Derecho internacinal publico
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sujetos del DIP
- concepto: Aquellas entes cuyo comportamiento regula directamente el orden jurídico internacional.
- Se entiende por sujeto a la entidad jurídica que tiene derechos y obligaciones internacionales y en caso de incumplimiento, es capaz de hacer reclamaciones internacionales
- sujetos del DIP:
- El Estado
- La Santa Sede
- La Soberana Orden de Malta
- Los Beligerantes
- Los Refugiados
- Los Desplazados
- Los Asilados
EL ESTADO
- Concepto: todo ente soberano que posee un territorio en el cual habita una población regida por un orden jurídico aplicado por un gobierno y que busca el bien común.
- Sólo los Estados pueden:
- Ser miembros de la ONU
- Invocar el Consejo de Seguridad
- Ser parte ante la Corte Internacional de Justicia
- Los Estados desde el punto de vista de su estructura:
- Confederación de estados: es una asociación permanente de Estados soberanos en virtud de un acuerdo formal de voluntades entre ellos para fines de beneficio común.
- Ejemplos: Confederación de las Provincias Unidas de los Países Bajos: Holanda, Confederación Helvética (Suiza), Estados Unidos de América.
- Federación de Estados: se vinculan más estrechamente que en la Confederación, carecen de personalidad jurídica internacional pero, conservan facultades soberanas en sus regímenes interiores
- Ejemplos: Canadá (Provincias), Australia (Estados), Bélgica (Regiones), Austria (Estados federados).
- Comunidad o Mancomunidad Británica de Naciones: Sociedad internacional que comprende la Gran Bretaña y a 53 países independientes.
- Clasificación de los Estados desde el punto de vista de su soberanía:
- Estado vasallo
- Protectorado: Institución jurídica, fue en el siglo XIX cuando varios territorios de África y Asia estaban bajo protección:
- China sobre Mongolia (1696)
- China sobre el Tibet (1794)
- Reino Unido sobre Egipto (1914).
- Mandatos: Sistema establecido por la Liga de las Naciones, aplicado a territorios y a colonias de las potencias vencidas al final de la primera guerra mundial.
Estado vaticano
- Características del Estado Vaticano:
- Constituido por los Acuerdos de Letrán del 11 de febrero de 1929
- extensión 44 kilómetros cuadrados.
- Población de 1 000 habitantes.
- disposiciones del Tratado de Letrán:
- Inviolabilidad de la persona del Sumo Pontífice
- La Santa Sede renunció al tradicional derecho de asilo.
- Los servicios públicos serán proporcionados por el gobierno italiano.
ORDEN DE MALTA
- Características de la Orden de Malta:
- Creada en la época de las cruzadas
- No posee territorio.
- Gobernó Malta hasta 1799
- Desde el año 1894 tiene su sede en Roma.
BELIGERANTES E INSURRECTOS
- Requisitos grupo beligerante pueda ser reconocido:
- Estén bajo la dirección de un mando
- Ejerzan sobre una parte de dicho territorio un control que les permita realizar operaciones militares.
- El gobierno legítimo se vea obligado a recurrir al ejército para combatir a los insurrectos.
- Ejemplos reconocidos por terceros Estados:
- Italia reconoció a las fuerzas franquistas
- Las FARC reconocidas por Venezuela.
- En Libia reconocida por Francia.
- Efectos del reconocimiento a los insurrectos como beligerantes:
- Los beligerantes adquieren la calidad de sujetos de DIP.
- El conflicto intestino se convierte en una guerra regida por el DIP
- Diferencia entre insurrectos y beligerantes:
- los insurrectos no alcanzan a reunir los requisitos para ser considerados como una comunidad beligerante. les falta el control efectivo sobre la porción de territorio donde llevan a efecto sus campañas y carecen de una organización
- El efecto jurídico de un reconocimiento a un grupo beligerante es convertir en neutro al Estado que lo otorga.
