Derecho al Trabajo: Concepto, Constitución y Fuentes
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Derecho al Trabajo
Concepto: regula las condiciones laborales entre los individuos en relación laboral.
Constitución Nacional
La CN del ’53 en el artículo 14, reglamenta su ejercicio de trabajador y ejerce toda industria lícita de navegar y comerciar.
La CN del '49 y del '57 quieren proteger al trabajo como fuente de vida digna (art 14 bis).
- Condiciones dignas y equitativas de labor.
- Jornada limitada
- Descanso y vacaciones pagas
- Retribución justa
- Salario mínimo, vital y móvil.
- Participación de las ganancias
- Protección ante el despido arbitrario
- Estabilidad en el empleo público
Constitución del 49
Artículo 75 inciso 19
- Provee el desarrollo humano
- Progreso económico con justicia social
- Productividad de la economía nacional
- Generación de empleo... entre otras.
Fuentes
- Constitución Nacional y tratados internacionales.
- Ley 20744: contrato del trabajo
- Estatutos profesionales: conjunto de normas que regulan una actividad.
- Convenciones o convenios colectivos: regulan la actividad de un sector y son acordados entre las partes.
- Laudos: son normas obligatorias por decisión de un tercero, que puede ser el ministro de trabajo.
- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Artículo 7
Los estados reconocen el derecho de toda persona goce de condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias que le aseguren:
- Remuneración que proporcione como mínimo a todos los trabajadores:
- Salario equitativo e igual por trabajo de igual valor, sin distinciones de ninguna especie, en particular debe asegurarse a las mujeres condiciones de trabajo no inferiores a la del hombre con salario igual por trabajo igual.
- Condiciones de existencia dignas para ellos y sus familias conforme a las disposiciones del presente pacto.
- Seguridad e higiene en el trabajo
Artículo 14 bis CN
Es la protección al trabajador contra el despido arbitrario pero no se cumplen.
Ley 20.744
Esta ley dice: se entiende por trabajo a toda actividad lícita que se preste en favor de quien tiene la facultad de dirigirla mediante una remuneración.
Sujetos del Derecho del Trabajo
El empleador, es una persona física o varias personas jurídicas organizada en alguno de los tipos de sociedades.
El trabajador es siempre una persona cuyo principal capital es la fuerza de trabajo, sea físico intelectual o artístico en sus múltiples manifestaciones.
Facultad del Empleador
- Facultad de control: ejerce sobre el personal de la empresa estableciendo pautas a seguir.
- Reglamentar la actividad: fijando las reglas para el mejor funcionamiento de la empresa.
- Facultad de modificar las formas y modalidades del trabajo.
- Facultad disciplinaria: se aplica una sanción al trabajador que puede consistir en un llamado de atención un apercibimiento o una suspensión.
Principios Generales del Derecho del Trabajo
- Principio protector: protege al trabajador en forma individual, en tanto este constituye la parte más débil de la relación laboral frente a quien tiene el poder económico e impone reglas.
- In dubio pro operario
- Aplicación de la norma más favorable
- Condición más beneficiosa
- Principio de irrenunciabilidad
- Principio de continuidad
- Principio de primacía de la realidad
- Principio de razonabilidad
- Principio de buena fe
Concepto de Contrato del Trabajo
Habrá contrato de trabajo, cualquiera sea su forma, siempre que una persona física se obligue a realizar actos ejecutar obras o prestar servicios a favor de la otra y bajo la dependencia de esta, durante un periodo determinado o indeterminado de tiempo mediante el pago de una remuneración.
Obligaciones del Trabajador
- Poner su fuerza y creatividad al servicio de su empleador.
- Acatar las instrucciones y órdenes que le da su superior.
- Conservar los elementos y útiles de trabajo
Obligaciones del Empleador
- Deber de seguridad: consiste en la obligación del empleador de observar todas las disposiciones reglamentarias que regulan la actividad.
- Reintegro de gastos y resarcimiento de daños: se refiere a aquellos gastos que debe realizar el empleado para ejecutar el trabajo.
- Deber de protección alimentación y vivienda: se refiere a casos especiales como el trabajo agrario.
- Deber de ocupación: se debe dar la tarea para cual lo contrato y los elementos necesarios que necesita el empleado.
- Deber de cumplir con las obligaciones a favor de los organismos previsionales y/o seguridad social y/o sindicales.
- Deber de contrato igualitario y no discriminatorio: no hacer distinciones por razones de sexo religión o etnia.
- Deber de reconocer la propiedad del trabajador de los inventos y descubrimientos que realice