Delitos contra la propiedad y la autoridad en el código penal

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VR PROPIEDAD robo: forma en cómo se da la apropiación. El robo no hace falta acción efectiva del arma, solo su utilización mecanismo de violencia, temor, intimida. Domicilio es defensa privilegiada, hay un especial resguardo. Hurto: teoría de la disponibilidad. Es la posibilidad de disponer sobre el bien sin violencia, ni fuerza.

Estafa: no hay violencia. "Timo", ardid, ventaja patrimonial, disposición patrimonial voluntaria de la víctima.

Máquinas no se pueden engañar, se creó el fraude o estafa informática. Extorsión: procurar lucro injusto, intimidar, amenazar, obligar a otro tomando disposición patrimonial.

VR AUT PUBLICA: entró a regir en 2008 C.P. conte Admin, ex post facto.

Resistencia 306: intimidación, violencia a funcionario público. Busca resistir forcejeo, acorralar. La exteriorización ya había iniciado. Resistencia es contra el acto (resistencia agravada: la agresión debe estar dirigida a dar muerte o causar lesiones a Spasivo dolo complejo).

Atentado: emplear intimidación o fuerza contra un funcionario público para imponerle la ejecución u omisión de un acto propio de sus funciones (denuncia). Dolo (no matonismo), no se ha desplegado.

Desobediencia: quien no cumpla en todo su extremo la orden impartida por un órgano jurisdiccional. Lo importante es saber que la orden debe decir cuál es la consecuencia. Se consume en el momento mismo que desobedece la orden y se ejecuta acto contrario u omisión (cada incumplimiento es un delito). Importante que debe decir sanción en caso de incumplimiento: 1 ley jurisdi constitucional (amparos habeas), 2 ley penalización contra mujer (protección a la mujer), 3 orden jurisdiccional (prisión). Medidas cautelares son de naturaleza cautelar, no conminatoria.

Estorbo a la autoridad: perturba el que entorpece o trastorna el estado de las cosas. Dirigido al local o lugar donde se encuentran en funciones. Delito doloso, no ataca la armonía, sino el acto funcional.

Desorden: lugar público promoviendo causándolo. Contravención alboroto, ardid, sujeto pasivo cualquiera. No encaminado a entorpecer actos que se llevan a cabo, sí la armonía.

Amenaza a funcionario: alarmar a un funcionario con amenaza de acto dañoso y perjudicial, infunde temor, sentimiento de miedo, amedrente. Personales contravención (agravada anónima, simbólica, dos o más personas).

Usurpación de autoridad: protege facultad estatal de conferir autoridad y correcto funcionamiento de la administración pública. Asumir ejercicio ilegítimo de función pública, conducta típica es la asunción del ejercicio de la función pública. Ejercer: realizar actos funcionales sin competencia. También se configura cuando media título militante pero sin nombramiento (cesado comunicación formal de la cesantía o suspendido). Dolo, si no sabía, error de prohibición. Abuso de autoridad: actos posteriores relevantes, gestadores de un agravio adicional.

Ejercicio ilegal de la profesión: lesiona o pone en peligro el bien jurídico tutelado, limitación al ius punendi. No basta con encuadrar en tipo. Perjurio: notario, obligación de decir verdad, ámbito civil (confesión), propios juramentos o declaración.

Falso testimonio: ante auto jurisdiccional competente, no se puede mentir, hechos percibidos por sentidos bajo juramento. Solo en juicio se hace juramento.

Violación de sellos: bien jurídico tutelado, inviolabilidad de la cosa. Activo particular, pasivo funcionario. Conserva identidad, asegurar administración pública. Ejemplo: etiqueta de custodia. Sello deja de cumplir función. Administrativa tentativa.

Violación y custodia de cosas: arruinar, inutilizar, sustraer particular o funcionario. Quebrantar custodia administrativa, sirva de prueba o custodia.

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