- El reconocimiento de un tercer Estado puede darse cuando el grupo insurrecto ha desplazado al gobierno anterior a una parte del territorio del Estado.
LOS REFUGIADOS
- Concepto: la persona que por temor a sufrir persecución debido a su raza, religión, nacionalidad, opinión política ha huido del país de su nacionalidad y no puede o no quiere regresar a él.
- La Declaración de Cartagena de 1984: considera refugiados a las personas que han huido de sus países porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas.
- Marco legal internacional:
- Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, 1951
- Protocolo de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, 1967.
- ACNUR: (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados) fue creada por la Asamblea General en 1950, funciones:
- Procurar que se respeten los derechos humanos
- Velar por que nadie sea obligado a regresar a un país
- Ayudar en emergencias graves que originen grandes corrientes de refugiados
- Causas no puede otorgarse estatuto de refugiado:
- Haber perdido la nacionalidad y haberla recuperado
- Adquirir una nueva nacionalidad
- Haber retornado voluntariamente a su Estado
- Desaparición de los temores fundados
- Obligaciones de los Estados de acuerdo al Estatuto de Ginebra:
- Los Estados contratantes no expulsarán a refugiado alguno que se halle legalmente en el territorio.
- El refugiado gozará de un plazo razonable para gestionar legalmente su ingreso a otro Estado.
DESPLAZADOS
- concepto: son personas que son obligadas a abandonar sus hogares para escapar de la guerra, la violencia, las violaciones de los derechos humanos, etc.
- Diferencias entre refugiados y desplazados:
- Refugiados: se encuentran en el país de acogida seguridad, alimento y vivienda, están protegidos por un conjunto de leyes y convenciones internacionales.
- Desplazado: se encuentran a una mayor inseguridad y pueden verse en conflictos internos y quedar a la merced de las partes beligerantes.
ASILADOS
- concepto: Refugio que obtiene una persona en una embajada, legación o consulado para escapar de la acción persecutoria o de los procesos judiciales de las autoridades.
- Tipos de Asilo:
- Por su naturaleza:
Por cometer delitos del orden común
Por cometer delitos políticos.
- Por el número de asilados:
Personal
Masivo
- Por el lugar en que se otorga:
Religioso
Territorial.
Diplomático.
Aéreo.
Marítimo.
Campamental.
- terminación del asilo:
- Abandono voluntario.
- Que se compruebe la comisión de un delito del orden común.
- Que el asilado cometa delitos en el lugar de asilo.
- Cuando desaparece el régimen político persecutor.
- Relación entre Asilo y Extradición: Sí se concede el asilo no se otorga la extradición, y a la inversa.
- Naturaleza jurídica del Asilo: En Europa se trata de una práctica humanitaria; y en América es un derecho.
- Marco legal interno del Asilo en México:
- Artículo 15: No se autoriza tratados para la extradición de reos políticos, ni para aquellos delincuentes que hayan tenido en el país donde cometieron el delito
- Artículo 8: no se concederá la extradición de personas que puedan ser objeto de persecución política del Estado solicitante
- Marco legal internacional del Asilo:
- Conferencia de la Habana de 1928
- Convención sobre Asilo Político (Montevideo 1933)
- Tratado sobre Asilo y Refugio Político de Montevideo de 1939
- Convención sobre Asilo Diplomático (Caracas 1954)
- Convención sobre asilo territorial
- disposiciones contenidas en estos tratados:
- Tienen derecho a ser asilados: personas perseguidas por motivos políticos y por delitos políticos
- El asilo no se otorgará: a desertores de las fuerzas de tierra, aérea y mar.
- casos de grupos o personas que han sido asilados en México:
- León Trostky
- Españoles con motivo de la guerra civil española (1936-1939).
- El Rey Caroll II de Rumania en 1940
- Ernesto Guevara
- Judíos.
