El Derecho: Concepto, Diferencias y Fuentes

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Derecho: del latín enderezar o alinear

El derecho nos da la idea de lo recto, igual, sin torcerse, es dirigir la idea de un orden y estar sujeto a una regla.

Diferencia entre derecho y los derechos

Cuando hablamos de derecho nos referimos a una ciencia que contiene y enuncia principios generales. Y cuando hablamos de los derechos se hace referencia a facultades acordadas y reconocidas (derecho de propiedad, de expresión, de trabajar).

Definición

(Según Joaquín Llambias) ordenamiento social justo. Un conjunto de normas que ordenando la vida de los humanos en sociedad, les permite seguir los fines y vivir dignamente.

(Hans Kelsen) dice que el derecho es en esencia un orden para promover la paz. Tiene por objeto que un grupo de individuos pueda convivir de tal forma que los conflictos que se provoquen entre ellos puedan solucionarse de una manera pacífica, sin recurrir a la fuerza y de conformidad con un orden de validez general, este orden es el derecho.

Pirámide de Kelsen

  1. Tratados, derechos humanos, art 75 inc 22
  2. Ley
  3. Decreto ley
  4. Decreto
  5. Ordenanza
  6. Ley Individual

Derecho objetivo

El derecho como orden jurídico social apunta al exterior del ser humano, como las normas que regulan su conducta, las normas que contienen la constitución, el código civil, de comercio, la ley de riesgos del trabajo, etc. hacen al derecho objetivo. O sea son cuerpos normativos que regulan relaciones jurídicas y conductas.

Derecho subjetivo

Es la facultad que tiene una persona de exigir que se le entregue la cosa debida, que se deje transitar, que se pague el precio justo, o sea facultad de hacer, dar o exigir a todos los demás determinada conducta.

Normas morales

  • Señalan conductas a las que el hombre debe ajustarse
  • No es de cumplimiento obligatorio
  • Queda librado a su consecuencia

Normas jurídicas

  • Señalan conductas a las que el hombre debe ajustarse
  • Es de cumplimiento obligatorio
  • Conlleva un castigo determinado por el derecho

Ambas regulan conductas humanas, tienen el mismo sujeto 'el ser humano', tienen la misma finalidad 'el bien común'.

Derecho Natural

Es el conjunto de principios jurídicos fundamentales. El hombre lo reconoce por la razón, no lo crea. Está presente en la conciencia humana. Es innato, inherente al hombre por su naturaleza, es válido en todas las épocas y en todos los pueblos. Ejemplo, cumplir lo pactado, reparar el daño causado, respetar los grados y la autoridad.

Derecho Positivo

Es el conjunto de normas sancionadas por la autoridad pública. Es el conjunto de leyes de un momento determinado, rigen la conducta de una sociedad determinada. Se nutre del derecho natural.

Derecho interno

El que rige en un estado.

Derecho internacional

Es el que rige las relaciones entre distintos estados o naciones, entre personas de distintos estados y entre los estados y los organismos internacionales. A su vez puede ser privado o público.

Derecho público

Conjunto de normas concernientes al estado.

Derecho privado

Considera lo concerniente a la utilidad de particulares. Tiene en cuenta quién es el sujeto y qué protege.

(...derecho privado) Si uno de los sujetos es el estado y el interés que persigue es bien común, será entonces derecho público.

Si los sujetos son privados y el interés es personal, el derecho será privado.

Derecho público

  • Interna Pública
  • Constitucional
  • Administrativa
  • Penal
  • Procesal
  • Comunitario

Derecho Privado

  • Civil
  • Comercial
  • De familia
  • Ambiental
  • Del consumidor
  • Previsional

Codificación

Es la reunión orgánica y sistemática de todas las normas de un país sobre una materia determinada en un cuerpo único llamado código.

Código

Conjunto de normas jurídicas de una rama del Derecho.

Características

  • Unidad: unifica contenido de la rama del derecho determinada
  • Exclusividad: solo las normas preferidas a la materia son codificadas. Ejemplo, el homicidio siempre será código penal
  • La sistematización: la recopilación se ha realizado siguiendo un método científico que le da organicidad, ubicando las instituciones que lo integran en un lugar determinado

Common Law

Hay países en que las normas no se encuentran codificadas. Asientan su sistema jurídico en lo que se llama el common law, que se basa en el derecho consuetudinario. Los jueces no crean el derecho sino que se declaran según la costumbre que se encuentra en presentes jurisprudenciales.

Fuentes del derecho

La primera fuente: la ley

Su definición es 'regla social obligatoria establecida de forma permanente por la autoridad pública y sancionada por la fuerza que ella misma implica', características:

  • Obligatoriedad: debe ser obedecida por todos a los que va dirigida. Nadie puede excusarse
  • Coactividad: inducen al cumplimiento estableciendo sanciones para el caso de que la ley sea violada. Las sanciones pueden ser resarcitorias (cuando hay daño, se repara) o represivas (cuando hay un delito, años de cárcel)
  • Generalidad: se aplica a la totalidad de las personas que se encuentran en las mismas circunstancias. Todos los que producen daño deben repararlo.

Segunda fuente del derecho

La costumbre

Consiste en la observancia constante y uniforme de un cierto comportamiento por los miembros de una comunidad social, con la convicción de que responde a una necesidad jurídica.

La jurisprudencia

Consiste en las decisiones legales. Esas decisiones coincidentes en muchos jueces sobre la misma cuestión crean convicción de que su justeza es estable y crea el derecho.

La doctrina

Es la opinión de los estudiosos sobre distintos temas de derecho. Las opiniones de los juristas son seguidas muchas veces por los jueces, cuando tienen que resolver cuestiones dudosas.

Jurista: persona que escribe, lee y vive para el derecho.

La equidad

Toma en cuenta el sentido humano del derecho, prevaleciendo frente a las consideraciones normales y regulares la circunstancia del caso concreto. La equidad no implica suavidad sino justeza en el caso concreto.

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