Derecho 2

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CONTRATO DE TRABAJO: acuerdo entre dos personas en la q el trabajador se compromete a prestar determinados servicios a cambio de una retribucion.
SUJETOS:
TRABAJADOR (> 18 años, < 18 años emancipados, extranjeros de acuerdo a lo dispuesto a la ley), Y EMPRESARIO (puede ser perona fisica o juridica, > 18 años, menor de esdad mediante un representante legal, menor emancipado entre 16 y 18 años.
ELEMENTOS:
CONSENTIMIENTO (el contrato se realiza de mutuo acuerdo,libre acuerdo, sin intimidacion o violencia), OBJETO (es la actividad del trabajador siendo esta la q se renumera a traves del salario) CAUSA ( es la cesion remunerada de los frutos que resultan del trabajo a cambio de una retribucion).
CLAUSULAS CONTRAACTUALES:
confidencialidad (el trabajador se compromete a mantener en secreto informacion de la empresa), no competencia (no realizar la misma actividad durante un periodo de tiempo max 2 años), concurrencia (no puede trabajar en otra empresa q se dedique a la misma actividad al mismo tiempo), permanencia (cuando se ha invertido dinero en formacion debe permanecer por lo menos 2 años), dedicacion plena( se obliga a no desempeñar otra actividad laboral durante la vigencia del contrato).PERIODO DE PRUEBA: es un tiempo de duracion determinada q pueden pactar entre ambas partes. DURACION: tecnico titulados 6 meses, demás trabajadores 2 meses. EMPRESAS de < 25 trabajadores el periodo de prueba no puede exceder 3 meses. Practica el periodo de prueba no puede ser superior a 1 mes para titulados de grado medio, 2 meses para titulados de grado superior.
DERECHOS: durante el periodo prueba el trabajador tiene los mismos derechos y obligaciones q el resto trabajad, ss, incapacidad tempo
ral .
ACTIVIDADES EXCLUIDAS DERECHO: trabajo desempeñado por funcionarios publicos, prestaciones personales obligatorias, trabajos realizados a titulo de amistad, la actividad de consejeros o miembros de organos de administracion de sociedades siempre q no desempeñen otras funciones, los trabajos familiares salvo q se demuestre la condicion de asalariados, la actividad de los comisionistas
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RELACI.LABORALES CARACTER ESPECIAL:
personal de alta direccion, empleados de servicio del hogar familiar, penados en las instituciones penitenciarias, deportistas profesionales, artistas en espectaculos publicos, estibadores portuarios, representantes de comercio, abogados por cuenta ajena, minusvalidos q trabajen en centros especiales de empleo, cualquier otro trabajo q sea expresamente declarado como relacion laboral.
DERECHOS Y DEBERES LABORALES:
se conoce como poder de direccion la facultad q tiene el empresario para disponer y organizar el trabajo y como poder disciplinario la facultad q tiene eel empresario para sancionar al trabajador x las faltas cometidas.DERECHOS TRABAJO: ocupacion efectiva del puesto, promocion y formacion profesional en el trabajo, percepcion puntual del salario, respeto a la intimidad y a la consideracion debida a la dignid
EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL:es quella cuya actividad consiste en prestar o poner a disposicion de otra emprea , llamada emprea cliente o usuaria, con caracter temporal a trabajadores para su contratacion., la puesta a disposicion de los trabajadores se hace a traves de un contrato de puesta a disposicion q se realiza por escrito y en modelo oficial . puede ser
tres tipos: Acumulacion de tareas, para sustituir a trabajadores con derecho areserva del puesto de trabajoy cubrir de forma temporal una vacante mientras dure el proceso de seleccion, para obra o servicio.No se podra celebrar contratos de puesta a disposicion para la realizacion de trabajos en obras de construccion o actividades peligrosas para sustituir trabajadores en huelga o para cederlos a otra empresa de trabajo temporal. DERECHOS: los trabajadores tendran derecho apercibir la misma retribucion q los trabajadores de la empresa usuaria, se les garantizara el mismo nivel de proteccion y trato en seguridad social y salud laboral q el q tengan de la empresa usuaria.
AGENCIA PRIVADAS DE COLOCACION:
la diferencia entre las empresas temporal ETT y las agencias privadas de colocacion consiste en q las ETT contratan al trabajador, con lo q se establece una relacion laboral y en las agencias privadas no contratan al trabajador sino q son intermediarias.