LOS GOBIERNOS EN EL EXILIO
- exilio: significa la separación de una persona de la tierra en que vive, es la expatriación, generalmente por motivos políticos.
- El gobernante que estando en el poder es derrocado y tiene que abandonar su país
alianzas militares
- Las alianzas militares como la OTAN, el Pacto de Varsovia, entre otras, no son, ni deben ser sujetos del DIP.
EMPRESAS MULTINACIONALES:
- Tratadistas anglosajones incluyen como sujetos del DIP a las Empresas como: INTELSAT (1973), EUROFIRMA (1953).
EL INDIVIDUO
- Es sujeto de responsabilidades
- En la actualidad el individuo no sólo es sujeto de derechos sino también de responsabilidades, tal es el caso del genocidio, la piratería, la tortura, la esclavitud, etc.
- El individuo adquiere subjetividad a partir de la segunda guerra mundial
- responsabilidad de los individuos frente al DIP que se codificaría en los tratados:
- Convención sobre el delito de Genocidio de 1948;
- Convención sobre la Supresión y Castigo del Crimen de Apartheid de 1973;
- Convención de Ginebra de 1949
- Tribunales inter sancionan la violación de derechos humanos:
- Tribunal para Ruanda
- Tribunal para la ex Yugoslavia
- Tribunal para Sierra Leona
- La Corta Penal Internacional
- Instancias Regionales y Universales de los D Hmns:
- Comisión de D H de las Naciones Unidas
- Comisión Interamericana de D H
- Comisión Europea de D H
- Comisión Africana de D H
LOS PUEBLOS
- embajador Hermilo, dos tipos de pueblos:
- Los que estuvieron bajo el dominio colonial
- Pueblo en el sentido sociológico, grupo de personas que comparten una raza, lengua, religión, cultura, etc.
ORGANISMOS INTERNACIONALES
- concepto: asociación voluntaria de Edos establecida por un tratado internacional, dotada de órganos permanentes, propios e independientes encargados de gestionar intereses colectivos
- antecedentes:
- Siglo XIX: La Unión Internacional de Comunicaciones (1865)
- Siglo XX: La Sociedad de las Naciones; La Organización Internacional del Trabajo (1919)
- Elementos Constitutivos:
- La organización internacional se basa en un tratado (constitutivo) de derecho internacional entre dos Estados.
- organización internacional, puede decidir sobre la estructura interna de sus propios órganos y trasladarlos al exterior.
ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES
- Características:
- Organizaciones internacionales que no derivan de un acuerdo interestatal.
- Sus miembros no tienen carácter representativo.
- Se ocupan de temas ambientales, humanitarios, religiosos, de derechos humanos, comerciales
- Ejemplos:
- Amnistía Internacional
- Green Peace
- Right Watchers
- Consejo Mundial de las Iglesias
- Cámara Internacional de Comercio
- reconocimiento: convención europea sobre reconocimiento de personalidad:
- No tienen ánimo de lucro
- Creados por el derecho interno
- Llevar a cabo actividades con efectos en al menos dos Estados
- Tener su sede en alguna de las partes donde residan
- Importancia:
- porque a través de ellas se desarrolla y vigila la protección internacional de los derechos humanos
BELIGERANTES E INSURRECTOS
- Requisitos grupo beligerante pueda ser reconocido:
- Estén bajo la dirección de un mando
- Ejerzan sobre una parte de dicho territorio un control que les permita realizar operaciones militares.
- El gobierno legítimo se vea obligado a recurrir al ejército para combatir a los insurrectos.
- Ejemplos reconocidos por terceros Estados:
- Italia reconoció a las fuerzas franquistas
- Las FARC reconocidas por Venezuela.
- En Libia reconocida por Francia.
- Efectos del reconocimiento a los insurrectos como beligerantes:
- Los beligerantes adquieren la calidad de sujetos de DIP.
