Delitos y consecuencias jurídicas

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1.- Calificación jurídica

  1. Delito de robo con violencia utilizando medios peligrosos del art. 242.3 (242.1) con referencia al art. 237 del código penal.

Existe ánimo de lucro, quiere y pretende coger la disponibilidad del patrimonio y quiere quedárselo o venderlo.

Dolo ya que ejerce la violencia para asegurar su objetivo que en este caso es el robo.

Objeto peligroso en este caso es el cuchillo de cocina, también existen diversas acciones de empujar, etc.

  1. Delito de violación en grado de tentativa acabada del art. 180.1.5 con respecto al art. 179 y 16 del CP.

Estamos ante un tipo agravado de violación ya que ha utilizado medios de amenazas e intimidaciones utilizando un arma, y objetos peligrosos al utilizar una barra golpeando el coche para intimidar a su víctima.

Existe ánimo libidinoso atestiguado porque dijo te quiero follar y realiza todos los actos que hubieran conducido al éxito en la comisión del delito (la llevo a lugar apartado, etc..) al final no consiguió su objetivo que era la penetración por circunstancias ajenas a su voluntad, ya que la chica no paraba de moverse y no tuvo erección.

  1. Delito de extorsión art. 243. con el “ven conmigo”, existe violencia e intimidación obligando a Verónica a firmar un cheque por valor de 1000 euros, utilizando para ello armas o instrumentos peligrosos.

Existe ánimo de lucro y el delito se consuma cuando Verónica firma el cheque (acto jurídico).

  1. Delito de daños art. 263.1, art. 77.3 ya que es un delito medial para conseguir la consecución de la extorsión, daños de 1200 euros en vehículo.

El concepto de daños supone un detrimento en los derechos, bienes o intereses de un individuo como consecuencia de la acción cuantía, dolo quiere conseguir amedrentar a Verónica para que le firme el cheque.

  1. Delito de lesiones graves art. 150 del CP.

Requiere una intervención quirúrgica para reparar los daños (implante), cuyos gastos han sido de 1500 euros.

Existe animo laecandi (animo de lesionar) porque utiliza una piedra y sabe que con ella va a ocasionar un grave daño.

  1. Delito contra la seguridad vial art. 384 CP. y art. 77.3 ya que es un delito medial para conseguir la consecución de otro delito.

Nunca obtuvo licencia de conducir y queda acreditado que ella iba a conducir para facilitar la fuga a su novio.

  1. Delito de atentado agentes de la autoridad art. 550.1 y 2 CP. Existe resistencia grave ya que causa lesiones a uno de los policías.

H) Delito de lesiones leves art. 147.2 del código penal.

Existe animus leacandi ya que concurren lesiones leves y hay una asistencia facultativa.

I) Delito de tráfico de drogas art. 368. en la tabla la cantidad de 230 gr es tráfico. La droga no causa grave daño a la salud, no autoconsumo cantidad de la dosis no notoria importancia. Conducta: guardar a una traficante prueba de indicios. Existe prueba indiciaria podemos presumir que el tráfico lo realizaban ellos dos.

J) 3 delitos de estafa del art, 249 infine con relación al art. 248.1 quedando acreditado el engaño haciendo pensar al dueño del local que le iban a pagar la cuantía ya que era no muy importante. ¿En los bares………y tantas cantidades euros?

2.- Autoría y participación:

3.- Circunstancias modificativas.

Antonio

A) Agravante de reincidencia artículos 22.8 del código penal en el delito a hay que explicar que pese a ser por robo de uso con fuerza cabe el robo con violencia.

B) Agravante de ejecutar el hecho aprovechando la circunstancia de lugar que debiliten la defensa del ofendido o faciliten la impunidad del delincuente artículos 22.2 del código penal en el delito B.

C) No cabe atenuación por esquizofrenia.

D) No cabe agravante de reincidencia por el robo respecto a estafa. Pendiente sentencias de Teresa.

Berta.

A) Atenuante pura o analógica admitidos ambas siempre que salgo mente de confesión de los hechos artículos 21 o 21.7 en relación con los 21.4 del CP, claramente para delito G también podría ser para el delito.

B) No cabe atenuación por ingesta de alcohol.

C) No cabe agravante por el hurto ni respecto a robo y respecto a la estafa.

4.- Consecuencias jurídicas.

Antonio:

Delito a: 61/66.1.3 4a 3m -5ª +acc inh sufr pasivo 56.2 + comiso del cuchillo.

Delito b: 6-12 a/p-1d (si 66.1.3 , 9ª+1d -12ª/p-1d) +55/56+57 opcional, prohibición acercarse a la víctima, su domicilio y lugar donde se encuentre a una distancia no inferior de 1000 m, libertad vigilada.

Delito d: 3-6 a/p (osi 147.1 : 6m-3a/p) + 56.2 (acc inh , sufr. Pasivo ) + 57

Delito e: 3-6m /p +56

Delito f: 1-3 m/m

Delito g: 1-3 a/p + multa del tanto al duplo (1000-2000) euros + acc inh sufr pasivo 56.2 + comiso de la droga (374, 127)

Delito h: 6m – 3a/p + 56.2 (acc inh , sufr. Pasivo ) + 57

Delito i: 6 – 24 m

Delito j: 1 – 5 a/p + 56.2 (acc inh , sufr. Pasivo )

Berta:

Delito a: 61/66.1.3 4a 3m -5ª +acc inh sufr pasivo 56.2 + comiso del cuchillo.

Delito c: 3 – 6 m/p o 12 m-24 m o 31-90 d/ TBC

Delito g: 1-3 a/p + multa del tanto al duplo (1000-2000) euros + acc inh sufr pasivo 56.2 + comiso de la droga (374, 127)

RC:

Antonio y Berta: entrega a Verónica de los objetos sustraídos y recuperados (45 €, su MP3, y su teléfono móvil)

Antonio: indemnizará a Verónica por daños morales

Antonio: indemnización a Víctor en 1500 €

Antonio: indemnizará por el valor de gafas al agente nº 001

Antonio y Berta: indemnizarán al propietario del local Uno con 55 euros y 60 € al propietario del local 2

COSTAS

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