El Contrato de Trabajo
En el contrato de trabajo se manifiesta la voluntad de las partes, pero teniendo en cuenta que en ningún contrato se pueden establecer condiciones menos favorables para la persona trabajadora de las ya fijadas por ley o convenio colectivo.