- El conflicto intestino se convierte en una guerra regida por el DIP
- Diferencia entre insurrectos y beligerantes:
- los insurrectos no alcanzan a reunir los requisitos para ser considerados como una comunidad beligerante. les falta el control efectivo sobre la porción de territorio donde llevan a efecto sus campañas y carecen de una organización
- El efecto jurídico de un reconocimiento a un grupo beligerante es convertir en neutro al Estado que lo otorga.
- El reconocimiento de un tercer Estado puede darse cuando el grupo insurrecto ha desplazado al gobierno anterior a una parte del territorio del Estado.
LOS REFUGIADOS
- Concepto: la persona que por temor a sufrir persecución debido a su raza, religión, nacionalidad, opinión política ha huido del país de su nacionalidad y no puede o no quiere regresar a él.
- La Declaración de Cartagena de 1984: considera refugiados a las personas que han huido de sus países porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas.
- Marco legal internacional:
- Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, 1951
- Protocolo de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, 1967.
- ACNUR: (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados) fue creada por la Asamblea General en 1950, funciones:
- Procurar que se respeten los derechos humanos
- Velar por que nadie sea obligado a regresar a un país
- Ayudar en emergencias graves que originen grandes corrientes de refugiados
- Causas no puede otorgarse estatuto de refugiado:
- Haber perdido la nacionalidad y haberla recuperado
- Adquirir una nueva nacionalidad
- Haber retornado voluntariamente a su Estado
- Desaparición de los temores fundados
- Obligaciones de los Estados de acuerdo al Estatuto de Ginebra:
- Los Estados contratantes no expulsarán a refugiado alguno que se halle legalmente en el territorio.
- El refugiado gozará de un plazo razonable para gestionar legalmente su ingreso a otro Estado.
DESPLAZADOS
- concepto: son personas que son obligadas a abandonar sus hogares para escapar de la guerra, la violencia, las violaciones de los derechos humanos, etc.
- Diferencias entre refugiados y desplazados:
- Refugiados: se encuentran en el país de acogida seguridad, alimento y vivienda, están protegidos por un conjunto de leyes y convenciones internacionales.
- Desplazado: se encuentran a una mayor inseguridad y pueden verse en conflictos internos y quedar a la merced de las partes beligerantes.
ASILADOS
- concepto: Refugio que obtiene una persona en una embajada, legación o consulado para escapar de la acción persecutoria o de los procesos judiciales de las autoridades.
- Tipos de Asilo:
- Por su naturaleza:
Por cometer delitos del orden común
Por cometer delitos políticos.
- Por el número de asilados:
Personal
Masivo
- Por el lugar en que se otorga:
Religioso
Territorial.
Diplomático.
Aéreo.
Marítimo.
Campamental.
- terminación del asilo:
- Abandono voluntario.
- Que se compruebe la comisión de un delito del orden común.
- Que el asilado cometa delitos en el lugar de asilo.
- Cuando desaparece el régimen político persecutor.
- Relación entre Asilo y Extradición: Sí se concede el asilo no se otorga la extradición, y a la inversa.
- Naturaleza jurídica del Asilo: En Europa se trata de una práctica humanitaria; y en América es un derecho.
- Marco legal interno del Asilo en México:
- Artículo 15: No se autoriza tratados para la extradición de reos políticos, ni para aquellos delincuentes que hayan tenido en el país donde cometieron el delito
- Artículo 8: no se concederá la extradición de personas que puedan ser objeto de persecución política del Estado solicitante
- Marco legal internacional del Asilo:
- Conferencia de la Habana de 1928
- Convención sobre Asilo Político (Montevideo 1933)
- Tratado sobre Asilo y Refugio Político de Montevideo de 1939
- Convención sobre Asilo Diplomático (Caracas 1954)
- Convención sobre asilo territorial
- disposiciones contenidas en estos tratados:
- Tienen derecho a ser asilados: personas perseguidas por motivos políticos y por delitos políticos
- El asilo no se otorgará: a desertores de las fuerzas de tierra, aérea y mar.