CONTRATOS INDEFINIDOS:
se consideran indefinidos aquellos contratos • q el trabajador no hubiera sido dado en alta ss una vez transcurrido un plazo igual o superior al q legalmente hubiera podido fijar para el periodo de prueba. • q no hubiese observado las disposiciones sobre la exigencia de forma escrita en aquellos contratos q lo requieran para su validez.• los celebrados en fraude de ley.
FOMENTO CONTR. INDEFINIDO:
tiene como finalidad la colocacion de colectivos especificos afectados por el desempleo y la inestabilidad laboral :• trabajdores desempleados (jovenes 16-30 años, mujeres cuando se contraten en ocupaciones con menor indice de empleo femenino, mayores de 45 años, parados q lleven al menos 6 meses incritos como demandantes de empleos, minusvalidos) •Trabajadores q en la fecha de realizacion del nuevo contrato indefinido estuvieran empleados en la misma empresa con un contrato de duracion de terminada o temporal.
CONTRATOS DE DURACION DETERMINADA: c. obra, por circunstancias de produccion, interinidad, insercion.
CONTRATO DE OBRA O SERV DETERMN:
DURACION: depende del tiempo exigido para realizacion del trabajo. DENUNCIA: si el contrtato dura mas de 1 año, la denuncia se realizara con 15 dias de antelacion a la finalizacion. INDEMNIZACION: finalizar el contrato el trabajador tiene derecho a percibir 8 dias de salario por año trabajado. FORMA: debe realizarse por escrito.
CONTRATO POR CIRCUNST PRODUCCION:
incrementos de produccion duracion maxima 6 meses dentro de un periodo de 12 meses apartir q produz
CONTRATO DE ITINERIDAD:
su objeto es sustituir a trabajadores de la empresa cuyo contrato esta suspendido con reserva del puesto de trabajo, la duracion es por el tiempo en q el trabajador sustituido tenga suspendido el contrato de trabajo y tenga derecho a reserva del puesto de trabajo
CONTRATO DE INSERCION:
Son los q se celebran con trabajadores desempleados inscritos en la oficina de empleo para participar en programas publicos de obras y servicios y tiene como finalidad adquirir experiencia laboral y mejorar la ocupabilidad del desempleado. no se puede repetir partic 3añ
CONTRATO EN PRACTICAS:
tiene por objeto la insercion de jovenes sin experincia laboral q esten en posesion del titulo de diplomados, tecnicos o universitarios, oficialmente reconocidos que habiliten para el ejercicio profesional DURACION 6 meses y 2 años RETRIBUCION: salario segun convenio no inferior 60% el primer año y el segundo año no podra ser inferior al 70%., la jornada puede ser completa o a tiempo parcial
CONTRATACION A TIEMPO PARCIAL:
OBJETO: posibilitar el trabajo de un mayor numero de personas con el fin de combatir el desempleo, eta contratado a tiempo parcial el q trabaja por horas inferior a las de un trabajador comparables, es decir aquel q trabaja en las misma empresa y centro de trabajo con el mimo tipo de contrato o similar.DURACION: •determinada para los supuestos legalmente establecidos excepcion contrato para la formacion, • Indefinida para trabajos fijos y periodicos y trabajos fijo-discontinuo y no se repitan en ciertas fechas. HORAS EXTRAS: los trabajadores a tiempo parcial no pueden realizar horas extras salvo para prevenir siniestros u otros. HORAS COMPLEMENTARIOS:el empresario sólo podra exigir la realizacion de las mismas si se han pactado por escrito. el numero maxino de horas no podra exceder del 15% de las horas ordinarias de trabajo, por convenio colectivo se puede establecer como maximo el 60% de las horas ordinarias, el trabajador debe conocer el dia y hora de realizacion de estas horas con preaviso de 7 dias, el pacto de horas complementarias debe realizarse por escrito y se pueden cancelar mediante un preaviso de 15 das una vex cumplido el año. la retribucion sera igual q las horas ordinarias RETRIBUC: proporcional al tiempo trabajdo.
CONTRATO FIJO. DISCONTINUO: es el que se concierta para trabajos q tengan este caracter y no se repitan en ciertas fechas.

CONTRATO DE RELEVO: OBJETO: tiene como objeto emplear a un trabajador en paro para sustituir la jornada q deja vacante otro asalariado q reduce su jornada y su salario al reunir las condiciones de acceso a la pension de jubilacion parcial . DURACION: igual al tiempo q le falte al trabajador sustituido para acceder a la pension de jubilacion , maximo 5 años. DURACION igual al tiempo q le falte al trabajador sustituido para acceder a la pension de jubilacion. RETRIBUCION: de un 25% como minimo a un 85% como maximo
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