Derecho Administrativo: Personal Público, Actos Administrativos y Procedimiento Administrativo
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1. Personal de la Administración Pública: Tipos
- Funcionario de carrera: contrato permanente; nombramiento y constitución; la selección por oposición, concurso o ambas.
- Funcionario interino: semejante a los de carrera pero temporal, por razones de urgencia.
- Personal eventual: no es permanente; por ejemplo, asesores y secretarios de confianza.
- Personal directivo profesional: desempeña funciones directivas en la Administración Pública.
2. Derechos del personal
Derechos: No pueden ser despedidos arbitrariamente; respeto y no discriminación; negociación colectiva y derecho a la huelga; retribuciones básicas como sueldo y complementos.
3. Funcionarios de fe pública
Funcionarios de fe pública: personas autorizadas para dar fe y autentificar hechos.
- Notarios: funcionarios y profesionales del derecho; ejercen fe pública, redactan actas y asesoran judicialmente.
- Registradores: gestión del registro de la propiedad; califican y archivan información.
- Secretarios judiciales: autoridad y fe pública en actos procesales y judiciales.
4. Actos administrativos: Clases
- Exteriorización de la voluntad: actos expresos (declaración de la administración) y actos presuntos (silencio administrativo).
- Efecto sobre el ámbito jurídico: actos favorables (otorgan autorizaciones) y de gravamen (imponen cargas); pueden obligar y sancionar mediante multas.
- Número de destinatarios: singulares (dirigidos a una persona en concreto) o generales (dirigidos a más de uno).
- Fase del procedimiento: actos resolutivos o de trámite.
- Finalización de la vía administrativa: actos que agotan la vía administrativa (se puede acudir a la vía judicial) y actos que no agotan (permanece la vía administrativa).
- Según su contenido: reglados (contenido determinado por la norma) y discrecionales (la administración tiene margen de valoración).
Elementos del acto administrativo
- Subjetivos: emitidos por el órgano administrativo competente.
- Objetivos: contenido posible, lícito, determinado y adecuado.
- Formales: actos formalizados por escrito cuando la norma lo exige.
Eficacia, notificación y publicación
Eficacia: válidos desde la fecha en que se dicten, salvo disposición contraria.
Notificación: comunica y deja constancia a los interesados.
Publicación: medio para hacer conocer el acto a un mayor número de personas cuando proceda.
Validez del acto administrativo
- Nulidad: el acto es inválido, no produce efectos y no cumple derechos y obligaciones.
- Anulabilidad: el acto produce efectos mientras no sea anulado mediante el procedimiento correspondiente.
5. Procedimiento administrativo: Fases
- Iniciación: de oficio (la administración inicia el procedimiento) o a solicitud de la persona interesada.
- Ordenación: expediente (conjunto de documentos y actuaciones); impulso (tramitación y avance del procedimiento); concentración y cumplimiento de trámites.
- Instrucción: alegaciones (los interesados aportan informes o documentos), periodo de prueba y trámite de audiencia (cuando se va a resolver se avisa a los interesados).
- Finalización: terminación convencional (acuerdos para satisfacer el interés público), resolución (acto que pone fin al procedimiento), renuncia y caducidad (plazo señalado, indicado aquí como 3 meses).
- Ejecución: apremio sobre el patrimonio (si hay que pagar), ejecución subsidiaria (actuaciones materiales, por ejemplo derruir un edificio en ruina) o multa coercitiva para lograr el cumplimiento del acto.
6. Recursos administrativos
- Recurso de alzada: contra actos impugnables; plazo de 1 mes para interponer y 3 meses para resolver.
- Recurso potestativo de reposición: frente a actos administrativos que ponen fin a la vía administrativa; plazo de 1 mes para interponer y resolución en el plazo legal correspondiente.
- Recurso extraordinario de revisión: por causas como la existencia de documento decisivo desconocido o error; plazos habituales: 4 años en determinados supuestos, y en otros plazos variables (se indica aquí 3 meses para la interposición y resolución en los términos procesales previstos).
7. Jurisdicción contencioso-administrativa
Resuelven las reclamaciones de los ciudadanos frente a la Administración; cuando no existe otra vía, la cuestión pasa a resolverse judicialmente mediante el proceso contencioso-administrativo.
8. Documentos administrativos y soportes
Documentos administrativos y soportes: dejan constancia de los actos y sirven como medio de comunicación; los soportes pueden ser escritos o electrónicos.
Clasificación de documentos
- Documentos de decisión: declaran la voluntad: acuerdos y resoluciones.
- Documentos de transmisión: comunican hechos y comunicaciones de oficio entre órganos (por ejemplo entre Hacienda y Educación) o notas interiores entre unidades de una misma organización.
- Documentos de constancia: sirven para acreditar hechos conocidos por la organización, por ejemplo actas.
- Documentos de juicio: emisión de valoraciones especializadas sobre cuestiones, por ejemplo informes.
9. Presentación de documentos ante la Administración
Las personas físicas pueden presentar documentos por medios electrónicos o por otros medios según lo permitan las normas; las personas jurídicas suelen estar obligadas a utilizar medios electrónicos.
10. Contratos del sector público
- Contrato de obra: contratación para la realización de una obra.
- Contrato de concesión de obra: se ejecuta la obra y posteriormente se explota por el concesionario.
- Contrato de concesión de servicios: se presta un servicio y luego se explota (concesión administrativa).
- Contrato de suministro: adquisición de bienes; puede incluir compensación financiera.
Proceso de contratación
Proceso de contratación: aprobación del expediente, aprobación de las cláusulas administrativas, anuncio para presentarse, adjudicación del contrato, formalización y ejecución.
Procedimientos de contratación
- Procedimiento abierto: cualquiera puede presentarse.
- Procedimiento restringido: solo pueden presentarse empresarios previamente seleccionados.