- casos de grupos o personas que han sido asilados en México:
- León Trostky
- Españoles con motivo de la guerra civil española (1936-1939).
- El Rey Caroll II de Rumania en 1940
- Ernesto Guevara
- Judíos.
LOS GOBIERNOS EN EL EXILIO
- exilio: significa la separación de una persona de la tierra en que vive, es la expatriación, generalmente por motivos políticos.
- El gobernante que estando en el poder es derrocado y tiene que abandonar su país
alianzas militares
- Las alianzas militares como la OTAN, el Pacto de Varsovia, entre otras, no son, ni deben ser sujetos del DIP.
EMPRESAS MULTINACIONALES:
- Tratadistas anglosajones incluyen como sujetos del DIP a las Empresas como: INTELSAT (1973), EUROFIRMA (1953).
EL INDIVIDUO
- Es sujeto de responsabilidades
- En la actualidad el individuo no sólo es sujeto de derechos sino también de responsabilidades, tal es el caso del genocidio, la piratería, la tortura, la esclavitud, etc.
- El individuo adquiere subjetividad a partir de la segunda guerra mundial
- responsabilidad de los individuos frente al DIP que se codificaría en los tratados:
- Convención sobre el delito de Genocidio de 1948;
- Convención sobre la Supresión y Castigo del Crimen de Apartheid de 1973;
- Convención de Ginebra de 1949
- Tribunales inter sancionan la violación de derechos humanos:
- Tribunal para Ruanda
- Tribunal para la ex Yugoslavia
- Tribunal para Sierra Leona
- La Corta Penal Internacional
- Instancias Regionales y Universales de los D Hmns:
- Comisión de D H de las Naciones Unidas
- Comisión Interamericana de D H
- Comisión Europea de D H
- Comisión Africana de D H
LOS PUEBLOS
- embajador Hermilo, dos tipos de pueblos:
- Los que estuvieron bajo el dominio colonial
- Pueblo en el sentido sociológico, grupo de personas que comparten una raza, lengua, religión, cultura, etc.
ORGANISMOS INTERNACIONALES
- concepto: asociación voluntaria de Edos establecida por un tratado internacional, dotada de órganos permanentes, propios e independientes encargados de gestionar intereses colectivos
- antecedentes:
- Siglo XIX: La Unión Internacional de Comunicaciones (1865)
- Siglo XX: La Sociedad de las Naciones; La Organización Internacional del Trabajo (1919)
- Elementos Constitutivos:
- La organización internacional se basa en un tratado (constitutivo) de derecho internacional entre dos Estados.
- organización internacional, puede decidir sobre la estructura interna de sus propios órganos y trasladarlos al exterior.
ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES
- Características:
- Organizaciones internacionales que no derivan de un acuerdo interestatal.
- Sus miembros no tienen carácter representativo.
- Se ocupan de temas ambientales, humanitarios, religiosos, de derechos humanos, comerciales
- Ejemplos:
- Amnistía Internacional
- Green Peace
- Right Watchers
- Consejo Mundial de las Iglesias
- Cámara Internacional de Comercio
- reconocimiento: convención europea sobre reconocimiento de personalidad:
- No tienen ánimo de lucro
- Creados por el derecho interno
- Llevar a cabo actividades con efectos en al menos dos Estados
- Tener su sede en alguna de las partes donde residan
- Importancia:
- porque a través de ellas se desarrolla y vigila la protección internacional de los derechos humanos
BELIGERANTES E INSURRECTOS
- Requisitos grupo beligerante pueda ser reconocido:
- Estén bajo la dirección de un mando
- Ejerzan sobre una parte de dicho territorio un control que les permita realizar operaciones militares.
- El gobierno legítimo se vea obligado a recurrir al ejército para combatir a los insurrectos.
