Delitos contra la Administración Pública y el Homicidio en el Código Penal
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Delitos contra la Administración Pública: El Cohecho
¿Qué es el Cohecho?
El cohecho busca evitar la corrupción en la administración pública. El bien jurídico protegido es el normal funcionamiento de la administración y la transparencia frente a la corrupción de autoridades y funcionarios públicos.
Tipos de Cohecho
Cohecho cometido por autoridad o funcionario público para cometer delito (Art. 419)
Castiga a la autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, solicitare o recibiere, por sí o por persona interpuesta, dádiva o presente o aceptare ofrecimiento o promesa para realizar en el ejercicio de su cargo una acción u omisión constitutivas de delito.
- Dádiva: Cosa que se da graciosamente.
- Presente: Equivale a regalo.
- Ofrecimiento: Prometer, obligarse a dar, hacer o decir algo.
- Promesa: Expresión de la voluntad de dar o hacer algo por alguien.
Se castiga la conducta dolosa. La consumación se produce al solicitar o recibir la dádiva, presente, ofrecimiento o promesa. Es posible la tentativa y el concurso real o ideal con otros delitos.
Cohecho para la ejecución de un acto injusto (Art. 420)
Castiga a la autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, solicite o reciba, por sí o por persona interpuesta, dádiva o promesa por ejecutar un acto injusto relativo al ejercicio de su cargo que no constituya delito y lo ejecute.
Cohecho para abstenerse en el ejercicio del cargo (Art. 421)
Supuesto atenuado: cuando la dádiva solicitada, recibida o prometida tenga por objeto que la autoridad o funcionario público se abstenga de un acto que debiera practicar en el ejercicio de su cargo.
Cohecho cometido por personas equiparadas a autoridades o funcionarios (Art. 422)
Aplica lo dispuesto en los artículos precedentes a jurados, árbitros, peritos, o cualesquiera personas que participen en el ejercicio de la función pública. Estas personas tienen la misma consideración penal que las autoridades o funcionarios públicos.
Cohecho cometido por particulares (Art. 423)
- Ofrecimiento por un particular o funcionario público: Castiga a los que con dádivas, presentes, ofrecimientos o promesas corrompieren o intentaren corromper a las autoridades o funcionarios públicos. Se perfecciona con el ofrecimiento y es posible la tentativa.
- Aceptación por los particulares de las solicitudes de autoridades o funcionarios públicos: Castiga a los que atendieren las solicitudes de las autoridades o funcionarios públicos con pena inferior en grado a la del apartado anterior.
Cohecho para realizar actos propios del cargo (Art. 425)
Castiga a la autoridad o funcionario público que solicitare dádiva o presente o admitiere ofrecimiento o promesa para realizar un acto propio de su cargo o como recompensa del ya realizado. Es una forma de cohecho anómala, sin relación anterior.
Si el acto recompensado fuera constitutivo de delito, se impondrá pena de prisión, multa e inhabilitación.
Cohecho para la ejecución de un acto no prohibido legalmente (Art. 426)
Castiga a la autoridad o funcionario público que admitiere dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su función o para la consecución de un acto no prohibido legalmente.
Excusa absolutoria (Art. 427)
Exime de pena al particular que haya accedido ocasionalmente a la solicitud de dádiva o presente realizada por autoridad o funcionario público y denunciare el hecho a la autoridad competente, antes de la apertura del procedimiento, siempre que no hayan transcurrido más de diez días desde la fecha de los hechos.
El Homicidio (Art. 138)
El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años.
Sujetos
- Activo: Cualquier persona.
- Pasivo: Cualquier persona (casos específicos para jefes de estado, miembros de la familia real, etc.).
Acción típica
Matar a otra persona usando cualquier medio que pueda causar la muerte (materiales, psicológicos, omisión).
Elementos del delito
- Objeto material: Cualquier persona viva.
- Resultado: La muerte de la persona.
- Relación de causalidad: Entre la muerte y la acción realizada.
- Punto de vista subjetivo:
- Animus necandi o ánimo de matar.
- Dolo eventual: Aceptar el resultado.
- Posibilidad de error.
Tipos de Homicidio
Homicidio preterintencional
Se pretende lesionar, pero se causa la muerte. Se castiga como concurso de delitos (lesiones dolosas y homicidio imprudente).
Homicidio imprudente
- Homicidio por imprudencia grave.
- Homicidio por imprudencia utilizando vehículos a motor, ciclomotor o armas de fuego.
- Homicidio profesional.
- Homicidio leve.
El autor no quiere la muerte, pero ocurre por falta de cuidado (negligencia). No hay tentativa.
Requisitos del homicidio imprudente
- Acción u omisión voluntaria, pero no intencional.
- Actuación negligente o reprochable.
- Infracción del deber de cuidado.
- Causación de un daño o perjuicio.
- Relación de causalidad entre la acción y el resultado.