- Ejemplos reconocidos por terceros Estados:
- Italia reconoció a las fuerzas franquistas
- Las FARC reconocidas por Venezuela.
- En Libia reconocida por Francia.
- Efectos del reconocimiento a los insurrectos como beligerantes:
- Los beligerantes adquieren la calidad de sujetos de DIP.
- El conflicto intestino se convierte en una guerra regida por el DIP
- Diferencia entre insurrectos y beligerantes:
- los insurrectos no alcanzan a reunir los requisitos para ser considerados como una comunidad beligerante. les falta el control efectivo sobre la porción de territorio donde llevan a efecto sus campañas y carecen de una organización
- El efecto jurídico de un reconocimiento a un grupo beligerante es convertir en neutro al Estado que lo otorga.
- El reconocimiento de un tercer Estado puede darse cuando el grupo insurrecto ha desplazado al gobierno anterior a una parte del territorio del Estado.
LOS REFUGIADOS
- Concepto: la persona que por temor a sufrir persecución debido a su raza, religión, nacionalidad, opinión política ha huido del país de su nacionalidad y no puede o no quiere regresar a él.
- La Declaración de Cartagena de 1984: considera refugiados a las personas que han huido de sus países porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas.
- Marco legal internacional:
- Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, 1951
- Protocolo de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, 1967.
- ACNUR: (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados) fue creada por la Asamblea General en 1950, funciones:
- Procurar que se respeten los derechos humanos
- Velar por que nadie sea obligado a regresar a un país
- Ayudar en emergencias graves que originen grandes corrientes de refugiados
- Causas no puede otorgarse estatuto de refugiado:
- Haber perdido la nacionalidad y haberla recuperado
- Adquirir una nueva nacionalidad
- Haber retornado voluntariamente a su Estado
- Desaparición de los temores fundados
- Obligaciones de los Estados de acuerdo al Estatuto de Ginebra:
- Los Estados contratantes no expulsarán a refugiado alguno que se halle legalmente en el territorio.
- El refugiado gozará de un plazo razonable para gestionar legalmente su ingreso a otro Estado.
DESPLAZADOS
- concepto: son personas que son obligadas a abandonar sus hogares para escapar de la guerra, la violencia, las violaciones de los derechos humanos, etc.
- Diferencias entre refugiados y desplazados:
- Refugiados: se encuentran en el país de acogida seguridad, alimento y vivienda, están protegidos por un conjunto de leyes y convenciones internacionales.
- Desplazado: se encuentran a una mayor inseguridad y pueden verse en conflictos internos y quedar a la merced de las partes beligerantes.
ASILADOS
- concepto: Refugio que obtiene una persona en una embajada, legación o consulado para escapar de la acción persecutoria o de los procesos judiciales de las autoridades.
- Tipos de Asilo:
- Por su naturaleza:
Por cometer delitos del orden común
Por cometer delitos políticos.
- Por el número de asilados:
Personal
Masivo
- Por el lugar en que se otorga:
Religioso
Territorial.
Diplomático.
Aéreo.
Marítimo.
Campamental.
- terminación del asilo:
- Abandono voluntario.
- Que se compruebe la comisión de un delito del orden común.
- Que el asilado cometa delitos en el lugar de asilo.
- Cuando desaparece el régimen político persecutor.
- Relación entre Asilo y Extradición: Sí se concede el asilo no se otorga la extradición, y a la inversa.
- Naturaleza jurídica del Asilo: En Europa se trata de una práctica humanitaria; y en América es un derecho.
- Marco legal interno del Asilo en México:
- Artículo 15: No se autoriza tratados para la extradición de reos políticos, ni para aquellos delincuentes que hayan tenido en el país donde cometieron el delito
- Artículo 8: no se concederá la extradición de personas que puedan ser objeto de persecución política del Estado solicitante
- Marco legal internacional del Asilo:
- Conferencia de la Habana de 1928
- Convención sobre Asilo Político (Montevideo 1933)
- Tratado sobre Asilo y Refugio Político de Montevideo de 1939
- Convención sobre Asilo Diplomático (Caracas 1954)
- Convención sobre asilo territorial
- disposiciones contenidas en estos tratados:
- Tienen derecho a ser asilados: personas perseguidas por motivos políticos y por delitos políticos
- El asilo no se otorgará: a desertores de las fuerzas de tierra, aérea y mar.
- casos de grupos o personas que han sido asilados en México:
- León Trostky
- Españoles con motivo de la guerra civil española (1936-1939).
- El Rey Caroll II de Rumania en 1940
- Ernesto Guevara
- Judíos.
LOS GOBIERNOS EN EL EXILIO
- exilio: significa la separación de una persona de la tierra en que vive, es la expatriación, generalmente por motivos políticos.
- El gobernante que estando en el poder es derrocado y tiene que abandonar su país
alianzas militares
- Las alianzas militares como la OTAN, el Pacto de Varsovia, entre otras, no son, ni deben ser sujetos del DIP.
EMPRESAS MULTINACIONALES:
- Tratadistas anglosajones incluyen como sujetos del DIP a las Empresas como: INTELSAT (1973), EUROFIRMA (1953).
EL INDIVIDUO
- Es sujeto de responsabilidades
- En la actualidad el individuo no sólo es sujeto de derechos sino también de responsabilidades, tal es el caso del genocidio, la piratería, la tortura, la esclavitud, etc.
- El individuo adquiere subjetividad a partir de la segunda guerra mundial
- responsabilidad de los individuos frente al DIP que se codificaría en los tratados:
- Convención sobre el delito de Genocidio de 1948;
- Convención sobre la Supresión y Castigo del Crimen de Apartheid de 1973;
- Convención de Ginebra de 1949
- Tribunales inter sancionan la violación de derechos humanos:
- Tribunal para Ruanda
- Tribunal para la ex Yugoslavia
- Tribunal para Sierra Leona
- La Corta Penal Internacional
- Instancias Regionales y Universales de los D Hmns:
- Comisión de D H de las Naciones Unidas
- Comisión Interamericana de D H
- Comisión Europea de D H
- Comisión Africana de D H
LOS PUEBLOS
- embajador Hermilo, dos tipos de pueblos:
- Los que estuvieron bajo el dominio colonial
- Pueblo en el sentido sociológico, grupo de personas que comparten una raza, lengua, religión, cultura, etc.
ORGANISMOS INTERNACIONALES
- concepto: asociación voluntaria de Edos establecida por un tratado internacional, dotada de órganos permanentes, propios e independientes encargados de gestionar intereses colectivos
- antecedentes:
- Siglo XIX: La Unión Internacional de Comunicaciones (1865)
- Siglo XX: La Sociedad de las Naciones; La Organización Internacional del Trabajo (1919)
- Elementos Constitutivos:
- La organización internacional se basa en un tratado (constitutivo) de derecho internacional entre dos Estados.
- organización internacional, puede decidir sobre la estructura interna de sus propios órganos y trasladarlos al exterior.
ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES
- Características:
- Organizaciones internacionales que no derivan de un acuerdo interestatal.
- Sus miembros no tienen carácter representativo.
- Se ocupan de temas ambientales, humanitarios, religiosos, de derechos humanos, comerciales
- Ejemplos:
- Amnistía Internacional
- Green Peace
- Right Watchers
- Consejo Mundial de las Iglesias
- Cámara Internacional de Comercio
- reconocimiento: convención europea sobre reconocimiento de personalidad:
- No tienen ánimo de lucro
- Creados por el derecho interno
- Llevar a cabo actividades con efectos en al menos dos Estados
- Tener su sede en alguna de las partes donde residan
- Importancia:
- porque a través de ellas se desarrolla y vigila la protección internacional de los derechos humanos